Estimados/as señores/as:
Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Berlín al de Madrid pasando por Palma de Mallorca, que tenía su salida a las 16:45 horas del día 10 del mes de marzo de 2025 por lo que la llegada normal a Madrid debería haber tenido lugar a las 23:40 horas del día 10 de marzo. Nº de pasajeros: 1.
Llegado el día y hora de salida del vuelo, se me comunica la cancelación del vuelo contratado sin ofrecer ningún tipo de viaje alternativo (la huelga afectó a 510.000 personas, no encontrando viaje alternativo de vuelta hasta el día 13 de marzo) . Tras reclamar durante meses, me indican que no se hacen cargo de la compensación de los gastos que asciende a 531,41.-€
SOLICITO, que se me compense con las cantidades establecidas para los casos de cancelación y este caso para la compensación de gastos.
Sin otro particular, atentamente. Patricia Rubio
Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea