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Reclamación resolución del contrato
Estimados/as señores/as: En fecha 03/10/2025 adquirí en su página web de ocasión plus,en Sevilla (camas).un vehículo Audi a1 El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que ha fallado en fecha . El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Se me ha informado que es imposible la reparación o la sustitución. Solicito por tanto la resolución del contrato y reembolso. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Demora en el cambio de frigorífico
El día 7 de septiembre interpuse una garantía de mi frigorífico por el motivo q no enfriaba bien ...nro incidencia:3411410679 ....el técnico me visito Y me dice q de 24 a 48 horas se pondrían en contacto para avisar si arreglaban o cambiaban el frigorífico....después de varias semanas de llamar y llamar y siempre la misma respuesta ..."la espera de 24/48 h" pude enterarme q el servicio técnico autorizo el cambio de frigorífico...ahora lo nuevo es... debo esperar de 5 a 7 días hábiles a q el transportista se comunique conmigo para ver q día les viene bien de traerlo ...el día q me avisaron fue el viernes 25 de septiembre...ahora quién me responde por todo el perjuicio generado por la espera de solución y respuesta ...al ser un electodomestico de primera necesidad y al tener en casa un bebé de año y medio....la verdad q es un pésimo servicio el manejo q lleva la empresa beko ......
Problema con la calidad del producto y falta de repuestos
Estimados/as señores/as: En fecha 24/05/2026 adquirí en la tienda física de Decathlon Majadahonda, número de tienda 281, caja 10 Una ¨Relax Airmchair blue talla única. Adjunto los siguientes documentos: Factura: 1 26 0005 0003790862 El producto ha resultado defectuoso durante el plazo legal de la garantía, ya que ha fallado en 26 de septiembre del 2026, con un uso mínimo. Puestos en contacto con el vendedor, se me deniega la garantía. Me pidieron que llevara el producto a la tienda, y se me envió un correo diciéndome que ya estaba todo solucionado y al ir me comentaron que no la arreglaban ni cambiaban la tela por una nueva ( Es desmontable) El uso que se ha hecho ha sido absolutamente adecuado y conforme al esperado y, el daño o defecto producido, ha tenido lugar en el plazo legal de garantía previsto. Solicito que procedan a [elegir una opción: la reparación del producto/ sustitución del producto], en el plazo más breve posible. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
RECLAMACIÓN FORMAL POR FALTA DE CONFORMIDAD – PLACA DE INDUCCIÓN BEKO BBSE12100XD
Estimados señores: Me dirijo a OBRAMAT en relación con una placa de inducción Beko BBSE12100XD, adquirida en su establecimiento el 22/12/2025, que ha presentado una avería en septiembre de 2026. El aparato dejó de funcionar correctamente y fue revisado por el Servicio Técnico Oficial el día 03/09/2026. El técnico determinó como supuesto motivo de la avería «falta de ventilación», indicando además «cobrat a usuari», por lo que se me cobraron 58,08 € por la intervención. Sin embargo, el documento entregado por el servicio técnico no constituye un informe técnico suficientemente detallado que permita justificar la exclusión de la garantía. En concreto, el parte no identifica: el componente concreto que se encuentra averiado; el daño específico que presenta dicho componente; las comprobaciones, mediciones o pruebas realizadas; qué evidencia objetiva permite determinar que la avería fue causada por una supuesta falta de ventilación; qué requisito concreto de instalación habría sido incumplido; qué instrucción o especificación del fabricante se habría incumplido; ni la relación causal entre el supuesto defecto de instalación y la avería. He solicitado expresamente a Beko que me facilite esta información y que justifique técnicamente la exclusión de la garantía. Sin embargo, la respuesta recibida se ha limitado a remitirme nuevamente el mismo parte de asistencia, sin aportar una explicación técnica adicional. El propio parte identifica a OBRAMAT como distribuidor del producto y recoge como fecha de compra el 22/12/2025 y como fecha de intervención el 03/09/2026. Por tanto, presento formalmente ante OBRAMAT esta reclamación por falta de conformidad del producto y solicito que, como vendedor, se tramite la correspondiente solución conforme a la garantía legal vigente. En particular, solicito: La reparación del aparato en garantía o, cuando legalmente corresponda, su sustitución, sin coste para mí. Que, si OBRAMAT considera que la avería está excluida de garantía por una supuesta instalación incorrecta o falta de ventilación, se me facilite una justificación técnica concreta y documentada que identifique el requisito de instalación supuestamente incumplido y la evidencia que permita establecer que dicho incumplimiento fue la causa de la avería. La devolución de los 58,08 € abonados al Servicio Técnico, al haberse producido la avería dentro del período de garantía y no haberse acreditado hasta el momento una causa de exclusión de la misma. Que la presente comunicación sea registrada como reclamación formal y se me facilite el correspondiente número o referencia de reclamación. Que la respuesta sea facilitada por escrito y de forma suficientemente motivada. El producto presentó la avería dentro del primer año desde su adquisición, por lo que solicito que OBRAMAT tramite la falta de conformidad conforme al régimen de garantía legal aplicable. Adjunto a esta reclamación el parte de asistencia técnica facilitado por el Servicio Técnico Oficial y la reclamación presentada ante Beko, junto con la respuesta recibida. Quedo a la espera de su respuesta por escrito. Atentamente, Leonardo Ballestas Maldonado
He comprado un Fiat 500 y a los 8 meses batería vieja y pastillas de freno por cambiar.
