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Rotura de maleta
Hola , realice un vuelo el pasado 18 de julio, adjunto billete, a la llegada al aeropuerto detectamos daños en unas de las maletas, al ir al lugar de la reclamación , nos atendieron mal, rápido y pronto, sin querer salir a ver el daño de la maleta, que como podréis observar, está rota. Utilicé la vía telefónica, ese mismo día, ante la atención prestada en el aeropuerto, y se abrió mi caso con el siguiente expediente y número de caso" "Código de expediente / Case number : E20240719-49938088". Obtuve un correo, cerrando el caso y no valorando las evidencias que aporto y que el aeropuerto pasaron por alto. He llamado en varias ocasiones, siempre me dicen que me escribirán para valorar los daños en equipaje. Nadie se pone en contacto conmigo, por lo que utilizo esta vía. Lo único que quiero es la valoración y sustitución del equipaje dañado. Esperando respuesta a la solicitud presentada.
Problema con el equipaje
Hola, el dia 1 de Septiembre se implantó una nueva ley respecto al equipaje de cabina que anteriormente era de pago y actualmente es de manera gratuita. Una vez investigado y contactado con diversos contactos se indica que si que es de manera gratuita llevar en el vuelo la maleta de cabina. En la aplicación hemos tenido que pagar el equipaje que como bien dice la ley es totalmente gratuito llevar una maleta de cabina.
INDEMNIZACIÓN POR RETRASO EN EQUIPAJE
IBERIA LÍNEAS AÉREAS Departamento de Atención al Cliente Dña. Verónica Acedo Moreno En Málaga a 13 de septiembre de 2024 Muy señor mío: Con fecha 31 de agosto volamos mi marido, mi hijo y yo desde Hamburgo hasta el aeropuerto de Madrid tras un viaje de crucero con MSC que incluía los vuelos hasta Hamburgo. En el aeropuerto de origen procedimos a facturar el equipaje, con todos nuestros enseres personales, tal y como acredito con en el adhesivo identificativo de haber facturado el equipaje (doc nº1) y que iba con el billete de mi hijo Beltrán San Millán Acedo (doc. nº 2). Lamentablemente, al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 12 días después. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) del que adjunto copia (doc. nº 3). Con esta reclamación, les reclamo tal como ya hice en su momento a través de su web con expte. (doc. nº 4) el importe de los enseres que me vi obligado a adquirir según copia de las facturas que adjunto de nuevo (doc. nº 5,6,7 y 8 ). Teniendo en cuenta que conforme al art. 17.2 del Convenio de Montreal, “el transportista es responsable del daño causado en caso de destrucción, pérdida o avería del equipaje facturado por la sola razón de que el hecho que causó la destrucción, pérdida o avería se haya producido a bordo de la aeronave o durante cualquier período en que el equipaje facturado se hallase bajo la custodia del transportista”; y el art. 22 del mismo cuerpo legal cuantifica la responsabilidad por destrucción, pérdida, avería o retraso del equipaje limitándola a 1000 derechos especiales de giro (DEG) por pasajero (salvo declaración especial de valor), cantidad que ha sido incrementada a 1131 DEG en el Reglamento 285/2010 de la Comisión, y que corresponden aproximadamente a día de hoy a 1.381 euros (1381/21 = 65,76 euros por día de retraso). En virtud de lo expuesto, y con fundamento en el cumplimiento defectuoso del contrato de transporte concertado con la compañía referenciado al inicio de este escrito, que ha supuesto el retraso de mi equipaje con los daños referenciados, SOLICITO de la compañía de transporte aéreo que representan: El abono de la cantidad de 129,88 € por la compra de enseres de primera necesidad anteriormente justificados así como el abono de 789,12 € (65,76 € x 12 días retraso) euros en concepto de indemnización por los daños morales y perjuicios sufridos atendiendo a la privación de la maleta y de nuestros enseres personales durante el periodo de 12 días y a la inquietud generada. Se adjunta titularidad de la cuenta bancaria para el abono de los mismo. (doc. nº9) y datos de contacto (doc. nº10) En el caso de que, en un plazo de veinte días no contesten o desestimen la petición que formulo mediante el presente escrito, me veré obligado a ejercitar la pertinente acción judicial en defensa de mis intereses. Sin otro particular y a la espera de sus noticias, reciban un cordial saludo. Fdo: Verónica Acedo Moreno
RETRASO EN LA ENTREGA DEL EQUIPAJE
