Anterior

INDEMNIZACIÓN POR RETRASO EN EQUIPAJE

Closed Pública

Naturaleza del problema:

Equipaje

Tu reclamación

V. A.

A: IBERIA LÍNEAS AÉREAS

13/09/2024

IBERIA LÍNEAS AÉREAS Departamento de Atención al Cliente Dña. Verónica Acedo Moreno En Málaga a 13 de septiembre de 2024 Muy señor mío: Con fecha 31 de agosto volamos mi marido, mi hijo y yo desde Hamburgo hasta el aeropuerto de Madrid tras un viaje de crucero con MSC que incluía los vuelos hasta Hamburgo. En el aeropuerto de origen procedimos a facturar el equipaje, con todos nuestros enseres personales, tal y como acredito con en el adhesivo identificativo de haber facturado el equipaje (doc nº1) y que iba con el billete de mi hijo Beltrán San Millán Acedo (doc. nº 2). Lamentablemente, al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 12 días después. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) del que adjunto copia (doc. nº 3). Con esta reclamación, les reclamo tal como ya hice en su momento a través de su web con expte. (doc. nº 4) el importe de los enseres que me vi obligado a adquirir según copia de las facturas que adjunto de nuevo (doc. nº 5,6,7 y 8 ). Teniendo en cuenta que conforme al art. 17.2 del Convenio de Montreal, “el transportista es responsable del daño causado en caso de destrucción, pérdida o avería del equipaje facturado por la sola razón de que el hecho que causó la destrucción, pérdida o avería se haya producido a bordo de la aeronave o durante cualquier período en que el equipaje facturado se hallase bajo la custodia del transportista”; y el art. 22 del mismo cuerpo legal cuantifica la responsabilidad por destrucción, pérdida, avería o retraso del equipaje limitándola a 1000 derechos especiales de giro (DEG) por pasajero (salvo declaración especial de valor), cantidad que ha sido incrementada a 1131 DEG en el Reglamento 285/2010 de la Comisión, y que corresponden aproximadamente a día de hoy a 1.381 euros (1381/21 = 65,76 euros por día de retraso). En virtud de lo expuesto, y con fundamento en el cumplimiento defectuoso del contrato de transporte concertado con la compañía referenciado al inicio de este escrito, que ha supuesto el retraso de mi equipaje con los daños referenciados, SOLICITO de la compañía de transporte aéreo que representan: El abono de la cantidad de 129,88 € por la compra de enseres de primera necesidad anteriormente justificados así como el abono de 789,12 € (65,76 € x 12 días retraso) euros en concepto de indemnización por los daños morales y perjuicios sufridos atendiendo a la privación de la maleta y de nuestros enseres personales durante el periodo de 12 días y a la inquietud generada. Se adjunta titularidad de la cuenta bancaria para el abono de los mismo. (doc. nº9) y datos de contacto (doc. nº10) En el caso de que, en un plazo de veinte días no contesten o desestimen la petición que formulo mediante el presente escrito, me veré obligado a ejercitar la pertinente acción judicial en defensa de mis intereses. Sin otro particular y a la espera de sus noticias, reciban un cordial saludo. Fdo: Verónica Acedo Moreno

Mensajes (1)

V. A.

A: IBERIA LÍNEAS AÉREAS

23/10/2024

Estimados Sres. No he recibido por vuestra parte notificación alguna de esta reclamación por daños en la demora del equipaje. Rogaría que por favor al tengan a bien. Un cordial saludo,


¿Necesitas ayuda?

El tiempo medio de respuesta es de 15 días. Te recomendamos que esperes ese plazo antes de contactarnos.

Llámanos

Consulta nuestros horarios de atención aquí

Información para empresas

Descubra más sobre esta plataforma

Información para consumidores

Descubre más sobre nuestra plataforma