Hola, compré con vosotros el 31 de Diciembre de 2025 un Fiat 500 de segunda mano con todo supuestamente en perfecto estado y como nuevo. Sin embargo a día de hoy, no han pasado ni 8 meses y ya ha tenido que venir la grúa porque la batería era vieja y además anteriormente cambié las pastillas de freno que también se habían desgastado, mientras no he hecho casi Km. La ley de garantía me ampara. Debéis reembolsar me los gastos. La batería no estaba ni anclada, qué clase de empresa que vende vehículos seminuevos permite que salgan los coches con piezas viejas y sin colocar debidamente. Suerte no haber tenido un accidente. El siguiente paso será adjudicarme un abogado con todos los papeles que recaudo y por otro lado he hablado con más clientes perjudicados por vuestra empresa, cómo los junte a todos, ya veremos.
Reclamación por negativa a aplicar la garantía legal a un mueble adquirido en noviembre de 2025
Presento reclamación frente a Sweeek por la negativa de la empresa a atender la garantía legal correspondiente al zapatero identificado con el número de artículo IBOSHR3WH, adquirido mediante el pedido 8i1f7ie4 en noviembre de 2025. El producto ha sido utilizado de manera normal y adecuada. Sin embargo, aproximadamente un año después de su adquisición, el cajón inferior comenzó a rozar hasta el punto de que actualmente no puede abrirse correctamente. Me puse en contacto con la empresa para solicitar la aplicación de la garantía legal. La empresa rechazó inicialmente la reclamación alegando que, al haber transcurrido casi un año desde la entrega, el problema debía considerarse consecuencia del desgaste normal. Ante esta respuesta, les indiqué que el producto se encuentra dentro del plazo legal de garantía y que la falta de conformidad se ha manifestado dentro de los dos primeros años desde la entrega, durante los cuales resulta aplicable la presunción prevista en el artículo 121 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, salvo prueba en contrario. La empresa ha mantenido su negativa. En su última respuesta sostiene que la presunción del artículo 121 únicamente operaría cuando el defecto estuviera relacionado con un vicio o defecto de fabricación originario y afirma que el hecho de que el zapatero funcionara correctamente durante casi un año “excluye” la existencia de un defecto originario. Asimismo, atribuye de manera genérica el problema a posibles factores como el desgaste de los herrajes, una eventual sobrecarga o variaciones de humedad o temperatura. Sin embargo, la empresa no ha realizado, ni me ha comunicado, ninguna inspección o valoración técnica del producto que permita determinar que alguna de esas circunstancias sea la causa concreta del defecto. Considero especialmente relevante que la empresa utiliza expresiones como “suele deberse” a determinados factores, pero no identifica cuál de ellos se ha producido efectivamente en mi caso. El producto fue utilizado para el uso para el que fue diseñado y no ha sufrido golpes, manipulaciones indebidas ni un uso profesional. No tengo constancia de ninguna circunstancia que pueda justificar que el cajón haya dejado de funcionar correctamente. La normativa de protección de consumidores establece para los bienes nuevos un plazo de responsabilidad del empresario por faltas de conformidad de tres años desde la entrega. Asimismo, durante los dos primeros años existe una presunción legal respecto de las faltas de conformidad que se manifiesten durante dicho período, salvo las excepciones previstas legalmente. Asimismo, ante una falta de conformidad, el artículo 118 del TRLGDCU contempla la puesta en conformidad mediante reparación o sustitución, en los términos establecidos legalmente. Por todo ello, solicito a OCU que valore la actuación de la empresa y, en particular: 1. Si resulta conforme con la normativa que la empresa descarte la aplicación de la presunción del artículo 121 simplemente alegando que el producto funcionó correctamente durante los primeros meses. 2. Si resulta suficiente una afirmación genérica de “desgaste normal” para excluir la garantía sin identificar ni acreditar la causa concreta del defecto. 3. Si corresponde exigir a la empresa la reparación o sustitución del producto conforme al régimen legal de falta de conformidad. 4. Que, en su caso, se facilite la mediación o las actuaciones que correspondan para intentar obtener una solución. Solicito que se valore la reclamación conforme a la normativa vigente de protección de los consumidores.
