Últimas reclamaciones

M. G.
21/11/2025

Cobro improcedente por notificación de multa

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque, tras contratar el alquiler de un vehículo con Centauro Rent a Car, me han cobrado un coste improcedente de 40€ por notificación de multa. Esta penalización de 40 € no figura en el contrato firmado, y por tanto no forma parte de las condiciones contractuales aceptadas. Esa penalización económica estaba incluida en un enlace externo a “condiciones comerciales”, lo cual no cumple los requisitos legales de incorporación de cláusulas en contrato de alquiler, ni garantiza la transparencia ni la aceptación expresa del cliente. Esto vulnera: 1. La normativa de condiciones generales de la contratación, que exige incorporación clara y accesible al contrato. 2. La normativa de consumo, que exige transparencia, información previa y ausencia de cláusulas sorpresivas o no negociadas. Han sido en varios emails donde he indicado a la empresa Centauro Rent a Car que no es posible aplicar esta penalización pues la mera existencia de una cláusula en un enlace no incorporado al contrato no implica aceptación expresa, requisito indispensable para que una penalización de este tipo sea válida y exigible. Dado que no han podido acreditar la aceptación expresa de esta penalización, reitero mi solicitud de reembolso del importe cargado. Sin otro particular, espero vuestra respuesta.

En curso
J. A.
16/11/2025

Cobro indebido recarga coche eléctrico

Asunto: Reclamación por cobro no informado y abusivo de recargo de batería en vehículo eléctrico (Contrato N.º ER25694076). Motivo de la Reclamación: Incumplimiento contractual, falta de transparencia y cobro indebido por la política de recarga de batería en un vehículo de alquiler. Exposición de Hechos El día 15 de noviembre de 2025, alquilé un vehículo eléctrico, modelo FIAT 500e, con Centauro Rental Cars (oficina Chamartín Madrid) desde las 10:00h hasta el 16 de noviembre a las 10:00h. 1. Información Contractual Previa y Engaño: Al realizar la reserva hace varias semanas, el bono de confirmación que recibí establecía una política de "combustible" para el vehículo eléctrico que indicaba: “Política de combustible: Se le entregará el vehículo con la batería cargada al 100%. Al final del alquiler, no es necesario devolver el vehículo con la batería completamente cargada.” Esta política, la única recibida por escrito antes de la recogida, no informaba en ningún momento de la existencia de un cargo obligatorio fijo por la carga inicial, ni de un recargo por la energía consumida o no repuesta, a diferencia de lo que se detalla en sus condiciones para vehículos de combustión. 2. Imposición de Cargo en la Recogida: En el momento de retirar el vehículo en la oficina de Madrid Chamartín el 15 de noviembre, la empresa me impuso por primera vez un cargo obligatorio de 35,00 € por concepto de la carga de la batería, bajo la promesa de que se devolvería proporcionalmente al nivel de carga restante. 3. Falta de Transparencia y Obligación de Pago: Este coste esencial NO figuraba en mi bono de reserva ni en las condiciones generales para vehículos eléctricos. Consultadas las Condiciones Generales de Alquiler de Centauro en su web, estas NO informan del coste de recarga/reabastecimiento para vehículos eléctricos, solo para vehículos de combustible. Me vi forzado a abonar los 35,00 € para poder obtener el vehículo, lo que constituye una práctica abusiva al comunicar un sobrecoste vital para el servicio en el momento de la entrega, negándome la posibilidad de contratar con otra compañía. 4. Cobro Abusivo Final: A la devolución del vehículo el día 16 de noviembre, tras un uso de 88 km (con una descarga de batería al 60%), se me aplicó un cargo final de 14,00 € por la recarga. Este importe es desproporcionado, injustificado e intrínsecamente abusivo, siendo significativamente superior al coste real de la energía consumida y al que habría supuesto el repostaje de un vehículo de combustión para la misma distancia. Solicitud y Petición Considero que Centauro Rental Cars ha incurrido en un claro incumplimiento de la información precontractual (Artículo 60 del TRLGDCU) y en una práctica de falta de transparencia y cláusula abusiva al imponer un coste no comunicado y desproporcionado en el momento final de la transacción. Solicito la devolución íntegra del importe de 14,00 € cobrado indebidamente por el concepto de recarga de batería. Aporto como documentación justificativa: Copia del Bono de Reserva. Copia del Contrato de Alquiler/Factura que reflejan los cargos. A la espera de la favorable resolución de esta reclamación.

