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Problema con el reembolso
Realicé reserva en hotel para una noche. 2 días antes comuniqué mi deseo de anular o modificar fecha de la reserva debido a las restricciones Covid, concretamente cierre perimetral sin acceso a menos que fuese con causa justificada. Esta medida entraba en vigor el viernes 4 a las 23 de la noche y mi solicitud es de ese mismo día a las 8.30 de la mañana. El hotel ignoró mis peticiones e hizo el cargo íntegro de la reserva. Se niega a hacer el reembolso alegando que el cierre perimetral existía en el momento de hacer la reserva. Pero yo insisto porque esa medida se revisó con posterioridad, de hecho en otras localidades fue modificada. Me sirve un vale para otra fecha o algún tipo de compensación lógica, pero directamente dicen que no me corresponde nada y me cargan 87€ por una noche no disfrutada
Negativa a emitir factura
Solicite para mi marido la factura de los viajes comprados a través de la citada empresa y tras ponerme en contacto con ellos, en primera instancia me dijeron que los vuelos estaban exentos de IVA y que es por ello que no hacía falta factura, que simplemente con descargar el justificante de compra era suficiente. Ante esta respuesta, les indicamos que los vuelos nacionales tributan al 10% y la respuesta que se nos dio en el correo del 8 de diciembre fue la siguiente: lamentablemente a través de nuestra agencia no es posible solicitar una factura.Lo sentimos. Obviamente no estamos de acuerdo ya que, al pedir en primera instancia la factura a la compañía aérea, nos remitió a la agencia donde habíamos comprado los billetes y ésta nos dice que no emiten facturas.
Reclamación indebida de deuda
Ustedes reclaman una deuda fundamentada en un supuesto quebrantamiento de permanencia. Respecto a esto se les hace saber que Vodafone me realizó una llamada desde el número 607 12 30 00, el día 1 de junio, a las 20:32 horas, con una duración de 3 minutos y 14 segundos. El objeto de tal llamada era comunicarme que la tarifa que yo tenía vigente por aquel entonces iba a finalizar, por lo que estaba obligada a la modificación de mi tarifa. No que fuese a finalizar mi contrato, no que fuese a finalizar mi permanencia, sino que iba a ponerse fin a mi tarifa, por motivos que a mí no me constan, sin mayores especificaciones ni informaciones. Como les he dicho, se me comunicó que debía optar por otra tarifa, a lo que les hice saber que lo pensaría, poniéndose fin a la llamada. Como en aquel momento no tenía interés por sus servicios, a los días decidí cambiar de compañía.Respecto a esto pongo en su conocimiento la siguiente regulación: - Conforme a la Ley 9/2014, General de Telecomunicaciones en su artículo 47.1.b), que se desarrolla en el Real Decreto 899/2009, por el que se aprueba la carta de derechos del usuario de los servicios de comunicaciones electrónicas, y establece en su art. 9 artículo, sobre modificaciones contractuales: “1. Los contratos de servicios de comunicaciones electrónicas sólo podrán ser modificados por los motivos válidos expresamente previstos en el contrato. 2. El usuario final tendrá derecho a resolver anticipadamente y sin penalización alguna el contrato en los supuestos previstos en el apartado anterior. 3. Los operadores deberán notificar al usuario final las modificaciones contractuales con una antelación mínima de un mes, informando expresamente en la notificación de su derecho a resolver anticipadamente el contrato sin penalización alguna”.Mencionados estos preceptos, ustedes dieron lugar a imponerme una modificación unilateral de los aspectos de mi contrato, es decir, la variación de mi tarifa, imponiéndome la necesidad de elegir otra distinta, además de que no me comunicaron, tal y como establece el reglamento, mi derecho de resolución anticipada. Se quiere aquí puntualizar que tanto la ley como el reglamento reconocen el derecho en estos casos de resolución anticipada sin penalización. De tal modo, pueden reclamarme a mí deuda alguna, pues ante tal imposición unilateral de una modificación contractual yo decidí simplemente finalizar mi relación contractual con su compañía.También me gustaría hacer aquí mención de una carta que recibí, en la que se me advertía de que, si no efectuaba el pago reclamado, se me incluiría en un fichero de morosidad. Sobre este extremo, relacionado con la información sobre solvencia patrimonial y crédito, hace referencia el art. 29 de Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal. Hay que acudir a su reglamento de desarrollo, Real Decreto 1720/2007, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica, en cuyo artículo 38 se informa precisamente, como requisito para la inclusión de datos en este tipo de ficheros, que es necesario