Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Atenas al de Madrid, que tenía su salida a las 09:15 horas del día 4 del mes de enero de 2026 por lo que la llegada normal aMadrid debería haber tenido lugar a las 12:05 horas del día 4 de enero de 2026. Adjunto los siguientes documentos: los billetes de avión, tarjeta de embarque Nº de pasajeros: 3 El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas (7 horas) en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente.
Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea