Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
J. R.
23/05/2026

Retraso de más de 3 horas

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje de ida en avión con la compañía Iberia, cuyo itinerario original y vinculante era Madrid (MAD) - Los Ángeles (LAX), con una escala intermedia programada en Nueva York (JFK) para el día 14 de mayo. El destino final de mi contrato de transporte era el Aeropuerto de Los Ángeles (LAX), donde la llegada estaba prevista para las 19:50 horas del mismo día 14 de mayo. Adjunto los siguientes documentos que demuestran el itinerario contratado, las reubicaciones y las incidencias sufridas: Confirmación de la reserva original Madrid-Nueva York-Los Ángeles, correo electrónico emitido por Iberia notificando el retraso del vuelo IB211, y correos electrónicos de confirmación de la reubicación en los vuelos alternativos del 14 y 15 de mayo (vuelo AA135), cuyos registros de embarque efectivos constan en los sistemas de la propia compañía operadora. Número de pasajeros: 1. La reclamación se fundamenta en los siguientes hechos cronológicos: El primer vuelo del itinerario, Madrid - Nueva York (Vuelo IB 211), programado para las 12:30 horas del 14 de mayo, sufrió un retraso en su salida, siendo reprogramado por la propia aerolínea para las 15:19 horas (retraso reconocido por Iberia de 2 horas y 49 minutos). Dado que la escala original en Nueva York era de solo 1 hora y 35 minutos (con llegada prevista a las 14:55 y salida hacia Los Ángeles a las 16:30), el retraso en la salida desde Madrid hacía matemáticamente imposible alcanzar el vuelo de conexión a Los Ángeles. Ante la inevitable pérdida de la escala provocada por el retraso de Iberia en origen, se gestionó con la propia aerolínea la reubicación en el itinerario alternativo más rápido disponible para ese mismo día 14 de mayo: Madrid - Londres (LHR) - Los Ángeles. En este nuevo itinerario impuesto por la necesidad, el vuelo Madrid-Londres sufrió un retraso operativo en el aeropuerto de destino que provocó la pérdida de esta segunda escala. Como consecuencia de la cadena de retrasos iniciada en Madrid, nos vimos obligados a pernoctar en Londres y no pudimos volar hasta el día siguiente, 15 de mayo, en el vuelo AA135 (Londres - Los Ángeles), aterrizando finalmente en nuestro destino final a las 11:30 horas del 15 de mayo. El retraso acumulado en el destino final (Los Ángeles) fue de 15 horas y 40 minutos respecto a la hora contractualmente pactada en el viaje original. La compañía aérea ha rechazado la reclamación previa eludiendo su responsabilidad y alegando "circunstancias extraordinarias" por un fallo técnico/operativo basándose de forma sesgada únicamente en el tramo de reubicación Madrid-Londres (Vuelo IB0719). Sin embargo, de acuerdo con el Reglamento (CE) nº 261/2004 y la consolidada jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) —en especial su sentencia en el Asunto C-11/11 (Folkerts)—, el derecho a compensación en vuelos con conexiones se determina por el retraso con el que se llega al destino final (Los Ángeles). El origen, la causa directa y el nexo causal de que nos encontráramos en Londres y perdiéramos todo un día de viaje fue el retraso inicial del vuelo IB 211 en Madrid, el cual es imputable en exclusiva a Iberia. Por todo lo expuesto, SOLICITO la compensación económica de 600 euros por pasajero que corresponde conforme a la legislación europea para vuelos de larga distancia (más de 3.500 km) que llegan a su destino final con un retraso superior a 4 horas. Sin otro particular, atentamente.

En curso
L. C.
21/05/2026

Vuelo retrasado

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Palma de Mallorca al de Madrid, que tenía su salida a las 19:15 horas del día 8 del mes de mayo de 2026 por lo que la llegada normal a Madrid debería haber tenido lugar a las 20:40 horas del día 8. Adjunto los siguientes documentos: hoja de reclamación en Air Europa, billete y fotos de las horas que llegamos. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

