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Equipaje no entregado (2 bicicletas)
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Barcelona al de Tromsö, con fecha salida a las 08:00 horas del día 10 de agosto de 2025. En el aeropuerto de salida (Barcelona) facturé el equipaje BCN-Bergen (Norwegian)-Tromso (Wideroe)), consistente en 2 cajas con 2 bicicletas de 23 Kg cada caja con un equipamiento para 33 dias de viaje en bibicleta por el Eurovelo 1 desde Tromsö a Trondheim. Al llegar al aeropuerto de Bergen (Norwegain) nos informaron que teniamos que volver a factuar el equipaje con la compania con la que contiuabamos el viaje, lo cual no pudimos hacer porque en el momento de embarcar todavia no lo habian localizado. Nos dijeron que continuaramos el viaje y que pusieramos una reclamacion en el aeropuerto de la compania de destino (Wideroe). Al llegar al aeropuerto de destino (Tromso) con ustedes, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, sin haberlo recibido todavia ni tener noticias de la compania despues de haber transcurrido 2 dias (de domingo a martes) después de la llegada al aeropuerto de destino. Antes de abandonar el aeropuerto, os presenté la oportuna reclamación dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (TOSWF19149/10AU25/1509GMT). Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, puesto que nuestro viaje de vacaciones consistia exclusivamente en hacer la ruta de eurovelo 1 en bicicleta desde Tromso a Trondheim. Ante la imposibilidad de realizar dicho viaje por no disponer de las bicicletas, les comunico que si no he recuperado las bicicletas en 24 h efectuare la reclamacion de cantidades correpondientes a la perdida de los dias de vacaciones y a los gastos extra que me haya visto obligada a hacer por todos los incovenientes ocasionados por el retraso o perdida del equipaje. No he podido anadir los ficheros de vuelos porque el sistema dice que son demasiado grandes. Los datos de los vuelos son: Norwegian: Flight number D8 5526 Wideroe: Flight number WF626 Sin otro particular, atentamente.
Rotura equipaje
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Yakarta al de Madrid, con fecha salida a las 00:45 horas del día 20 del mes de Agosto de 2025 En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en dos maletas grandes de 25kg Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en: una de las maletas con las ruedas rotas y otra con la cremallera rota y media rueda partida. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) Aporto copia del PIR y el billete. Y, aporto también fotos en el aeropuerto. Se ha respondido a mi reclamación ofreciendo 50€ por las maletas y 75€ para canjear en etihad airways durante 12 meses. Pagamos un billete en bussiness y nos ofrecen 1/8 de lo que vale el equipaje. SOLICITO, el abono de 400 euros* en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados Sin otro particular, atentamente. * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
se ha parte de la indemnizaciòn
Estimados señores de Iberia, En relación con el expediente de reclamación E20250813-63991837, me dirijo a ustedes para reiterar mi solicitud de reembolso del importe correspondiente a las zapatillas que me vi obligado a adquirir debido al retraso en la entrega de mi equipaje facturado en el vuelo de Menorca a Madrid con llegada el día 09/08. Mi maleta no fue entregada hasta el día siguiente al mediodía, sin previo aviso por parte de la compañía, lo que me dejó sin el calzado necesario para moverme con normalidad. Viajaba en sandalias y, como persona de 65 años, necesitaba calzado cómodo y adecuado para poder desplazarme. Por ese motivo, adquirí unas zapatillas Nike, marca que utilizo habitualmente por motivos de comodidad y salud. Entiendo que según el Reglamento (CE) nº 261/2004 y la Convención de Montreal, tengo derecho al reembolso de los gastos razonables y necesarios derivados del retraso en la entrega del equipaje. En ningún momento se establece un listado cerrado de artículos reembolsables ni se excluyen productos por su marca, sino que se debe atender a la necesidad concreta del pasajero y a las circunstancias específicas del caso. Por todo lo anterior, solicito la reconsideración de la denegación del reembolso de este gasto. En caso contrario, me veré en la obligación de trasladar la reclamación a la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), o, si fuera necesario, recurrir a la vía judicial. Quedo a la espera de su respuesta. Atentamente, Francesc Prats Humbert
GASTOS EXTRAVIO DE EQUIPAJE
Estimados señores: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Valencia al de Casablanca, con fecha salida a las 21:15 horas del día 08 del mes de AGOSTO de 2025 En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta grande de color verde. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) con referencia CMNAT49231. Aporto el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos de farmacia (57,12 €) y de ropa y elementos de aseo ( 128,64€) , cuyo importe total ascendió a la suma de 185,76€. Aporto la justificación documental de dichos gastos. SOLICITO la cantidad de 185,76 euros* como indemnización por los daños producidos siguiendo a la espera de la entrega del equipaje facturado. Sin otro particular, atentamente. Samira Raysse
Rotura equipaje Ryanair
El 4/8 volé a Berlín, con equipaje facturado, y al recoger mi maleta estaba rota (se partió parte de la maleta que une la rueda con la misma,) Preguntamos en el aeropuerto por el stand de información de Ryan Air (familares que hablan perfectamente alemán) y nos indicaron que no había stand y que la reclamación debía ser on line. Al hacer la reclamación nos solicitan un PIR, el cual no disponemos por las instrucciones que nos dieron. Hablamos con el chat de Ryanair y nos indicaron que debiamos volver al aeropuerto para hacer la reclamación. Al estar en España la unica solución que nos dieron fue, desplazaenos al Aeropuerto de Málaga . Yo resido en Córdoba y no me iba a desplazar 180 Kilometros Solicito indemnización al haber roto mi maleta, además recién estrenada. .
