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Cierre de la operación
Quiero manifestar mi más absoluta disconformidad con lo sucedido el pasado 8 de abril en su oficina de Las Rozas, Madrid, en relación con el contrato de alquiler 2YJPTT a nombre de Luis Alberto Etchart Libardi. A las 13:38 hs del día de 8/4/26 devolvimos la furgoneta IVECO Daily (matrícula 2140NFT). El empleado la revisó presencialmente y nos confirmó que estaba "todo OK". Al preguntarle si debíamos firmar algún documento de conformidad, se nos indicó que no era necesario y solo se nos solicitaron los datos para el envío de la factura, la cual nunca recibimos en el plazo prometido. Sin embargo, a las 14:14 hs, del mismo día, el mismo empleado me llamó de manera increpante exigiendo que volviéramos a la oficina para firmar un parte por una supuesta rotura en el parabrisas. Al regresar, observamos una raja de unos 25 cm. Es físicamente imposible que un daño de tal magnitud no fuera detectado ni por nosotros al conducir, ni por el empleado durante la revisión técnica inicial de las 13:38 hs. Tras analizar su propia documentación, presento las siguientes alegaciones técnicas que demuestran la improcedencia de este cargo: Incoherencia temporal y ruptura de la cadena de custodia: En su "Informe de daños y pérdidas", sitúan la fecha y hora del incidente el 8 abr, 2026 a las 13:30. Si el daño ya existía a esa hora, ¿cómo es posible que el empleado recibiera el vehículo a las 13:38 hs y confirmara que estaba correcto? Además, el informe no se abrió formalmente hasta las 15:12 hs de ese mismo día. Entre nuestra entrega y la apertura del expediente transcurrieron casi dos horas en las que el vehículo estuvo fuera de nuestro control, rompiéndose la cadena de custodia. Reconocimiento de falta de impacto: Su propio informe recoge textualmente en los detalles de la pérdida: "Cliente desconoce lo sucedido. Dice no haber sentido ningún impacto". Un impacto capaz de rajar un parabrisas 25 cm es audible y perceptible. Esto refuerza que el daño no se produjo bajo nuestra conducción. Falta de acreditación del estado inicial (Check-in): No han aportado el documento de control de estado de salida firmado que demuestre que el vehículo no presentaba ya una debilidad previa. Como profesionales, la carga de la prueba recae sobre ustedes. Obtención de firma bajo engaño e invalidez de asunción de responsabilidad: Mientras yo intentaba aclarar la situación con un superior (quien mostró una atención al cliente pésima y nula educación), su empleado engañó al conductor para que firmara el parte, alegando falsamente que era un mero trámite administrativo para cerrar el expediente. Les recuerdo que su propio documento de confirmación del estado del vehículo establece que: "La firma a continuación solo constituye un reconocimiento de la situación descrita anteriormente, cuya información se recabó en el momento de recoger el vehículo, y no implica necesariamente la aceptación de responsabilidad". Por tanto, dicha firma no les otorga vía legal para atribuirnos la culpa, debiendo añadir la demora desde el momento inicial a la firma del parte final. Abuso en la cuantía del cargo: Han hecho firmar en el parte un importe total de la franquicia de 1.500 €. Sin embargo, su propia normativa indica explícitamente que "para reparaciones menores se aplicarán los precios de una Tabla de cargos verificada por peritos externos". Exijo la factura real de la reparación y no una retención arbitraria de la franquicia máxima. Disposición de pruebas y testigos: Tal y como nos invitan a hacer en su información para el cliente, les comunico que disponemos de testigos que pueden corroborar el estado del vehículo y los hechos acaecidos en el momento de la devolución presencial a las 13:38 hs, información que aportaremos a las autoridades competentes si fuera necesario. Por otra parte, no han devuelto los 200 euros cargados en la tarjeta del Conductor por la reserva, ni han emitido la factura por el coste del alquiler a la empresa que lo rentó. Por lo que solicito: 1) Entreguen el parte de entrega del vehículo en condiciones correctas 2) Devuelvan el cargo de 200 euros por garantía. 3) Entreguen la factura correspondiente por el alquiler. Espero una resolución inmediata.
