Últimas reclamaciones

J. C.
07/08/2026

Problemas con el reembolso

**RESUMEN DE LOS HECHOS Y MOTIVO DE LA RECLAMACIÓN** El reclamante, Juan Pedro Camarena, contrató a través de la plataforma YESCAPA SAS el alquiler de un vehículo por un importe total abonado de 569,25 €, cuyo desglose contractual mostrado de forma explícita en la reserva comprendía 450,00 € de alquiler base, 67,50 € por suplemento de kilometraje ilimitado y 51,75 € en concepto de gastos de gestión de la plataforma. Al solicitar la anulación del servicio con más de 30 días de antelación, resulta aplicable la política oficial de cancelación de la empresa, la cual estipula textualmente que se reembolsará el 95% del coste del alquiler excluyendo los gastos de gestión. Dado que el coste real del alquiler suma 517,50 € (alquiler base más kilometraje), la aplicación estricta de dicha condición otorga el derecho a un reembolso de 491,63 €. Sin embargo, la empresa ha emitido una devolución de únicamente 422,55 €, reteniendo indebidamente una diferencia de 69,08 €. La discrepancia se origina porque YESCAPA SAS justifica de forma extemporánea la deducción de unos supuestos gastos de gestión del propietario por valor de 72,71 €, un concepto que jamás fue informado, desglosado ni mostrado de forma visible al consumidor durante el proceso de contratación. En las comunicaciones mantenidas, la empresa reconoce expresamente la falta de desglose inicial de dicho importe y rechaza realizar cualquier revisión amigable, pretendiendo trasladar al comprador comisiones internas derivadas de su relación contractual con un tercero. Esta actuación contraviene de forma directa la Directiva 2011/83/UE sobre derechos de los consumidores y el artículo 60 del RDL 1/2007, que prohíben la repercusión de costes ocultos no informados previamente y establecen que las comisiones a terceros no pueden minorar los derechos de devolución del usuario. Por todo ello, habiéndose agotado la vía directa con el comerciante, se solicita la intermediación del Centro Europeo del Consumidor para que requiera a YESCAPA SAS el abono inmediato de los 69,08 € adeudados, completando así el reembolso legalmente debido de 491,63 €.

En curso
N. C.
26/06/2026

PROBLEMA CON EL REEMBOLSO

Hola, hice reserva de una furgoneta y la anule el mismo dia, haciendo otra reserva para los mismos dias. Se me cobraron las dos y aun no he recibido el reembolso de la primera que anule. Yescapa reconoce que me ha hecho un cargo indebido y que estan hablando con su socio comercial para proceder a efectuar el reembolso. Llevo desde el 25/06 que se hizo el cargo y me estan dando largas y diciendo que el socio comercial aun no ha autorizado el reembolso.

