Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
L. D.
18/09/2024

Compartimentos vacíos y equipaje de mano facturado

Siendo casi la primera en embarcar, me obligaron a facturar mi equipaje de mano alegando que no había espacio en el avión. Dije que eso era imposible ya que estábamos literalmente entre las cinco primeras personas que embarcábamos. Llevaba una hora esperando de pié en la cola precisamente para ser la primera y evitar esto. Dije que me negaba a facturarlo hasta que no viera que realmente no cabía en el avión, y me amenazaron con no dejarme embarcar. Pedí que empezasen a facturar equipajes cuando realmente el avión se llenara. En este momento ni siquiera sabían la cantidad de personas que iban a embarcar ni las que llevaban maleta de cabina, habían embarcado sólo 2 o 3 personas antes que yo! Me ignoraron y con malas formas me facturaron el equipaje. Cuando llegué al avión efectivamente todos los compartimentos superiores estaban vacíos y se empezaron a llenar con mochilas y bolsos de mano pequeños que podían ir perfectamente bajo los asientos. Además se negaron a darme una hoja de reclamaciones cuando la pedí en la puerta de embarque. Me dijeron que la pidiera cuando llegara a mi destino. No reclamo dinero, pero sí que se amoneste a la compañía para que empiece a respetar a sus clientes y que un consumidor que ha pagado por este servicio, pueda llevar su equipaje de mano consigo siempre y cuando todavía quede espacio en los compartimentos superiores del avión, como era el caso en este vuelo y en el de ida, que también pasó.

Cerrado
C. T.
18/09/2024

Reembolso

Que, en fecha 08/09, efectué un viaje de Dublín a Madrid con número de vuelo FR 495. A la hora de realizar el embarque, me cobran un cargo de 60€ por facturación, si bien, no meten mi mochila en la bodega si no que la llevo debajo del asiento delantero. Según sus propios términos y condiciones de transporte, según el artículo 4.2.3 Si adquiriste un servicio opcional (como un asiento asignado) y tomaste tu vuelo, pero no te proporcionamos el servicio equivalente por motivos atribuibles a nosotros (como un cambio de avión que nos impidió asignarte el asiento con más espacio para las piernas que habías adquirido), tienes derecho a un reembolso de la tarifa correspondiente que pagaste por ese servicio. Además, según la normativa de equipaje facturado El equipaje de mano que exceda las medidas permitidas será rechazado en la puerta de embarque o, en caso de que sea posible, se colocará en la bodega del avión previo abono de una tasa de €/£70.00 - €/£ 75.00 (tasa sujeta a IVA en vuelos nacionales según los tipos impositivos vigentes). Cuando esté en la puerta de embarque, asegúrese de sacar los objetos valiosos que lleve en su equipaje en caso de que este deba transportarse en la bodega del avión. Yo pagué por una facturación (lo que implica que el equipaje debería haber ido en bodega) cuestión, que como demuestro en las fotografías que adjunto no ha sido así, por lo que no se ha cumplido ni con el artículo 4 al no proporcionar un servicio por el cual pague ni con la normativa de equipaje facturado que indica que el pago se hace PARA COLOCAR EL EQUIPAJE EN LA BODEGA. Teniendo en cuenta que lo aquí alegado entra dentro de los servicios reembolsables en virtud del artículo 10.1, SOLICITO EL REEMBOLSO del importe de 60€ cobrado.

Resuelto
M. G.
18/09/2024

Usan mi tarjeta cobro indebido y No atienden a mi petición

EL operario de Rayaner en puerta de embarque sin comprobar medida de mi bolsa de viaje, me pide carta de pago, en vez de comprobar medidas por la maquina Hace el pago sin mi consentimiento marcando numeros de la tarjeta. No atienden en español Ni hablan despacio para poder ser entendido Solo ingles. En tripulación de vuelo Birminghan Sevilla No dan los avisos de protección seguridad y salvamento en español solo en Ingles Me cobran en libras la tasa maxima ademas por equipaje. No correspondiendo. Espero me reembolsen este importe indebido y garantizen un trato respetuoso en mi proximo vuelo ya que viajo bastante a visitar a mi hijo menor a Reino Unido y me veré obligada a prescindir de su compañía aerea por falta y negligente atención con mi persona y mi tarjeta de crédito. Ruego mayor personal y alguien con español cuando el aeropuerto al que me dirijo es español. Gracias.