Reclamación contra Enterprise Rent-A-Car en la estación de tren de Girona.
Mientras mi esposa conducía mi coche, otro conductor chocó contra la parte delantera izquierda, causando daños importantes. Linea Directa responsabilizó al otro conductor y le concedió un coche de sustitución gratuito de Enterprise Rent-A-Car durante tres semanas, a partir del lunes 9 de marzo. Recogí el coche en Enterprise Rent-A-Car en la estación de tren de Girona. Hacia el final de este periodo de tres semanas, empecé a buscar otro coche de alquiler porque me dijeron que la reparación del mío tardaría más. No encontré el vehículo que quería en ninguna de las principales compañías de alquiler de coches en la estación de Girona, pero entonces encontré EasyTerra, con la que alquilé un Seat Arona automático durante dos semanas a partir del lunes 30 de marzo, contratando además el seguro de EasyTerra. Recogí el coche en el mostrador de Enterprise, firmando un contrato de alquiler (RA#2W4PKJ) sin el seguro. El coche debía devolverse el lunes 13 de abril. Antes de esa fecha, me enteré de que la reparación de mi coche tardaría aún más debido a problemas para conseguir piezas, etc. Así que el viernes 10 de abril intenté contactar con Enterprise en la estación de tren. Cada vez que seleccionaba el botón para hablar directamente con el personal de la estación, el teléfono sonaba solo cuatro veces antes de que me dijeran que el buzón de voz estaba lleno y que debía volver a llamar. Lo hice 11 veces durante ese día, y cada vez tuve la misma experiencia. Quería prorrogar la reserva dos semanas (a partir del 13 de abril) y decidí ir en coche a la estación de tren de Girona para gestionar la prórroga en persona. Llegué sobre las 12:30. La persona cuyo nombre desconozco, pero que luego me dijeron que era la gerente, me dijo que no había problema y envió a un empleado a inspeccionar el coche para asegurarse de que no tuviera daños antes de aprobar la prórroga. Me aseguró que no habría ningún problema mientras introducía la información en su ordenador. Le pregunté y accedió a añadir el seguro de Enterprise con un coste adicional. Me dijeron que recibiría el contrato de alquiler por correo electrónico y que el lunes se me cobraría el alquiler y el seguro. No recibí ningún correo electrónico (y recordé que la misma persona había gestionado mi alquiler con Linea Directa y tampoco había recibido ningún documento por correo electrónico en aquella ocasión). Seguí revisando mi cuenta bancaria y Enterprise Cars no había realizado ningún cargo. Así que esta mañana (14 de abril) volví a llamarles y encontré, a través de la página web, otro número para cambiar la reserva. Me atendió un joven muy amable que hizo todo lo posible por ayudarme. Tenía la posibilidad de prorrogar el contrato una semana, pero no tenía autoridad para añadir nada, incluido el seguro de Enterprise. Me dijo que la única forma de hacerlo era ir a la oficina de la estación de tren de Girona. Cuando le indiqué que no podía conducir el coche de alquiler hasta allí porque no tendría seguro, (con buen criterio) estuvo de acuerdo. Como el coche de alquiler no estaba asegurado y no teníamos ningún documento que acreditara la prórroga del alquiler, no nos quedó más remedio que pedirle a un amigo que nos llevara a la estación de Girona. La misma persona que me atendió el sábado estaba en el mostrador. Le expliqué el problema y me preguntó cuánto tiempo más necesitábamos el coche. Como nuestro coche estaba casi listo para recoger, le sugerimos que lo volviéramos a alquilar hasta el viernes. Le pedimos que imprimiera el contrato de alquiler en lugar de enviárnoslo por correo electrónico, ya que el correo nunca nos llegaba. Resultó que la impresora de la oficina no estaba conectada a nada y, por lo tanto, no se podía imprimir. Cuando solicitamos que se añadiera el seguro, nos dijeron que antes de poder alquilar y asegurar el coche, era necesario revisarlo para comprobar que no tuviera daños. Le expliqué que el coche ya había sido revisado el sábado por lo mismo, antes de que ella aprobara el alquiler. Insistió en que tenía que ver el coche, sin darse cuenta de que yo no podía conducirlo legalmente para que lo inspeccionara sin un contrato de alquiler y sin seguro. Y que el coche estaba en nuestra casa, a 35 kilómetros de distancia. Se puso muy a la defensiva, negándose a rectificar su error e insistiendo en que debíamos cometer varias infracciones de tráfico graves para acceder a sus deseos. Al negarnos, la situación se puso tensa y nos echó de su oficina. Al marcharnos, le recordé que, como no podía devolver el coche legalmente a su oficina, el personal de Enterprise tendría que recogerlo. Al llegar a casa, le pedí al amigo que nos llevó a Girona que inspeccionara el coche a fondo para confirmar que, aparte del arañazo en la parte delantera del lado del conductor (que ya estaba ahí cuando lo alquilamos), no había sufrido ningún daño. Tengo su declaración escrita que lo confirma, además de una serie de fotos del interior y el exterior del coche para demostrar claramente que no se ha producido ningún daño mientras estuvo a mi cargo. Para asegurarme de que el coche no infringe la ley, lo he aparcado en nuestra entrada para que no esté en la vía pública. Exijo: > Una disculpa por el trato tan lamentable que he recibido y un reconocimiento público de ello. > Que no se vuelvan a realizar intentos de retirar dinero de mis tarjetas de débito ni de mis cuentas bancarias. > Que Enterprise se encargue de recoger el vehículo cuando me convenga y sin coste alguno. > Que se imparta formación adecuada en atención al cliente a los gerentes y empleados de esta sucursal.
Reclamación por incumplimiento contractual, falta de información previa y práctica abusiva en alquil
A la atención de ENTERPRISE RENT-A-CAR ESPAÑA, S.L. Dña. María Sol Baudino, con NIE Z2402265N y domicilio en Madrid, en calidad de usuaria y en relación con la reserva nº 1796600460, realizada a nombre de Dña. Victoria Fontela Mora, comparece y EXPONE PRIMERO.- Que se formalizó una reserva de vehículo para los días 2 de abril de 2026 (08:00 horas) hasta el 5 de abril de 2026 (23:00 horas), con recogida en la oficina del Aeropuerto de Madrid-Barajas, habiendo quedado confirmada dicha reserva conforme a las condiciones facilitadas por la empresa. SEGUNDO.- Que, al personarnos en la oficina para proceder a la recogida del vehículo en la fecha y hora indicadas, se nos denegó la entrega del mismo alegando la supuesta obligatoriedad de facilitar un número de vuelo. Dicho requisito no figuraba en las condiciones de la reserva ni fue comunicado en ningún momento previo a la contratación. Se adjunta el correo de confirmación, donde se detallan las condiciones aplicables, sin que conste tal exigencia. TERCERO.- Que todas las usuarias somos residentes en Madrid, por lo que el requisito de número de vuelo, de existir, resulta improcedente y de imposible cumplimiento en nuestro caso. En cualquier supuesto, se trata de una condición sorpresiva y abusiva, al no haber sido informada previamente ni aceptada en el momento de la contratación. El vehículo había sido alquilado para uso conjunto de seis personas, todas ellas directamente perjudicadas por la negativa injustificada de entrega. CUARTO.- Que en la documentación contractual la única mención al número de vuelo se limita a indicar que este dato podría facilitar la correcta ubicación del vehículo en la terminal correspondiente, lo que evidencia su carácter meramente organizativo o logístico. En ningún caso se establece como requisito obligatorio ni como condición indispensable para la prestación del servicio. La exigencia posterior de dicho dato como condición para la entrega constituye una interpretación arbitraria y abusiva de las condiciones contractuales, contraria al principio de buena fe y a la confianza legítima del consumidor, implicando además una alteración unilateral de lo pactado. QUINTO.