la “existencia previa de una deuda cierta, vencida, exigible, que haya resultado impagada”. Sobre este punto les citaré un caso referente a ustedes mismos. La Sentencia del Tribunal Supremo de 23 de marzo de 2018 (STS, sala 1ª, nº de resolución 174/2018), enjuiciando un caso en los que ustedes introdujeron a una persona en uno de estos ficheros, que concluyó, fallando contra ustedes, que “solo es pertinente la inclusión en estos ficheros de aquellos deudores que no pueden o no quieren, de modo no justificado, pagar sus deudas, pero no aquellos que legítimamente discrepan del acreedor respecto de la existencia y cuantía de la deuda” y que “no cabe incluir en estos registros datos personales por razón de deudas inciertas, dudosas, no pacíficas o sometidas a litigio”.Con este escrito, y junto con todo lo expuesto y que además ya les expuse en su momento vía telefónica, haciendo ustedes caso omiso, me opongo de forma mas que justificada y legitima a la existencia de la deuda que ustedes me reclaman. Están ustedes advertidos de las consecuencias de incluir a una persona que discrepa legítimamente de las deudas que ustedes reclaman en un fichero de morosos. Ya fueron ustedes obligados a satisfacer 10 000 € como indemnización por actuar de esta forma y no tendremos duda alguna en proceder de igual forma en caso de que ustedes decidan incluirme en un fichero de los mencionados. Además, tal y como se ha mencionado, es necesario que la supuesta deuda sea cierta, vencida, exigible… y ustedes igual me reclaman en un correo, a fecha de 7 de julio o 19 noviembre una supuesta deuda de 109,36 € que igual me mandan una carta a mi domicilio diciendo que a fecha de 23 de noviembre debo una cantidad de 107,26 € y posteriormente me hacen saber por otro correo electrónico a 7 de diciembre, que debo de nuevo una cantidad de 109,36 €. Me parecería sorprendente que no teniendo ustedes ni idea de la cantidad de dinero que supuestamente debo, me quieran incluir en un fichero de morosos. Reitero aquí de nuevo que la deuda que ustedes reclaman es controvertida, y no cumple con los criterios ni legales ni jurisprudenciales para ser incluida en un fichero de morosos, y si proceden de tal forma, no se dudará en iniciar acciones legales contra por lesionar mi derecho al honor. En definitiva, se solicita que dejen de reclamar, cancelen o procedan como sea que tengan que proceder conforme a sus prácticas internas para dejar de exigir tal deuda inexistente. Un saludo.
Reclamo de deuda inexixtente
10 meses después de realizar la baja con Movistar, me llega una reclamación por parte de una empresa externa Lexer que ni sé, quienes son, ni he dado mi consentimiento para que mis datos personales circulen por sus ficheros, aun mas cuando no procede el reclamo de dicha deuda, solo respondo a Movistar y con un fulminante documento que además fecha la baja del servicio, sino que también demuestra la imposibilidad del disfrute del mismo, siendo este el comprobante de entrega del rúter, etc.
Cobro renovación servicio Premium
Estimados Señores de JobLeads,Tal como ya les he detallado en mi correo inicial, me parece abusivo el hecho de que hayan procedido a la renovación del servicio Premium de búsqueda de empleo que ofrecen, sin previo aviso. Todos los servicios premium que tengo contratados avisan con una antelación de 1 a 2 semanas, por si deseo NO continuar con dicho servicio.Creo que es abusivo es comportamiento que han tenido.Les solicito la devolución de los 203,88€ que me han cobrado el día 4 de diciembre de 2020.En caso de no proceder con dicha devolución, solicitaré el apoyo legal a que tenga derecho para llevar a cabo mi reclamación, en todos los ámbitos en los que me proteja la ley.Un saludo,Carlos Larrañagacarlos.larranaga@me.comTel: +34608709618
Garantía de Resultados Imposible de Realizar
Buenos días, Me gustaría reclamar la publicidad engañosa que realizan desde Lectura Ágil al anunciar una garantía de 100 euros en caso de que su programa de lectura no consiga duplicar la velocidad de lectura del estudiante en 21 días. Sin embargo, esto es imposible porque: 1. Para solicitar la devolución del curso tan sólo se dan 15 días, por lo que una persona debe solicitar el reembolso del curso antes del periodo necesario para duplicar la velociad lectora (21 días) para comprobar que realmente funciona. 2. Si una persona decide practicar los 21 días y renunciar a la devolución del curso pero luego no consigue duplicar su velocidad lectora, en teoría le serán devueltos 100 euros, que en la práctica sustituyen la posibilidad de reembolso. 3. De acuerdo con el servicio de atención al cliente, estos 100 euros sólo se pueden reclamar si uno se ha conectado a la plataforma online todos los días, pero el curso en sí recomienda practicar sobre papel por lo que esto no es ni necesario ni recomendado por el propio curso los módulos además sólo son accesibles uno por semana, por lo que una vez realizados todos los módulos disponibles no existe razón para el estudiante para conectarse todos los días.Por tanto, debería anunciarse claramente que los 100 se reciben en sustitción de la posibiliad de devolver el curso tras los 15 días de prueba y que es necesario conectarse de forma online a la plataforma todos los días durante 21 días consecutivos. Nada de esto se anuncia durante la contratación del curso. Gracias y un saludo, Celia