Resuelto
E. L.
18/09/2024

Facturación de Equipaje de Mano

Eladio López Castilla Avenida Doctor Olóriz 27, 6ºA, 18012 Granada (Granada) Indalio1@gmail.com 678759075 18/09/2024 Vueling Calle Catalunya 83, Edificio Brasil, 08840, Viladecans (Barcelona) Estimados Señores, Me dirijo a ustedes en calidad de pasajero afectado por la reciente política de cobro por el equipaje de mano implementada por su compañía aérea. Considero que esta práctica es ilegal y les solicito la devolución inmediata de los cargos aplicados por este concepto en mi reciente vuelo VY2019 el 13/09/2024, por un importe de 60 € . Argumentos Legales: Derechos del Pasajero según la Normativa Europea: Según el Reglamento (CE) No 1008/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad, se establece que los pasajeros tienen derecho a llevar consigo, sin coste adicional, el equipaje de mano. En particular, el artículo 22 de dicho reglamento establece que "el precio final que deba pagarse deberá incluir todos los cargos, recargos y tarifas aplicables que sean inevitables y previsibles en el momento de la publicación". Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE): El TJUE ha dictaminado en varias ocasiones que el equipaje de mano es un elemento esencial del transporte aéreo y, por tanto, no puede estar sujeto a cargos adicionales. En el caso C-487/12, el tribunal concluyó que "el equipaje de mano debe considerarse un elemento indispensable del transporte de pasajeros y, por tanto, su transporte no puede estar sujeto a un suplemento de precio". Derechos del Consumidor: La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007) establece que las cláusulas abusivas en los contratos con consumidores son nulas de pleno derecho. Cobrar por el equipaje de mano, que es un derecho inherente al pasajero, puede considerarse una cláusula abusiva y, por tanto, ilegal. Solicitud: En base a los argumentos expuestos, les solicito: La devolución inmediata de los cargos aplicados por el equipaje de mano en mi vuelo VY2019 el 13/09/2024, por un importe de 60 € . La revisión y modificación de su política de cobro por el equipaje de mano para cumplir con la normativa vigente y los derechos de los pasajeros. En caso de no recibir una respuesta satisfactoria en un plazo de 15 días, me veré obligado a elevar esta reclamación a las autoridades competentes y considerar acciones legales adicionales. Agradezco de antemano su atención y espero una pronta resolución favorable. Atentamente, Eladio López Castilla

Cerrado
N. S.
17/09/2024

PROBLEMA CON REEMBOLSO AUTORIZADO

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de HERAKLION al de MADRID, con fecha salida a las 5.10AM horas del día 14 del mes de JULIO del 2024 En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en 3 maletas de mano, una sillita de niño para el coche y un cochecito de bebe de la marca CYBEX Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en no poder cerrar el carro y daños en el chasis del carro de bebe Presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) por correo así como contratando un servicio adicional (adjunto) del certificado de irreparabilidad que tuvo un coste de 60 euros(que no estoy reclamando por ahora) además del nuevo carro que tuve que comprar debido a la imposibilidad de poder utilizar el antiguo Aporto los siguientes documentos correos de la reclamación inicial presentada a través de su correo electrónico, confirmación por su parte de documentos requeridos para continuar con el caso y la aprobación del pago del nuevo carro debido a su irreparabilidad. SOLICITO, el abono de 750 euros* en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
O. M.
16/09/2024