- Que el personal de la oficina, en particular el empleado identificado como “Andrés”, mantuvo en todo momento una actitud inapropiada, carente de la diligencia profesional exigible, negándose a ofrecer soluciones alternativas razonables, tales como la recogida del vehículo en otra oficina, la modificación de la reserva o cualquier otra vía que permitiera ejecutar el contrato. Asimismo, otra empleada revisó las condiciones sin poder localizar la supuesta cláusula, lo que evidencia su inexistencia o, en su defecto, su falta de claridad, transparencia e incorporación efectiva al contrato. SEXTO.- Que, ante la falta de soluciones en la oficina, contactamos telefónicamente con la central de la empresa con el fin de obtener asistencia o aclaración, sin que se nos ofreciera respuesta efectiva, limitándose a indicar que se trataba de un problema exclusivo de la sucursal. Igualmente, solicitamos hablar con algún responsable o superior, sin que se nos facilitara contacto alguno ni vía de escalado interno. El propio empleado manifestó ser el responsable de la oficina, impidiendo cualquier posibilidad de resolución interna del conflicto. Ante esta situación, nos vimos obligadas a solicitar la hoja oficial de reclamaciones y a buscar por nuestros propios medios una alternativa. SÉPTIMO.- Que los hechos descritos generaron una situación de notable estrés, incertidumbre y perjuicio, al producirse en un momento previo al inicio de un viaje vacacional previamente organizado, llegando a comprometer la reserva de alojamiento en destino. La ausencia de soluciones obligó a retrasar la salida y a alterar de forma sustancial la planificación del viaje. OCTAVO.- Que, como consecuencia directa de lo anterior, nos vimos obligadas a contratar de manera urgente otro vehículo con una compañía distinta, en condiciones económicas significativamente más gravosas, ascendiendo el nuevo alquiler a aproximadamente 700 euros, frente a los 425,97 euros inicialmente abonados, lo que supone un perjuicio económico directo imputable a la empresa reclamada. NOVENO.- Que los hechos constituyen un claro incumplimiento contractual, al haberse denegado injustificadamente la prestación del servicio contratado mediante la imposición de un requisito no previsto ni informado previamente. Asimismo, se vulnera la normativa vigente en materia de protección de consumidores, en particular los artículos 60 y 97 del Real Decreto Legislativo 1/2007, relativos a la obligación de facilitar información previa, clara y comprensible, así como el principio de buena fe contractual recogido en el artículo 1258 del Código Civil. La actuación descrita supone además una práctica abusiva, generadora de un desequilibrio en perjuicio del consumidor y contraria a sus derechos básicos. SOLICITA Que se inste a la empresa a abonar la diferencia de precio entre el vehículo inicialmente contratado y el finalmente alquilado. Que se reconozca el derecho a ser indemnizadas por los daños y perjuicios sufridos, tanto económicos como morales. Que se valoren los hechos como posible práctica abusiva o desleal, instando a la empresa a revisar sus prácticas comerciales. Fdo. María Sol Baudino
Cancelación del servicio por parte de enterprise
Realicé una reserva para un coche con ENTERPRISE a través de Booking.com y me llaman con 16 horas de antelación para informarme que ellos cancelan la reserva porque no tienen disponibilidad de coches, me informan que debo cancelar la reserva a través de booking.com y que estos me devuelvan el dinero, sin embargo, con menos de 24 horas de anticipación no devuelven la totalidad del importe. Por lo tanto Enterprise-booking deben devolverme la totalidad del importe cobrado 54,92 euros por la reserva del coche, ya que la cancelación no depende de mi persona si no de enterprise.
