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Carrito de bebé roto
El pasado 23 de junio de 2025, en el vuelo FR2558 de Ryanair (Alicante – Marrakech), presenciamos cómo el carrito de bebé que habíamos facturado cayó del carro de transporte en la pista, fue arrastrado por el suelo y atropellado por otras ruedas. Cuando nos lo entregaron, estaba visiblemente dañado: una pieza de sujeción había quedado rota, dejando el carrito inutilizable. Este incidente ha afectado gravemente nuestro viaje, ya que viajamos con un menor y teníamos excursiones programadas. Hemos intentado presentar una reclamación directamente a Ryanair, pero todos los formularios oficiales dan error o no están disponibles, y los correos son rechazados automáticamente. Solicitamos que se responsabilicen de los daños, ya sea con una compensación económica o mediante el reembolso de la compra urgente de un nuevo carrito. Adjunto prueba del vuelo y fotografías del daño. Quedamos a la espera de una solución.
Cancelación de vuelo y retraso del vuelo alternativo
Nos cancelaron el vuelo FR5893 con salida 19 de julio de 2024 a las 23:05 y llegada a Palma de Mallorca el 20 de julio de 2024 a las 00:40 Ryanair no nos avisa de la cancelación del vuelo hasta el mismo día 19 de julio a las 15:30 que nos manda un e-mail Ryanair nos da otro vuelo para el día 21 de julio de 2024 a las 23:35 y con llegada a Palma de Mallorca el 22 de julio de 2024 a la 1:10. Este vuelo sufre un retraso de 8 horas y 20 minutos y finalmente sale el día siguiente 22 de julio a las 7:55 y llega a Palma de Mallorca a las 9:30 Finalmente llegamos a nuestro destino 2 días y 9 horas mas tarde de lo que debíamos haber llegado por lo tanto consideramos que tenemos derecho a una compensación económica de 250€ por pasajero de acuerdo con lo establecido en la sentencia de fecha 23 de Octubre de 2012 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea C-581/10 y C-629/10 "cuando el pasajero llegue al destino final tres o más horas después de la hora de llegada inicialmente prevista por la compañía aérea tiene derecho a una compensación" También consideramos que de acuerdo al Reglamento (CE) 261/2004 tenemos derecho a una compensación económica de 250€ por pasajero por la cancelación del vuelo del día 19 de julio ya que no se nos avisó de la cancelación del vuelo con la suficiente antelación y se nos proporcionó un vuelo que salía dos días después.
Ausencia servicio de asistencia, información y bebidas/comidas
Por favor, explica brevemente el motivo de tu reclamación: Realizando el vuelo Madrid (MAD) a Palma de Mallorca (PMI) el pasado domingo 22/07/2025, mi vuelo se retrasó un periodo superior a las 2 horas e inferior a las 3 horas. Dicho vuelo debía salir a las 14.10 horas de la terminal 1, puerta C-44. No obstante la hora oficial debía despegue según fuentes oficiales fue a las 16.16 horas. Durante ese periodo de tiempo solicité al personal mi voucher de comida/bebida obligatorio por ley o que se me ofreciera dicho producto en sustitución del voucher. El personal se negó a ello aduciendo que el retraso era inferior a las 3 horas (cantidad de tiempo estipulada para indemnización económica no para derecho de bebidas).
Cobro maleta de cabina
El día 6 de junio la empresa Ryanair nos cobra 50 € al tener que facturar una maleta que llevábamos con efectos personales en cabina. No da otra opción que facturar y pagar 50€ por dicha maleta de cabina. Presentada reclamación con la citada aerolínea, desestiman nuestras alegaciones (64665662),haciendo caso omiso a nuestra solicitud de reembolso del importe cobrado de forma irregular, así como los perjuicios ocasionados, con su decisión unilateral de cobrar una tarifa de 50€ por el citado equipaje de mano. Por todo ello, se solicita tengan a bien reconsiderar el reembolso cobrado de forma contraria a las últimas sentencias emitidas al respecto por la Unión Europea.
Caducidad tarjeta regalo ilegal
Compré una tarjeta regalo en septiembre de 2024 y por motivos personales el titular aún no ha podido canjearla y no sabe si podrá viajar en el próximo año. Es ilegal poner caducidad a las tarjetas regalo, esto es un hecho. Solicito que me den una solución y que eliminen esta condición absurda y abusiva.