En curso
J. P.
28/03/2026

Cancelación unilateral por “fuerza mayor” sin transparencia ni derecho a defensa

Presento reclamación contra la plataforma Yescapa, que actúa como intermediaria en el alquiler de vehículos entre particulares. Con fecha 10 de marzo, el cliente se puso en contacto conmigo solicitando que yo cancelara la reserva, reconociendo expresamente en la conversación que se encontraba fuera de plazo según la política de cancelación aceptada por él mismo. Por mi parte, le indiqué que debía ser él quien realizara la cancelación conforme a las condiciones, con el fin de poder liberar fechas y optar a un nuevo alquiler. El cliente decidió no cancelar, manteniendo la reserva activa, e incluso solicitó servicios adicionales, lo que evidencia que la reserva seguía vigente. Posteriormente, el día 19, la plataforma Yescapa cancela unilateralmente la reserva alegando “fuerza mayor”, basándose en documentación aportada por el cliente, sin facilitar en ningún momento al propietario afectado ningún justificante ni prueba de dicha circunstancia, amparándose en la normativa de protección de datos. Esta actuación permite al cliente eludir las condiciones contractuales previamente aceptadas, generando un evidente desequilibrio y una situación de perjuicio para el propietario. La decisión ha sido adoptada de forma unilateral, sin posibilidad de contradicción ni verificación por mi parte, generando una situación de absoluta indefensión. La cancelación se produce con escasa antelación (menos de 15 días) en temporada alta (Semana Santa), provocando un perjuicio económico directo al impedir la posibilidad de volver a alquilar el vehículo. Adicionalmente, se han generado gastos asociados derivados de la reserva, como la contratación de servicios externos (sillas infantiles), cuyo importe ha sido asumido por el reclamante sin posibilidad de recuperación. Asimismo, la plataforma ha eliminado o hecho inaccesibles conversaciones previas mantenidas con el cliente, que constituían prueba relevante del caso. Al solicitar hoja de reclamaciones, la empresa indica que no dispone de ella por estar domiciliada en Francia, pese a operar en España y obtener beneficios económicos en este territorio. La plataforma actúa como intermediaria cobrando comisión, pero rechaza cualquier tipo de responsabilidad en conflictos derivados del servicio. Considero que existe falta de transparencia, desequilibrio contractual, posible existencia de cláusulas abusivas, así como vulneración del derecho a la información y a la defensa. Solicito la intervención de la OCU para analizar la legalidad de estas prácticas, así como orientación sobre posibles acciones para reclamar los daños y perjuicios sufridos. Me reservo el derecho de iniciar acciones legales y de trasladar el caso a organismos de consumo nacionales y europeos.