SERVICIO TÉCNICO DESASTROSO
Compré una vitrocerámica a través de Amazon, la cual está SIN ESTRENAR, llamé al servicio técnico hace 6 días y siguen sin ponerse en contacto conmigo, y su respuesta solo es ya “te contactarán…” QUE VERGÜENZA, ME PARECE LAMENTABLE. Cuando es una vitroceramica que es necesaria para poder comer no es una cafetera.
Fallo recurrente modulo ABS Ford Grand Tourneo Connect
Buenas, He intentado tramitar mi caso con el centro de atención a cliente de Ford España (crcspain@ford.com) y estoy bastante decepcionado con la falta de feedback y trato por su parte. Tras abrir el caso por email, me llamaron telefónicamente, donde me indicaron que se me daría una respuesta vía email. En dicho email pese haberlo reclamado varias veces, no se me ha vuelto a contestar. Comento mi caso, mi vehículo tiene un fallo recurrente con el modulo de ABS, ya se reparó en garantía en concesionario oficial y vuelve a presentar el mismo fallo en menos de 50.000 km desde su cambio. Siendo un elemento clave que compromete la seguridad de los integrantes del vehículo y habiendo llevado a cabo los mantenimientos en sus concesionarios siguiendo sus indicaciones, me parece inaceptable su falta de compromiso y aportación de solución con este problema. Añadiendo que habiendo sido ya reparado dicho componente no venga revisado y presente fallos tan rápido. Quedo atento a su feedback. Saludos, Julián.
URGENTE sofá defectuoso
Hola mi nombre es David Elvira Viana, número de cliente 663239, mi solicitud es relativa al sofá que se nos dañó, tras 15 días de la entrega, y que tras venir fallida mente,a reparar provisionalmente, el sofá sin medios para ello, teniendo que poner de mi parte piezas para el arreglo, y aún así no solucionar nada. Y ya que creo que hemos esperado todo lo que se podía esperar, y no encontramos solución alguna por ello pido la sustitución del sofá por uno completamente nuevo y en perfectas condiciones. Un sofá de sustitución de forma provisional mientras se gestiona la entrega del nuevo, debido al grave perjuicio que nos causa no disponer de este mueble en nuestro hogar desde hace semanas. Les recuerdo que, por ley, todas estas gestiones deben ser completamente gratuitas para el consumidor, incluyendo los costes de transporte y retirada. Quedo a la espera de su respuesta en un plazo máximo de [indica un plazo, por ejemplo: 48 horas].
Reclamación por defecto de fábrica reiterado y negativa de servicio técnico en garantía
Hechos: El 22 de julio de 2025, adquirí un secador de pelo Bamba Ionicare Rockstar Nano Iontech de la marca Cecotec. A los dos meses de su uso, el aparato presentó un defecto de fábrica. Me puse en contacto con el servicio técnico de Cecotec, quienes validaron la documentación de compra y procedieron a sustituir el aparato defectuoso por uno nuevo. Menos de un año después de recibir este segundo secador —cuyo número de serie es SN004454250103701627—, el aparato ha vuelto a sufrir exactamente la misma avería, lo que demuestra un defecto de fabricación sistémico en este modelo. Al comunicar la reincidencia a Cecotec, la empresa me reclama nuevamente la factura original. Actualmente, debido a motivos personales de fuerza mayor, no dispongo de acceso al formato digital de dicha factura. Sin embargo, la propia empresa ya dispone de toda la documentación validada en sus archivos, vinculada a mi anterior expediente de sustitución (No. de incidencia 04050139) y rastreable a través del número de serie y de incidencia que facilito. Como consumidora, recuerdo que la legislación de consumo en España ampara la acreditación de la compra por cualquier medio de prueba admitido en derecho (art. 119 y ss. de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios). El propio historial de cambios de la empresa y el número de serie del producto suministrado por ellos mismos son pruebas irrefutables de que el bien está en periodo legal de garantía. Denegar el soporte basándose en un formalismo administrativo supone una vulneración de mis derechos. Al tratarse de una avería idéntica y reincidente tras una sustitución previa que ha resultado ineficaz, la ley me faculta para exigir la resolución del contrato. Petición: Solicito a través de la mediación de la OCU que Cecotec localice en sus sistemas el historial de mi aparato mediante el número de serie e incidencia aportado y proceda a la resolución del contrato mediante el reembolso del precio del producto o, en su defecto, la sustitución por un modelo de gama equivalente que no presente este fallo de diseño.
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