Denegación de embarque destino Cracovia
Estimados señores, Me dirijo a ustedes como socio de la OCU 5830601-28 para presentar una reclamación formal contra la compañía aérea Ryanair por los perjuicios sufridos como consecuencia de la denegación de embarque a mi pareja y a mí en el vuelo FR5356, con salida prevista el 16 de junio de 2025 desde Madrid (MAD) con destino Cracovia (KRK). A pesar de presentarnos con la debida antelación en el aeropuerto y cumplir todos los requisitos, se nos denegó el acceso al vuelo por motivos de sobreventa, ya que la compañía había vendido más billetes que plazas disponibles. En ningún momento se realizó aviso por megafonía para buscar pasajeros voluntarios que aceptasen ser reubicados a cambio de compensación, como estipulan tanto la normativa europea como la política interna de Ryanair. Ante esta irregularidad, solicité una hoja de reclamaciones oficial para consumo, de la cual conservo copia y que adjunto a esta reclamación. Solo se nos ofreció acudir a la oficina de reclamaciones, donde se nos comunicaron las siguientes condiciones: - Compensación económica de 400 € por pasajero, según el Reglamento (CE) 261/2004. - Reubicación en un vuelo alternativo el día 17 de junio, con salida desde Madrid a las 05:55h con destino Bérgamo, y conexión desde Bérgamo a Cracovia a las 18:30h. - Derecho a alojamiento cubierto en el hotel Axor Barajas, así como comidas, desplazamientos y otros gastos razonables hasta nuestra llegada a Cracovia. Durante la noche del 16 de junio en Madrid, incurrieron gastos adicionales de transporte y cena en restaurante, que serán adjuntados con sus justificantes correspondientes. La noche en el hotel fue asumida por Ryanair. El día 17, al llegar a Bérgamo, decidimos salir del aeropuerto para aprovechar la escala y visitar la ciudad. Los gastos de esa jornada también serán presentados debidamente documentados. A las 17h regresamos al aeropuerto para tomar el vuelo a Cracovia, que además sufrió un nuevo retraso de media hora, acumulando aún más tensión y malestar. Desde el mismo momento en que nos dejaron en tierra el día 16, comenzamos a intentar reubicar con insistencia la excursión a Auschwitz, prevista originalmente para el día 17. Estuvimos en contacto tanto con Civitatis como con la empresa local encargada del tour en Cracovia, pero a pesar de todos nuestros esfuerzos, fue imposible reprogramarla para el día 18. Esto supuso un golpe emocional muy importante, ya que el principal motivo de nuestro viaje a Polonia era conocer los campos de concentración. Esta cadena de incidencias ha convertido un viaje que habíamos preparado con enorme ilusión y esfuerzo personal en una decepción mayúscula. Tuvimos que coordinar días libres en nuestros trabajos, asumir gastos extra y gestionar continuamente las consecuencias de esta situación sin apoyo real por parte de la aerolínea. Por todo lo anterior, solicito a través de la OCU: 1. La gestión íntegra de esta reclamación ante Ryanair, en nombre propio y de mi pareja. 2. La compensación económica correspondiente conforme al Reglamento (CE) 261/2004. 3. El reembolso de todos los gastos adicionales documentados, entre ellos: - Transportes y cena en Madrid durante la noche del 16 de junio - Jornada en Bérgamo (comidas y transporte) - Pérdida del alojamiento reservado en Cracovia el día 16 - Excursión cancelada a Auschwitz - Transportes varios (taxis, traslados al aeropuerto, etc.) - Parte proporcional del parking en Madrid contratado con la empresa Lavacolla 4. Una compensación adicional proporcional al perjuicio emocional y la frustración sufrida por la pérdida de una experiencia central e irreemplazable de nuestro viaje, que no puede ser compensada únicamente con dinero. Agradezco su apoyo y quedo a la espera de sus indicaciones para continuar con el proceso de reclamación y enviarles toda la documentación correspondiente. Atentamente, Jesús Alejandro Sánchez Iglesias DNI: 76128619E Correo electrónico: jesusiempreatletico@hotmail.com Teléfono: 654 738 920 Número de socio 5830601-28
EXCESIVO COBRO DE MALETA DE MANO