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de [.SAN FRANCISCO..] al de [BARCELONA...], con fecha salida a las [.20..] horas del día [31...] del mes de [AGOSTO...] de [2024...] En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en [describir el equipaje facturado] Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo [3….] días después. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos [ROPA….], cuyo importe total ascendió a la suma de [362,62….€]. Aporto la justificación documental de dichos gastos [copia de facturas, ticket ..] SOLICITO la cantidad de [587,62….] euros* como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
RETRASO EN LA ENTREGA DEL EQUIPAJE
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de [.SAN FRANCISCO..] al de [.BARCELONA..], con fecha salida a las [.20..] horas del día [.31..] del mes de [.AGOSTO..] de 2024[...] En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en [describir el equipaje facturado] Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo [3….] días después. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos [ROPA, PRODUCTOS DE HIGIENE Y CARGADOR PARA EL MOVIL….], cuyo importe total ascendió a la suma de [299,90….€]. Aporto la justificación documental de dichos gastos [copia de facturas, ticket ..] SOLICITO la cantidad de [524,90….] euros* como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
Equipaje de mano cobrado en facturación
El pasado 22 de agosto realicé un vuelo Barcelona-Budapest en el que me fue facturado por Ryanair la cantidad de 46 eur por el equipaje de mano (maleta pequeña). En España, la Ley de Navegación Aérea (que data de 1960) establece en el artículo 97 que el transportista "estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos". Según sentencia este cobro es abusivo 787/2022 y procedo a la reclamación pertinente. Adjunto billete, pago del mismo y cobro de los 46 eur extras por la maleta.
perdida de equipaje.
Estimados/as señores/as: Mi hija Laura milagros munoz rojo Contrato un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid barajas a Ibiza con fecha salida a las 10:25 horas del día 26 del mes de agosto de 2024 En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta gris El equipaje no llegó a destino y antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). PIR MADUX76986 El equipaje fue devuelto por la compania 4 dias despues , el 30 de agosto del 2024 solicito el abono concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados. Adjunto los siguientes documentos: los billetes de avión, tarjeta de embarque, documento, facturación, PIR. SOLICITO la cantidad de500 euros* en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
Retraso en la entrega del equipaje facutrado.
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Palma de Mallorca al de Mahón, con fecha salida a las 10:05 horas del día 23 del mes de agosto de 2024. En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta grande tipo trolley con 4 ruedas, de color azul muy oscuro, casi negro, de la marca Emidio Tucci. El equipaje tenía una cuerda de color amarillo atada al asa superior. También conservaba la etiqueta de Emidio Tucci con las instrucciones. Asimismo, tenía una equis (X) dibujada con cinta americana de color negro en la parte frontal. En el mostrador de Uep!fly del aeropuerto de Palma de Mallorca la maleta pesaba un poco más de 12 kg. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 6 días después, es decir, el jueves 29 de agosto de 2024 a las 22 horas de la noche. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos: compra de un pantalón vaquero corto, un bañador, unas chanclas, calzoncillos y una camiseta, cuyo importe total ascendió a la suma de 109,64 €. Aporto la justificación documental de dichos gastos SOLICITO la cantidad de 1609 euros* como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado. Sin otro particular, atentamente. Lucas Rioyo * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
Cobro de check in presencial
La aerolínea Ryanair me realizó un cobro de 30€ por realizar el check in de manera presencial siendo esta práctica abusiva, desproporcionada y carente de toda justificación.
110 euros maleta de cabina
Por favor, explica brevemente el motivo de tu reclamación El motivo de la presente reclamación es el siguiente: habiendo pagado mi equipaje de bodega (una maleta) me hace añadir en el check-in de la línea en el aeropuerto, mi otra maleta de tamaño clásico de cabina, con un peso de menos de 7kg, por la que me cobran un valor de 110 euros. Considero una práctica abusiva de la compañía, ya que me dejan llevarla igualmente en la cabina, pero pagando por ello, sin que suponga ningún coste extra para la compañía, ya que las dimensiones son adecuadas como maleta de mano, va en cabina por tanto y no supone trabajos de traslado entre la bodega y el aeropuerto.
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