Cobro indebido de upgrade y falta de reembolso de combustible - Contrato 2NSV6G
Por la presente, yo, Jaime Caballero Montiel, interpongo una reclamación formal contra Enterprise Rent-A-Car (Jaén) en relación con el contrato 2NSV6G. Durante el servicio de alquiler se han producido las siguientes irregularidades: - Demora grave y cargo de upgrade improcedente (19 €): El vehículo no estuvo disponible a la hora pactada, sufriendo un retraso de 105 minutos en la entrega. Ante su falta de flota, se me asignó un vehículo de categoría superior como compensación. Sin embargo, se me ha cargado un suplemento de 19 € por 'Vehículo Upgrade' que considero abusivo e improcedente según la normativa de defensa del consumidor. - Falta de reembolso de combustible: Se aplicó un cargo de 73,21 € por prepago de combustible. Tras realizar un trayecto de 300 km aproximadamente, el autoproclamado responsable de la oficina (Sr. Raúl) se comprometió el 12 de marzo a devolver el importe sobrante. Consta en mi extracto de Revolut un cargo total de 238,08 € realizado el 12 de marzo de 2026 sin que se haya recibido ningún abono posterior. Respuestas contradictorias: En comunicaciones por WhatsApp, la empresa ha afirmado que 'no están obligados' a devolver el importe para, acto seguido, decir que 'está tramitado' sin facilitar comprobante alguno. Solicitud: Exijo la devolución de los 19 € del upgrade y el reembolso del saldo de combustible no consumido. Adjunto contrato, capturas de la conversación y extracto bancario de Revolut como prueba del cargo íntegro sin devoluciones. Reclamación por daños y perjuicios derivados de mora y negligencia: Adicionalmente, interpongo una reclamación por los daños y perjuicios ocasionados debido a la mora y negligencia de la oficina en la entrega del vehículo. El alquiler estaba destinado a una mudanza planificada para ese mismo día, la cual se vio gravemente comprometida por el retraso de 105 minutos en la disponibilidad de la furgoneta. Este incumplimiento contractual, vinculado al cargo de 238,08 € efectuado el 12 de marzo de 2026 a nombre de Jaime Caballero Montiel, constituye una vulneración de las obligaciones según el Art. 1101 del Código Civil, que sujeta a indemnización a quienes incurran en negligencia o demora. La falta de previsión de la oficina no solo causó un trastorno logístico irreparable en una jornada de mudanza, sino que convierte el cobro de 19 € por un 'upgrade' forzado en una práctica abusiva y carente de ética profesional. Solicito que la devolución de dicho importe, junto al reembolso del combustible, actúe como compensación mínima por el perjuicio temporal y organizativo sufrido.
Cargo de €6.906,75 realizado 74 días después del cierre formal de contrato de alquiler de vehículo
En noviembre de 2025 alquilé un vehículo con Enterprise en Bilbao. El 15/11 reporté una avería en Francia y la asistencia no fue prestada. El vehículo fue devuelto y aceptado sin observaciones el 17/11, contrato cerrado y fianza liberada. El 30/01/2026 — 74 días después — la empresa cargó €6.906,75 sin notificación previa efectiva. Las dos únicas comunicaciones previas fueron enviadas desde dirección no identificable como Enterprise (‘es.dru@ehi.com’), ambas clasificadas como spam. La propia empresa reconoció por escrito que el siniestro fue abierto por la asistencia que solicité en Francia y que no fue prestada. El importe reclamado equivale a 64 veces el coste neto del alquiler (~€107).