Indemnización retraso maleta 8 días

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de Cancún, con fecha de salida a 10 del mes de agosto de 2024. (Identificación 2W2501) En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en ropa , bañadores , zapatillas de playa , gorras , neceser, botiquín , cremas solares, gafas de sol y de bucear, gel y cremas para piel atópica entre otras. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 8 días después (Sábado 17 de agosto). Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aportó el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos: Gorras , zapatillas de playa , crema solar , crema para el pelo y un cepillo entre otros , cuyo importe total ascendió a la suma de [252 Dólares USA]. Aporto la justificación documental de dichos gastos. Según la Ratificación del Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999 ( BOE-A-2004-9347), SOLICITO la cantidad de 65€ por día de retraso lo que hace una cantidad total de 720 euros como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado. Sin otro particular, quedo a la espera de su respuesta Atentamente.

Cerrado
M. B.
15/09/2024

Retraso del equipaje

El día 1 de agosto del 2024 cogí el vuelo W2603 operado por la compañía World2Fly, desde el aeropuerto de Madrid hasta el aeropuerto de Cancún. En el aeropuerto de origen procedí a facturar mi equipaje y al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente. Tras tres horas de espera ya que el personal decía que la maleta llegaría en otro vuelo, y puesto que el encargado en destino, el señor Darien Jorquera, no se encontraba en el aeropuerto y sus compañeras no estaban dispuestas a tramitarnos un Parte de Irregularidad del Equipaje, tuve que irme del aeropuerto sin poder tramitar la incidencia. A la mañana siguiente volví al aeropuerto y sí pude presentar la oportuna reclamación a la compañía aérea, dejando constancia de la incidencia en el PIR que adjunto en el email. La maleta se me entregó el día 15 de agosto del 2024, fecha en la que tuve que ir personalmente a por ella al aeropuerto de Cancún. Con esta reclamación formal les confirmo la incidencia y les reclamo el importe de los enseres que me vi obligada a adquirir según copia de todos los tickets que adjunto en un documento correspondientes a: ropa y calzado de dos personas, productos básicos de aseo (dentífrico, cepillos, elementos de afeitado…) y servicio de lavandería. Teniendo en cuenta que conforme al art. 17.2 del Convenio de Montreal, “el transportista es responsable del daño causado en caso de destrucción, pérdida o avería del equipaje facturado por la sola razón de que el hecho que causó la destrucción, pérdida o avería se haya producido a bordo de la aeronave o durante cualquier período en que el equipaje facturado se hallase bajo la custodia del transportista”; y el art. 22 del mismo cuerpo legal cuantifica la responsabilidad por destrucción, pérdida, avería o retraso del equipaje limitándola a 1000 derechos especiales de giro (DEG) por pasajero (salvo declaración especial de valor), cantidad que ha sido incrementada a 1131 DEG en el Reglamento 285/2010 de la Comisión, y que corresponden aproximadamente a 1300 euros. En virtud de lo expuesto, y con fundamento en el incumplimiento del contrato de transporte concertado con la compañía, que ha supuesto el retraso de mi equipaje durante todo el transcurso de las vacaciones (15 días completos) con los daños referenciados, solicito a la compañía de transporte aéreo: El abono de 1600 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados. En el caso de que, en un plazo de veinte días no contesten o desestimen la petición que formulo mediante el presente escrito, me veré obligado a ejercitar la pertinente acción judicial en defensa de mis intereses. Sin otro particular y a la espera de sus noticias, reciban un cordial saludo.

Cerrado
F. L.
14/09/2024

Rotura de maleta

Hola , realice un vuelo el pasado 18 de julio, adjunto billete, a la llegada al aeropuerto detectamos daños en unas de las maletas, al ir al lugar de la reclamación , nos atendieron mal, rápido y pronto, sin querer salir a ver el daño de la maleta, que como podréis observar, está rota. Utilicé la vía telefónica, ese mismo día, ante la atención prestada en el aeropuerto, y se abrió mi caso con el siguiente expediente y número de caso" "Código de expediente / Case number : E20240719-49938088". Obtuve un correo, cerrando el caso y no valorando las evidencias que aporto y que el aeropuerto pasaron por alto. He llamado en varias ocasiones, siempre me dicen que me escribirán para valorar los daños en equipaje. Nadie se pone en contacto conmigo, por lo que utilizo esta vía. Lo único que quiero es la valoración y sustitución del equipaje dañado. Esperando respuesta a la solicitud presentada.