Por la presente, interpongo una reclamación formal respecto a los hechos ocurridos el día 26 de junio de 2025 durante el embarque del vuelo FR1768, con origen en Lisboa y destino Valencia. Fui objeto de un **cargo de 120 euros por una maleta de mano que no excedía los 5 kg de peso**, la cual cumplía con las dimensiones admitidas por la tarifa contratada. Considero que dicho cobro fue **arbitrario, injustificado y contrario a lo estipulado en las condiciones generales de transporte**, que no exigen el pago adicional para un bulto pequeño , EN UN VUELO INTERNACIONAL. Adicionalmente, **el trato recibido por parte de la empleada de tierra fue incorrecto y discriminatorio**. Esta persona realizó el cobro de manera poco profesional, mientras que permitió el paso a otros pasajeros con maletas evidentemente más grandes que la mía, sin realizarles ningún tipo de control ni cargo. Incluso presencié cómo, tras la pantalla, un joven que se disponía a pagar fue eximido por la misma empleada al teclear "delete" tras intercambiar unas palabras, permitiéndole abordar con dos piezas de equipaje sin justificación aparente. Estos hechos podrían constituir una **práctica abusiva, discriminatoria y contraria al Reglamento (CE) Nº 261/2004**, así como a la legislación europea en materia de derechos de los pasajeros aéreos y consumidores. La falta de criterios objetivos y homogéneos en la aplicación de los cargos por equipaje genera una **situación de inseguridad jurídica y desigualdad de trato**, que considero inaceptable. Solicito, por tanto: 1. El **reembolso inmediato del importe cobrado (120 €)**. 2. La **investigación del comportamiento del personal implicado**. 3. Una **resolución escrita oficial** sobre esta reclamación.
Cobro indebido maleta
Yo, David Pérez, con DNI 05953962K interpongo la presente reclamación en relación con el vuelo LPYJRP con origen en Madrid y destino en Palermo, realizado el día 10/06/2025. Previamente al embarque, aboné a través de la web de la compañía aérea el importe correspondiente al transporte de una maleta de 10 kg, cumpliendo así con las condiciones y tarifas estipuladas. Sin embargo, al presentarme en la puerta de embarque, se me exigió nuevamente el pago de 50 € por la misma maleta, alegando que dicha tarifa cubría el equipaje facturado, no el de cabina. Este cobro es, además de confuso y poco transparente, incompatible con el derecho del consumidor, ya que se me obligó a pagar de nuevo por un servicio ya contratado previamente. Como ha determinado la legislación española y han señalado repetidas veces tanto organismos de consumo como sentencias judiciales, la práctica de cobrar de forma adicional e imprevista por maletas de mano o equipaje ya contratado es abusiva e ilegal, si no existe justificación ni claridad previa al consumidor. Por tanto, solicito la devolución íntegra de al menos uno de los dos pagos realizados por la misma maleta, en concreto el que fue cobrado en la puerta de embarque de forma improcedente y sin base legal ni contractual clara. Adjunto a esta reclamación: - Justificante del pago previo del equipaje de 10 kg - Recibo de la reserva a través de Ryanair Ruego respuesta a la mayor brevedad posible. En caso de no obtener solución satisfactoria, me reservo el derecho de emprender las acciones legales y administrativas oportunas a través de los organismos competentes, incluida la presentación de esta reclamación ante la OCU y la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA).
Cobro por equipaje facturado
Por favor, explica brevemente el motivo de tu reclamación Compre billetes de ida y vuelta a Cerdeña para los días 7 al 14 de junio, al comprar el billete pagué también para llevar una maleta del tamaño permitido en cabina. Al llegar a la puerta de embarque me dicen que la maleta está pagada pero que la tenía que dejar en la ventana de facturación, entonces me hacen abonar otros 50€ para poder llevar la maleta EN LA BODEGA, ni si quiera en la cabina. Yo ya pagué para llevar esa maleta en la bodega a la hora de pagar el billete, no entiendo porque debo pagar otra vez para llevar la maleta en la bodega igualmente. Pido por favor el abono de los 50€ que tuve que pagar en el vuelo de ida por llevar la maleta, gracias
Han roto mi maleta y no van a indemnizarme
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Marsella al de Madrid, con fecha salida a las 12:20 horas del día 8 del mes de Junio de 2025 En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta de cabina rígida de unos 10kg. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en una rueda rota. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) Aporto copia del PIR y el billete. Y, aporto también los siguientes documentos enumerar documentación que se aporta: p.ej. fotos, facturas de compras…] SOLICITO, el abono de 60 euros* en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
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