Cobro ilegal por equipaje
En el vuelo EJU1022 desde Santiago de Compostela a Basilea del 17.08.2025 a las 20:10 se me cobró una pieza de equipaje de mano de más (una bolsa tote bag pequeña, menor a las dimensiones establecidas 40x30x15) por 58€ , porque en mi billete "solo se incluía una pieza de equipaje de mano" (mochila). Según tengo entendido, el cobro por equipaje de mano se declaró ilegal en el parlamento europeo después de la votacion del 24.06.2025, por lo que considero que no se debería de haberme cobrado por la "segunda pieza" que era la tote bag pequeña. Adjunto la foto del recibo del pago. Un saludo y muchas gracias.
Cobro ilegal por equipaje
En el vuelo EJU1022 desde Santiago de Compostela a Basilea del 17.08.2025 a las 20:10 se me cobró una pieza de equipaje de mano de más (una bolsa tote bag pequeña, menor a las dimensiones establecidas 40x30x15) por 58€ , porque en mi billete "solo se incluía una pieza de equipaje de mano" (mochila). Según tengo entendido, el cobro por equipaje de mano se declaró ilegal en el parlamento europeo después de la votacion del 24.06.2025, por lo que considero que no se debería de haberme cobrado por la "segunda pieza" que era la tote bag pequeña. Adjunto la foto del recibo del pago. Un saludo y muchas gracias.
Compemsación económica por retraso en la entrega del equipaje facturado
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Bilbao al de Riga, con fecha salida a las 06:50 horas del día 3 del mes de agosto de 2025 En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta Sansonite gris claro con la ropa y enseres personales, de higiene y salud. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 2 días y medio después, 52 horas más tarde. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligado a realizar los siguientes gastos: Compra de pantalón, camisa, calcetines, muda y cuchilla de afeitar, cuyo importe total ascendió a la suma de 116.05 €. Aporto la justificación documental de dichos gastos: ticket de compra y pagos con tarjeta SOLICITO la cantidad de 1000 euros* como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado en concepto de los gastos que tuve que afrontar, el tiempo invertido en su compra y los daños morales producidos por la incertidumbre de la situación. Sin otro particular, atentamente. Juan María Ros Sanz * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente
Retraso equipaje
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Colombo (CMB) al de Madrid (MAD), con fecha salida a las 1:40 horas del día 10 del mes de agosto de 2025, con escala en París (CDG). En el aeropuerto de salida facturé el equipaje de los 4 billetes, consistente en 3 mochilas y 1 maleta de cabina. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 4 días después. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto los documentos PIR y boarding pass llegada a destino. SOLICITO la indemnización máxima, cantidad de 1.120 euros mínimo como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado. Sin otro particular, atentamente.
Cobro por equipaje de mano
Hola, en el vuelo número FR7036 desde Dublin a Girona el día 15 de agosto 2025 a las 19:00 me exigen que abone 120 euros por llevar, mi marido y yo, 60 euros cada uno, una mochila cada uno que según según ellos excedía las medidas de maleta de cabina. No llegaron a ponerla en el medidor de equipaje. En el viaje de ida el día 05/08/25 con la misma compañía no tuve ningún inconveniente. Además hemos volado a otros dos paises años anteriores con esta mochila y nunca nos lo han reclamado. Exijo el reembolso del dinero abonado, 120 euros, derecho amparado por el artículo 97 de la Ley sobre Navegación Aérea y la sentencia 787/2022 de Madrid. El cobro de este tipo de equipaje se considera una clausula abusiva no contemplada en el reglamento 1008/2008. Además, las mochila sí entran en el espacio reservado para el equipaje de mano debajo del asiento, tal y como exige la compañía. Quiero resaltar que además se negaron a darme comprobante del pago con tarjeta, cuando también es nuestro derecho. Me parece abusivo que me hayan cobrado casi más por llevar las mochilas con el equipaje de mano que por ir nosotros dos en el avión.
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