En curso
G. G.
18/05/2026

Reclamación por retraso aéreo y pérdida de equipaje

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión con Royal Air Maroc desde el aeropuerto de Barcelona hasta Bamako, con escala en Casablanca, bajo la referencia de reserva QL0RAEUA. El día 18 de noviembre de 2025 debía viajar en el vuelo AT961 de Barcelona a Casablanca. Dicho vuelo salió con aproximadamente 40 minutos de retraso, lo que provocó la pérdida de mi conexión con el vuelo AT523 con destino Bamako. Como consecuencia de este retraso y de la pérdida de la conexión, me vi obligada a pasar la noche en Casablanca y viajar al día siguiente en el vuelo AT523 del 19 de noviembre de 2025. Además, este segundo vuelo, previsto inicialmente a las 22:30 horas, sufrió también un retraso adicional de aproximadamente tres horas. Asimismo, a mi llegada a Bamako mis equipajes no habían sido transportados correctamente. Se abrió el expediente PIR BKOAT34479 correspondiente a las etiquetas de equipaje AT879565 y AT879571. No recuperé mis maletas hasta el día 21 de noviembre de 2025. Adjunto la documentación correspondiente relativa a los vuelos, tarjetas de embarque, localizador de reserva y expediente de equipaje. Todos estos incidentes ocurrieron durante un viaje profesional y me ocasionaron importantes perjuicios personales y laborales, además de gastos y afectaciones derivadas de: El retraso del vuelo AT961. La pérdida de la conexión en Casablanca. La obligación de pernoctar en Casablanca. El retraso de más de tres horas del vuelo AT523. El retraso en la entrega de mis equipajes hasta el 21 de noviembre. Solicito se me abone la indemnización correspondiente por los daños y perjuicios sufridos derivados de los retrasos y de la entrega tardía del equipaje, de conformidad con la normativa aplicable en materia de transporte aéreo y derechos de los pasajeros. Sin otro particular, atentamente.

En curso
R. V.
17/05/2026

Reembolso no atendido SATA AZORES AIRLINES

Hola, realicé un viaje familiar a las Azores. Los vuelos de la isla de Terceira a Flores fueron cancelados por mal tiempo el 21/08/2025 y nos reubicaron al día siguiente. Nos dieron un documento informativo conforme nos cubririan gastos de alojamiento y manutención y que hiciesemos una reclamación a SATA Air Açores con NIF 512005095. Hacemos la petición el 02/09/2025 incluyendo los tickets de gastos. Desde entonces está en fase de análisis, aunque hemos reclamado varias veces a través de su aplicativo.

En curso
P. D.
14/05/2026
KLM

Retraso de vuelo

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje para mi madre en avión desde el aeropuerto de Estocolmo al de Madrid, que tenía su salida a las 09:45 horas del día 17 del mes de febrero de 2026 por lo que la llegada normal a Madrid debería haber tenido lugar a las 16:05 horas del día 17. Adjunto los siguientes documentos: boardinq-pass, reserva nueva, info vuelo. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.

En curso
D. G.
13/05/2026

Reclamación compensación económica por retraso de más de 3horas.

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Lisboa, Humberto Delgado, que tenía su salida a las 20:05 horas del día 2 del mes de abril de 2026 por lo que la llegada normal al destino de Madrid, en el aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas debería haber tenido lugar a las 22:20 horas del día 2 de abril de 2026. Finalmente, el vuelo salió de Lisboa a las 23:13 horas del día 2 de abril de 2026 y la llegada fue a las 1:35 horas del 3 de abril de 2026. Adjunto los siguientes documentos: 1.- Tarjetas de embarque de los dos pasajeros que se encuentran en la reserva, siendo 2 personas adultas. 2.- DNI de los pasajeros de la reserva. 3.- Certificado de retraso proporcionado por ustedes. 4.- Reclamación presentado en la web de AIR EUROPA mediante su formulario, la cual ha sido denegada. Por tanto, el vuelo (UX1160) sufrió un retraso de tres horas y 15 minutos en la hora de llegada. Asimismo, no se dio la asistencia gratuita a la que se tiene derecho (CENA y transporte) y tuve que pagar los gastos de los cuales adjunto factura: 1.- Ticket de la cena. 2.- Ticket del transporte de la compañía BOLT que tuvimos que utilizar por llegar a altas horas de la madrugada y tener imposibilidad de usar trasnporte público o algún familiar que pudiera venir a recogernos. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso la cual asciende a 542 euros. Dicha compensación asciende a 250 euros por pasajero más los gastos de asistencia (22,50 euros por la cena y 19,50 euros por el transporte) tal y como recoge el Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos. Este reglamento es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea. Esta solicitud de compensación económica ya ha sido reclamada mediante los canales electrónicos que la compañía AIR EUROPA tiene en su página web. Su respuesta a esta reclamación siempre ha sido negativa, denegando cualquier tipo de compensación. Por ello, planteo reclamación en la oficina del consumidor pudiendo escalar dicha reclamación por la vía judicial si fuese necesario. Sin otro particular, atentamente.

En curso
R. M.
13/05/2026

Retraso +3h y Air Europa ignorando la reclamacion

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de Malaga el 23 de enero viernes y el vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. Ya hice una reclamación por la web formal de Air Europa que denegasteis sin motivo claro ("no ha sido nuestra responsabilidad" y con imposibilidad de hablarlo por telefono para entenderlo. Sin embargo se que a otros pasajeros si que habeis aceptado la compensación, simplemente porque volaba con más amigos a los que les habeis indemnizado. He hecho otra reclamacion más por vuestra via formal y no contestais, parece que apurando el plazo para que ya no aplique. SOLICITO por lo tanto formlamente y legalmente la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.