Resuelto
A. F.
18/02/2026

Reclamación de daños en Autocaravana

Empresa reclamada: YESCAPA Compañía aseguradora implicada: SEGUROS LAGUN ARO Vehículo afectado: Autocaravana LAIKA X695 – Matrícula 4951 MSW EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS La presente reclamación tiene por objeto denunciar la gestión realizada por la plataforma YESCAPA y por la aseguradora SEGUROS LAGUN ARO en relación con un siniestro ocurrido durante el alquiler de mi autocaravana, en la que la plataforma realiza un seguro AJENO completamente al propietario del vehículo, así como la incorrecta aplicación de la fianza y el cierre del expediente sin valoración técnica completa de los daños sufridos. Durante el periodo de alquiler, la conductora del vehículo impactó contra la fachada de un edificio, hecho acreditado mediante diligencias oficiales de la Policía Local, donde se hace constar el golpe en el lateral derecho, izquierdo, trasero y en la parte superior del vehículo imputando claramente a la conductora del vehículo y así lo pone en el atestado. Como consecuencia de dicho impacto, se produjeron daños no solo en elementos laterales visibles (piloto y toldo), sino también en la parte superior del vehículo, concretamente en: Fibra estructural del techo Soportes de la placa solar Placa solar (posteriormente desprendida) Antena de televisión Elementos superiores asociados El desprendimiento posterior de la placa solar se produjo tras el debilitamiento estructural generado por el impacto en altura, causando daños adicionales en la antena y en la fibra del techo. IRREGULARIDADES EN LA PERITACIÓN La aseguradora designó perito para la valoración del siniestro. Sin embargo, a pesar que el Informe Policial indica claramente que uno de los impactos se produce en la parte superior de la autocaravana porque golpea en la parte inferior de la terraza de un edificio, y realizado el examen del informe pericial se constata que: No se realizó desmontaje de los soportes de la placa solar. No consta inspección estructural del techo, ni imágenes de ningún tipo de la parte superior. No existe análisis técnico de la fibra superior. No se realizó estudio dimensional entre la altura del edificio impactado y la cota del techo del vehículo. No se analiza la secuencia de daño primario (impacto) y daño consecuencial (desprendimiento posterior). La valoración económica se limitó a daños laterales visibles, omitiendo completamente el análisis técnico de la parte superior. Pese a esta omisión, la aseguradora concluyó que “no existe nexo causal probado” entre el accidente y los daños superiores, sin aportar motivación técnica suficiente ni análisis estructural que descarte dicho impacto. Es importante señalar que: Existen diligencias policiales que describen impacto en parte superior. Que hay reportaje gráfico de la propia conductora enfocando el golpe en la parte superior. Se aportó informe técnico de taller especializado en autocaravanas. Se presentó presupuesto detallado de reparación de los daños superiores. Ninguno de estos elementos fue analizado técnicamente en el informe pericial. ACTUACIÓN DE YESCAPA La plataforma YESCAPA, actuando como intermediaria y gestora del expediente, adoptó las siguientes decisiones: Aplicó la fianza (750 €) al pago de las franquicias del seguro. que como eran dos partes el propietario para sacar el vehículo ha tenido que hacerse cargo de las franquicias de los impactos del seguro contratado por otra persona. Dio por cerrado el expediente. Exoneró a la conductora de responsabilidad adicional. Rehusó continuar mediación alegando que el dictamen pericial es vinculante. Todo ello sin: Disponer del informe pericial completo y motivado. Verificar si se había realizado inspección estructural de la parte superior. Solicitar ampliación o aclaración técnica a la aseguradora. Permitir contradicción pericial efectiva. La fianza había sido inicialmente aplicada a reparaciones no cubiertas por el seguro (placa solar y daños superiores). Sin embargo, tras la conclusión pericial, Yescapa decidió destinarla a cubrir las franquicias, pese a que la responsabilidad contractual de la conductora por daños no cubiertos por seguro no queda extinguida por la mera ausencia de cobertura. FUNDAMENTOS DE LA RECLAMACIÓN Falta de diligencia en la mediación: Yescapa ha adoptado decisiones económicas sin verificar la suficiencia técnica del peritaje, trasladando el perjuicio al propietario. Ausencia de motivación técnica suficiente: La aseguradora no ha demostrado técnicamente la inexistencia del daño superior, limitándose a afirmar falta de prueba. Aplicación indebida de la fianza: La fianza no puede aplicarse de forma automática a franquicias cuando existen daños contractualmente imputables a la arrendataria no cubiertos por seguro. Cierre prematuro del expediente: Se ha cerrado la mediación sin haber agotado las vías técnicas ni permitir revisión contradictoria. Desequilibrio contractual: La gestión realizada ha dejado al propietario sin protección efectiva frente a daños causados por la arrendataria. PERJUICIOS OCASIONADOS Daños en parte superior no indemnizados. Aplicación indebida de la fianza. Inmovilización prolongada del vehículo. Pérdida de oportunidades de alquiler. Costes asumidos directamente por el propietario. SOLICITO Que se analice la actuación de YESCAPA y de SEGUROS LAGUN ARO por posible falta de diligencia y desequilibrio en la gestión del siniestro. Que se requiera a la aseguradora la revisión técnica del daño en parte superior. Que se determine la correcta aplicación de la fianza. Que se evalúe la responsabilidad contractual de la arrendataria por daños no cubiertos por el seguro. Que se inste a una solución equilibrada que restituya al propietario el perjuicio sufrido. CONCLUSIÓN No se ha realizado una valoración técnica completa del daño superior del vehículo. No se ha motivado adecuadamente la exclusión del nexo causal. Se ha aplicado la fianza sin revisión técnica suficiente. Se ha cerrado el expediente sin garantizar equilibrio entre las partes. Por todo ello, solicito la intervención de la OCU para la revisión de este caso y la defensa de mis derechos como consumidor y propietario afectado.

Cerrado
G. I.
20/12/2025

Compensación o Pago

Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes por esta vía, porque no hay otra forma de ponerme en contacto con vosotros El pasado 24 de julio sin previo aviso y a menos de una semana de nuestra vacaciones, nos cancelasteis la reserva #2460890. No hubiera ido a mas si nos hubieses dado una solución, pero no fue el caso. Nos quedamos sin transporte y sin alojamiento de nuestras vacaciones y por eso no pudimos volar a las islas azores. El vuelo no se hace cargo de una cancelación sin motivo y no nos devuelven el dinero. SOLICITO una compensación por el daño causado o pago de los gastos ocasionados por la cancelación sin motivo y sin previo aviso por vuestra parte Sin otro particular, atentamente.

Cerrado

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