Problema con devolución de fianza de alquiler
Hola, Con fecha de 1 de julio de 2020, tras el periodo de confinamiento, a raíz del COVID 19, hicimos entrega de las llaves de la vivienda que la empresa TESTA RESIDENCIAL SOCIMI SA nos tenía alquilada. Así mismo hicimos entrega de los documentos justificativos de la baja en los suministros de agua y luz respectivamente. Se nos informa que todo está conforme y que la vivienda está en perfectas condiciones. Por lo que quedamos a la espera de la devolución de la fianza en el plazo por ellos establecido como máximo, 1 mes desde la entrega de llaves. En nuestro caso se nos concedió un tiempo (desde la finalización del contrato hasta el fin de la pandemia) para abandonar la vivienda sin abonar cantidad alguna en concepto de alquiler. Cada semana llamamos a finde obtener una solución pero siempre es la misma respuesta, “recogemos su reclamación y esperamos atenderla lo antes posible”. A los mails ya no responden. En el mes de agosto enviamos un burofax a las oficinas en Madrid, el cual fue recogido y atendido. Por lo que tienen constancia de nuestras reclamaciones. A día de hoy y desde el mes de Julio no se nos ha notificado nada sobre la devolución de la fianza, es por ello por lo que formulamos esta reclamación a través de la OCU. A todo esto exigimos que se nos devuelva el importe íntegro de la fianza la cual asciende a 460€.
Son una estafa
Hola , empecé el mes pasado con digimovil y todo muy bien con 10 gigas dure todo el mes y este mes abiemdo consumido muchísimomenos se supone que ya me los e consumido y es mentira y encima el teleoperador se a negado pasarme con un superior disiendome que él era un superior cuando nunca un superior antiemde clientes valla una estafa de compañia
Cuenta deshabilitada
A finales de octubre subí un anuncio que la app wallapop borró. Me puse en contacto con atención al cliente y me dijeron que fue un error de ellos y me volvieron a activar el anuncio, pero el problema persistió y continuaban borrando el anuncio, siempre que contactaba con ellos, la señorita Débora que atiende al correo electrónico me decía que era culpa de ellos, un fallo del algoritmo y me lo volvía a activar. Me lo borraron tantas veces que le pregunté a la señorita Débora que podía hacer para que no se borrase y me comentó que debía cambiar la descripción. Finalmente decidí hacer lo que ella me dijo y subí otro anuncio con la descripción diferente. Al final me lo borraron también y cansada de la situación decidí desistir y no volví a subir un anuncio. Hoy día 8 de diciembre me encuentro que mi cuenta ha sido deshabilitada. Sin enviarme ningún tipo de aviso por correo les contacto yo a ellos. Otra vez me responde la señorita Débora y me explica que se ha deshabilitado porque en mi perfil hay unos anuncios que infringen las normas. Se refiere a los anuncios que subí en octubre y que no están presentes en mi perfil desde entonces. Le explico que esos anuncios no existen, dado que fueron borrados por ellos mismos y que en un primer momento ella me dijo que todo estaba bien con los anuncios.La señorita no entra en razón e insiste en esos anuncios que ya no están y le intento explicar que no pueden castigarme deshabilitando mi cuenta por unos anuncios de octubre y que ELLA MISMA me dio el ok.En resumen, ellos la han cagado, me dijeron que todo estaba bien con esos anuncios y ahora me castigan, cuando repito, no estaban activos actualmente. La app no admite su error y no quiere devolverme mi cuenta.
Estafa suscripción SuperChef y Funzzone reembolso
Buenas tardes, en las últimas cuatro facturas (agosto a noviembre) de mi compañía de teléfono su empresa me ha cobrado un total de 67,83€ en suscripciones no contratadas a las empresas SuperChef y Funzzone (15.96€ en agosto, septiembre y octubre, y 19,95€ en noviembre). Este servicio no lo he contratado voluntariamente y me gustaría que me devolvieran la totalidad del importe. En la aplicación de Orange ya me dí de baja de los servicios de Orangepay, pero Orange no gestiona estos pagos sino que debe ser la propia empresa. Muchas gracias.
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