Resuelto
C. S.
11/05/2026

Billetes no utilizados por retraso

“El pasado día 04/04/2026 mi acompañante y yo teníamos billetes con la compañía Ryanair para volar desde el aeropuerto de Tirana (Albania) hasta el aeropuerto de Sevilla, cambiando de avión en Trieste (Italia)” Vuelos FR5648; Tirana - Trieste Vuelo con salida a las 14:25 y hora de llegada a las 16:00. Estando ya en la cola de embarque se nos comunica a las 14:00 (aproximadamente) un retraso de dos horas. El vuelo despega de Tirana a las 16:25, llegando a Trieste a las 17:49. FR2427: Trieste - Sevilla Salida prevista a las 17:15 con cierre del embarque a las 16:45. No llegamos a cogerlo. Atención de la compañía En el aeropuerto de Tirana, al informar del retraso intentamos contactar por 3 vías: Presencialmente. En el aeropuerto de Tirana no hay Punto de Información, Atención al Cliente o trabajador de la compañía. Recurrimos incluso a mesas de facturación de otros vuelos de Ryanair que estaban embarcando y no nos supieron indicar como proceder. Por el chat de la App Ryanair. No ayudaron y simplemente se limitaron a decir que, según los Términos y Condiciones de Ryanair, los vuelos no se consideraban conjuntos, por lo que no hay derecho a reembolso; sin facilitar ninguna ayuda ni información. Por vía telefónica: La misma respuesta que por el chat. Viaje alternativo Después de horas buscando una solución, decidimos coger el vuelo a Trieste, y una vez allí, sorpresa: ningún punto de información de Ryanair. Tampoco había vuelos a España desde ese aeropuerto en el mismo día, y al día siguiente los precios superaban los 250€. La solución económicamente viable fue: Tren Trieste - Venecia Mestre Autobús Venecia Mestre - Venecia (noche en el aeropuerto) Avión Venecia - Santander Automóvil (mi mujer y yo, de viaje por Soria, nos desplazamos hasta Santander) Santander - Madrid Ave (de una de las afectadas, la otra se quedó en Madrid) Madrid - Sevilla Reclamación Hemos intentado reclamar a través de la compañía, pero al ser vuelos independientes, no se hacen responsables de la pérdida del segundo. Por lo tanto, ruego su intervención en este caso, porque hemos perdido el segundo vuelo por el retraso del primer vuelo de su propia compañía. Adjunto las tarjetas de embarque, así como sus precios de: Trieste a Sevilla Venecia a Santander Si necesitan alguna documentación adicional, por favor indíquenmelo.

En curso
S. C.
09/05/2026

Retraso vuelo y pérdida de conexión

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Miami al de Madrid, que tenía su salida a las 22:10 horas del día 26 del mes de abril de 2026 por lo que la llegada normal a Madrid debería haber tenido lugar a las 12:50 horas del día 27 de abril. Adjunto los siguientes documentos: billetes de avión, tarjetas de embarque, billetes de tren. Nº de pasajeros: 2. El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada, lo que hizo que perdiéramos la conexión de Madrid a Sevilla en tren así como la necesidad de comprar otro billete. Asimismo, no se dio la asistencia gratuita a la que se tiene derecho (dieron un wrap congelado incomestible) y tuve que pagar los gastos de los cuales adjunto factura: cena en aeropuerto de Miami, billetes de tren de cercanías y media distancia (ya que perdimos la conexión de Madrid a Sevilla). SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

En curso
E. L.
08/05/2026

Reclamación contra Air Europa por incumplimiento del Reglamento (CE) 261/2004 (retraso > 24horas)

Presento reclamación contra la compañía Air Europa por incumplimiento de sus obligaciones conforme al Reglamento (CE) 261/2004 en relación con un retraso superior a 24 horas y una asistencia claramente insuficiente. El día 16/03/2026 debía viajar de Madrid a Hanói con escala en Múnich (vuelo UX1515 MAD–MUC, seguido de VN034 MUC–HAN). Durante la aproximación a Múnich, el vuelo UX1515 tuvo que regresar a Palma de Mallorca aproximadamente 20 minutos antes del aterrizaje debido a una incidencia operativa. Como consecuencia, llegué a Múnich con retraso y perdí mi conexión a Hanói. Permanecí aproximadamente 4 horas en el aeropuerto a la espera de una solución, tras lo cual se me ofreció un transporte alternativo que no permitió minimizar el retraso, llegando finalmente a destino con más de 24 horas de demora respecto al horario previsto. Durante este periodo, la asistencia proporcionada por la compañía fue claramente insuficiente: – Únicamente se facilitó un bono de 30 €, cantidad insuficiente para una espera superior a un día. – No se proporcionó transporte entre el aeropuerto y el hotel. – No se cubrieron adecuadamente las necesidades básicas (comidas completas ni kit de primera necesidad, pese a no disponer de equipaje). De acuerdo con el artículo 9 del Reglamento (CE) 261/2004, la compañía está obligada a ofrecer comida suficiente, alojamiento y transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento, independientemente de la causa de la incidencia. Asimismo, Air Europa ha rechazado mi reclamación alegando una “deficiencia técnica inesperada incompatible con la seguridad en vuelo” como circunstancia extraordinaria,

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