Cerrado
M. L.
13/09/2024

Problema con el equipaje

Hola, el dia 1 de Septiembre se implantó una nueva ley respecto al equipaje de cabina que anteriormente era de pago y actualmente es de manera gratuita. Una vez investigado y contactado con diversos contactos se indica que si que es de manera gratuita llevar en el vuelo la maleta de cabina. En la aplicación hemos tenido que pagar el equipaje que como bien dice la ley es totalmente gratuito llevar una maleta de cabina.

Cerrado
V. A.
13/09/2024

INDEMNIZACIÓN POR RETRASO EN EQUIPAJE

IBERIA LÍNEAS AÉREAS Departamento de Atención al Cliente Dña. Verónica Acedo Moreno En Málaga a 13 de septiembre de 2024 Muy señor mío: Con fecha 31 de agosto volamos mi marido, mi hijo y yo desde Hamburgo hasta el aeropuerto de Madrid tras un viaje de crucero con MSC que incluía los vuelos hasta Hamburgo. En el aeropuerto de origen procedimos a facturar el equipaje, con todos nuestros enseres personales, tal y como acredito con en el adhesivo identificativo de haber facturado el equipaje (doc nº1) y que iba con el billete de mi hijo Beltrán San Millán Acedo (doc. nº 2). Lamentablemente, al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 12 días después. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) del que adjunto copia (doc. nº 3). Con esta reclamación, les reclamo tal como ya hice en su momento a través de su web con expte. (doc. nº 4) el importe de los enseres que me vi obligado a adquirir según copia de las facturas que adjunto de nuevo (doc. nº 5,6,7 y 8 ). Teniendo en cuenta que conforme al art. 17.2 del Convenio de Montreal, “el transportista es responsable del daño causado en caso de destrucción, pérdida o avería del equipaje facturado por la sola razón de que el hecho que causó la destrucción, pérdida o avería se haya producido a bordo de la aeronave o durante cualquier período en que el equipaje facturado se hallase bajo la custodia del transportista”; y el art. 22 del mismo cuerpo legal cuantifica la responsabilidad por destrucción, pérdida, avería o retraso del equipaje limitándola a 1000 derechos especiales de giro (DEG) por pasajero (salvo declaración especial de valor), cantidad que ha sido incrementada a 1131 DEG en el Reglamento 285/2010 de la Comisión, y que corresponden aproximadamente a día de hoy a 1.381 euros (1381/21 = 65,76 euros por día de retraso). En virtud de lo expuesto, y con fundamento en el cumplimiento defectuoso del contrato de transporte concertado con la compañía referenciado al inicio de este escrito, que ha supuesto el retraso de mi equipaje con los daños referenciados, SOLICITO de la compañía de transporte aéreo que representan: El abono de la cantidad de 129,88 € por la compra de enseres de primera necesidad anteriormente justificados así como el abono de 789,12 € (65,76 € x 12 días retraso) euros en concepto de indemnización por los daños morales y perjuicios sufridos atendiendo a la privación de la maleta y de nuestros enseres personales durante el periodo de 12 días y a la inquietud generada. Se adjunta titularidad de la cuenta bancaria para el abono de los mismo. (doc. nº9) y datos de contacto (doc. nº10) En el caso de que, en un plazo de veinte días no contesten o desestimen la petición que formulo mediante el presente escrito, me veré obligado a ejercitar la pertinente acción judicial en defensa de mis intereses. Sin otro particular y a la espera de sus noticias, reciban un cordial saludo. Fdo: Verónica Acedo Moreno

Cerrado

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