Cancelación Enterprise
Buenos días, Reserve una furgoneta con recogida en Madrid y entrega en Almería, con una antelación previa superior a 1 mes. El mismo día, cuando fui a recoger la furgoneta en la estación indicada me dijeron que habían cancelado mi reserva, sin darme ninguna solución (lo adjunto). Esto nos hizo tener que reservar otra furgoneta ese mismo día, con un precio superior y además entrega en Madrid, lo que nos obligó a tener que volver a realizar el trayecto Almería - Madrid, entregar la furgoneta y volver a bajar Madrid - Almería. Adjunto facturas del coste añadido que nos provocó este doble desplazamiento. Solicito la devolución del coste de la gasolina añadida por la mala gestión, y una indemnización por las molestias causadas, al tener que realizar 560 kms extra a la furgoneta, y 1.150 kms extra a nuestro coche particular, para poder bajar. Gracias
Cobro duplicado y cobro por cancelación
Buenos días, Me dirijo a ustedes para interponer una reclamación contra la empresa Enterprise Rent-A-Car, en relación con una incidencia ocurrida durante el proceso de reserva de un vehículo de alquiler. El pasado día 2 de enero de 2026, realicé una reserva a través de la página web de dicha compañía. Durante el proceso de pago, la operación falló y el sistema me indicó que la reserva no se había completado correctamente. Ante esta situación, procedí a realizar nuevamente la reserva. Sin embargo, al revisar posteriormente mi correo electrónico, comprobé que se habían generado dos reservas distintas, con el consiguiente doble cargo. De manera inmediata, cancelé una de las reservas duplicadas. No obstante, la empresa me ha aplicado una penalización por dicha cancelación, la cual considero totalmente improcedente, dado que la duplicidad se produjo como consecuencia de un fallo en su propio sistema, ajeno a mi voluntad o actuación. Tras detectar esta situación, solicité la devolución íntegra del importe correspondiente a la penalización. Sin embargo, tras múltiples intentos de contacto —tanto por vía telefónica como por correo electrónico— no he recibido una respuesta efectiva. En varias ocasiones se me ha indicado que la gestión debía realizarse por email, pero mis comunicaciones no han sido atendidas. La falta de respuesta por parte de la empresa durante un periodo de más de tres meses evidencia una clara desatención al consumidor, motivo por el cual me veo en la necesidad de recurrir a la OCU para la defensa de mis derechos. Por todo lo expuesto, solicito su intervención para la recuperación del importe cobrado indebidamente, así como para la correcta gestión de esta reclamación. Atentamente, Gloria Delgado
No me dieron el coche
El miércoles 18 de marzo ,el servicio Cupra de Cartagena hizo una reserva de un coche por estar mi coche en reparación. Tras intentar hablar con enterprise toda la mañana para ver que documentación debía aportar, ya que tenía que pedir permiso porque estaba trabajando, para poder recoger el Coche y que el trámite fuese lo más ágil posible , no conseguí hablar con ellos, pero sí que hablé con la central de reservas que me confirmó que tenía la reserva para las 12h, les pedí que se pusieran en contacto con la sucursal de enterprise en Cartagena para decirles que hasta las 14h no iba a poder ir, me confirman que le han pasado la notificación Cuando voy camino de enterprise, me llaman diciéndome que no tienen coche disponible que vaya a partir de las 16h, les digo que ya voy de camino, entonces me dicen que si tienen coche pero que no es un Cupra que el Cupra me lo tienen que dar otro día, les digo que yo lo que necesito es un coche que me da igual el modelo Pues me presento en la sucursal de enterprise con la documentación toda en formato digital, pues me dice que necesita verlo físico, les digo que me indique un correo y se lo mando para que lo tengan y lo pueda adjuntar a la ficha, me dice que el solo quiere confirmar mi identidad cosa que queda clara en el formato digital , le pido por favor que hago lo posible, el Insiste en que no puede y yo insisto para que lo haga, entonces me dice que me quite y que me vaya que tiene más clientes yo sigo insistiendo Se marcha a buscar a los de seguridad y yo me voy a por el DNI a mi casa todo esto habiendo pedido permiso para salir del trabajo. Vuelvo con el DNI y me dicen que han cancelado el Coche llamo a la policía porque empieza a reírse entre ellos con mucha falta de educación y si sin elevar la voz pero mostrando muy poco respeto hacia mi persona Me sentí súper vulnerable ante estos dos personajes que se salieron con la suya y me dejaron sin coche
Reembolso inadecuado
Alquile un coche 7 días con su seguro de carretera. Me cobraron aparte de los 7 días el seguro de carretera extra que era opcional. Le puse 50 euros de gasolina al coche. El taller donde dejé mi coche arreglándolo por avería me llamó antes de tiempo porque ya estaba arreglado. Fui a devolver el de alquiler y solo me reembolsaron 57 euros por haberlo devuelto 3 días antes y la gasolina no me la reembolsaron, me hicieron una tarjeta para cuando alquile otro coche. No estoy de cuerdo para nada con el reembolso que me ofrecieron
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