En curso
A. M.
17/10/2025

Servicio no recibido

Buenos días. El día 7.10. alquile por la web de Centauro Rent Car un coche para mi viaje por Corfú, Grecia, desde ese día hasta el 10.10. En la web no tuve ningún problema en la gestión y cuando me presenté en la oficina presencial a recoger el coche que había alquilado y pagado en la web, me dicen que no puedo alquilarlo sin el carnet de conducir físico (lo tenía en la app del móvil). Parece ser que es un tema de la policía del país, ya que por ejemplo días antes había alquilado en la misma página otro coche en Italia y no había habido ningún problema. Entendiendo la situación y visto que no se podía hacer nada, les pedí que lo anularan y que me devolviesen el dinero, pero no lo hicieron y me dijeron que contactase a través de la web. Lo hice en varias ocasiones a través de su formulario y no he recibido respuesta, por lo que inicio este trámite con OCU para que se me devuelva el cargo ya que el servicio no se presto tal cuál se había acordado. Adjunto el bono de la operación y una de sus respuestas a mi queja en su formulario.

Resuelto
S. F.
15/10/2025

Reclamación por cargo indebido y negligencia en el mantenimiento del vehículo de alquiler

El día 29 de agosto procedí a hacer efectiva una reserva, realizada a través de la página web centauro.net, del coche matricula 6606- MYV en la oficina del aeropuerto de Barcelona. El coche, se encontraba en mal estado, con numerosos arañazos y desperfectos visibles. Lo más importante es que el paragolpes trasero ya estaba parcialmente desprendido. Grabé un vídeo completo en el momento de la recogida, con fecha y hora visibles, que documenta claramente el estado del coche antes de comenzar el alquiler. A pesar de este daño preexistente, el vehículo fue entregado igualmente. Durante el trayecto de regreso desde San Sebastián hacia Barcelona, aproximadamente a 30 minutos de llegar a la ciudad por autopista, escuchamos un fuerte ruido y otros conductores nos hicieron señales para detenernos. En ese momento, el paragolpes trasero se había soltado completamente y arrastraba por la carretera, lo que me obligó a conducir unos 10 km por el carril derecho hasta poder detenerme en un lugar seguro. Esta situación supuso un riesgo para mi seguridad, la de mis acompañantes y otros conductores. Al devolver el vehículo en la oficina de Barcelona, el propio agente de Centauro reconoció que recordaba este coche, indicando que el cliente anterior ya lo había dañado en un aparcamiento en Andorra. Además, el contrato de alquiler facilitado por la empresa ya reflejaba daños previos en el paragolpes trasero, lo que demuestra que Centauro era plenamente consciente del problema antes de entregarme el vehículo. Por tanto, considero que Centauro actuó con negligencia, al poner en circulación un coche con daños estructurales y sin una reparación adecuada. El desprendimiento del paragolpes se produjo como consecuencia directa de esta falta de mantenimiento, no de mi uso del vehículo. Adjunto la siguiente documentación: • Contrato de alquiler nº ER25577854, donde consta el daño previo en el paragolpes trasero. • Captura de pantalla con la fecha y hora del vídeo grabado en la recogida. • Imagen que muestra el daño preexistente. • Copia de las comunicaciones con el servicio de atención al cliente de Centauro. • Justificante del cargo efectuado en mi tarjeta. Solicito se anule dicha reclamación y se devuelva el importe cobrado indebidamente, ya que los daños eran preexistentes y atribuibles a la falta de mantenimiento y control por parte de Centauro Rent a Car.

Resuelto
A. B.
14/10/2025

Problema con Reembolso Cobros Indebidos

El día 17 de septiembre de 2025 presenté una reclamación formal ante Centauro Rent a Car por cobros indebidos y cambio unilateral de condiciones en mi reserva Nº 250810-094758 (Barcelona Aeropuerto, del 12 al 15 de agosto de 2025). Mi entidad bancaria registró cinco cargos el 10 de agosto de 2025 a nombre de Centauro Rent a Car S.L.: cuatro por 267,80 € y uno por 364,86 €. De los cargos de 267,80 €, dos no se consolidaron, dos sí pasaron, y de estos últimos solo uno fue reembolsado el 21 de agosto de 2025. Además, la tarifa final cobrada fue de 364,86 €, cuando la tarifa mostrada originalmente en la página era de 267,80 €. Tras consultar telefónicamente, la empresa me indicó que “los términos habían cambiado”, sin haberme informado previamente ni haber autorizado yo tal modificación. He solicitado el reembolso del importe cobrado en exceso y la aplicación de la tarifa inicial, pero tras más de 20 días no he recibido respuesta alguna. Solicito a través de esta reclamación que Centauro Rent a Car me devuelva los importes indebidamente cobrados y que se investigue esta práctica por posible incumplimiento de las condiciones contractuales y falta de transparencia hacia el consumidor.

Cerrado

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