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Últimas reclamaciones

D. D.
19/12/2025

Engaño

Quiero denunciarlos por su engaño ya que me han engañando completamente para que me vaya con ellos hace 6 meses me afilié con ellos en una promojose en la cual me tenían que abonar 200 euros después de tener 6 meses con la promoción, la atención al cliente pasan de mí y todos me dicen algo distinto, yo esos 6 meses completos estuve hablando con atención al cliente por chat online y me decían que lo tenía activado y ahora vienen a inventarse que no les sale nada en el sistema cuando es completamente falso , y me dicen y que no cobre mi nómina de octubre que también es falso . Exijo que me abonen lo que me habían prometido

En curso
R. C.
16/12/2025

Bloqueo de cuenta

Desde diciembre de 2025, ING España mantiene bloqueada mi cuenta personal sin previo aviso ni resolución. Tras múltiples intentos de contacto desde mi App como a la oficina de ING en Sevilla el 15 de diciembre de 2025, donde me personalicé para ver qué ocurría y por qué hacen eso en mi cuenta. Donde tengo ahorros y mi nómina domiciliada. Me han dejado desamparada. Desde entonces, ha pasado más de dos semanas y no he recibido ninguna actualización formal ni respuesta por parte de ING, a pesar de varios correos electrónicos enviados. Esta situación es abusiva y potencialmente ilegal, ya que limita mi acceso a fondos personales, sin que medie proceso judicial, notificación de embargo, ni resolución justificada alguna. IMPORTANTE – Protección de datos personales Por razones de seguridad y privacidad, NO se incluye aquí el número completo de cuenta bancaria afectada. Estoy dispuesto a facilitar todos los documentos y datos de forma privada a los técnicos de la OCU, bajo tratamiento confidencial.

En curso
M. S.
11/12/2025

Bloqueo de la cuenta Inaudito

Hola a día 11/12 me apareció un aviso en mi aplicación indicando que tenia que subir la documentación (DNI) a la misma cuando mi DNI ni ha sido extraviado ni caducado. Aún así , procedí a hacerlo en la misma aplicación mediante la opción de hacer una foto. El caso es que esta misma tarde he mandado de nuevo las fotos en formato PDF por si las fotos no tenían la calidad correcta. Cual es mi sorpresa que recibo un mensaje en el que se indica que todas mis cuentas están bloqueadas y permanecerán así durante 48 -72 horas. Me parece inaudito que sin previo aviso deje de tener acceso a mis cuentas y me indiquen que esto se va a resolver en el plazo de tres días. Entiendo que es mi dinero y este problema es un problema suyo de gestión, no doy crédito a lo ocurrido

En curso
J. G.
06/12/2025

Solución dinero de cuenta

El pasado 27 de febrero fui víctima de una engaño telefónico('vishing') mediante la cual me sustrajeron 1.650 euros de mi cuenta. Durante la llamada, la persona que me llamó se hizo pasar por agente de ING y demostró conocer datos personales míos para ganar credibilidad. Durante el incidente, me resultó imposible contactar con los canales oficiales de ING; transcurrió más de una hora hasta que logré establecer comunicación formal con la entidad. Lamentablemente, para ese momento ya se había ejecutado la sustracción de los fondos. Inmediatamente procedí a realizar la reclamación al banco y la correspondiente denuncia ante la Guardia Civil. Sin embargo, a día de hoy, ING no me ha ofrecido ninguna respuesta formal a dicha reclamación. Adjunto la denuncia donde se detallan los hechos.

Cerrado
A. R.
28/11/2025

PROBLEMA CON EL REEMBOLSO

Reclamante: Ángel L. Ramos Martínez Destinatario: Departamento de Reclamaciones – ING España Asunto: Reclamación formal por desprotección al consumidor, solicitud inmediata de retrocesión/contracargo y vulneración del deber de diligencia del proveedor de servicios de pago. Cargo frau*ulento: SP THE JAPAN VIBES ALBUQUERQUE US (17/11/2025). Estimados señores, Por medio de la presente, formulo reclamación formal, contundente y jurídicamente fundamentada contra ING por falta de protección efectiva, omisión de deberes de diligencia y negativa implícita a activar los mecanismos de seguridad, verificación y devolución en relación con un pago claramente irregular y vinculado a un presunto frau*e comercial. 1. Identificación del cargo frau*ulento El día 17 de noviembre de 2025 se efectuó desde mi tarjeta de débito ING un cobro por importe total de 79,92 € a nombre de: SP THE JAPAN VIBES ALBUQUERQUE US Transacción vinculada a la compra de dos entradas VIP para un supuesto evento denominado “The Japan Vibes”, cuya empresa ha resultado ser inaccesible, opaca, incumplidora y altamente sospechosa de actividad frau*ulenta. 2. Existencia de indicios de frau*e y de incumplimiento contractual El comerciante: Ha desaparecido de internet. Ha dejado sin respuesta mis solicitudes de información. Ha ignorado mi ejercicio del derecho legal de desistimiento dentro del plazo de 14 días. Ha incumplido todas las obligaciones de transparencia previstas en el artículo 97 del TRLGDCU. Presenta un nombre comercial incongruente con el cargo (“Albuquerque US”), lo cual es un indicador claro de irregularidad. Todo esto sitúa la transacción dentro del ámbito de actividad frau*ulenta o, como mínimo, de comercio no fiable, lo que activa obligaciones específicas para la entidad financiera. 3. Publicidad eng*ñosa: el concepto de “plataforma segura de pago” El comerciante operaba bajo la promesa comercial de disponer de una “plataforma segura de pago”, expresión que constituye una práctica comercial con relevancia jurídica, según: Art. 5 y 7 de la Ley 3/1991 de Competencia Desleal (LCD): – No puede inducirse al consumidor a error sobre la seguridad o garantías de un proceso de compra. Art. 20 de la Ley 34/1988 General de Publicidad: – La publicidad que induce a error sobre las garantías es publicidad eng*ñosa y, por tanto, ilícita. Art. 60, 97 y 126 TRLGDCU: – El consumidor debe recibir información veraz y comprobable. – No se puede ofrecer una “plataforma segura” si no existe verificación del vendedor. En consecuencia, el mensaje de “plataforma segura” actuó como reclamo engañoso y generó una expectativa de protección que ING no garantizó, contraviniendo lo dispuesto en la normativa de publicidad y en la diligencia profesional exigible al proveedor de servicios de pago. 4. Obligaciones de ING como proveedor de servicios de pago La normativa vigente obliga a ING a protegerme ante actividades irregulares o frau*ulentas. Cito normativa aplicable: Ley 16/2009 de Servicios de Pago (LSP), Art. 25 y siguientes: obligación del proveedor de establecer medidas reforzadas de autenticación y seguridad, especialmente en pagos con riesgo. Directiva (UE) 2015/2366 – PSD2 Establece que los bancos deben: Detectar comercios no verificados, ubicaciones sospechosas o transacciones inconsistentes. Aplicar controles adicionales en operaciones transfronterizas o con comerciantes de riesgo. Proteger al usuario final frente a operaciones frau*ulentas o no conformes. Reglamento Delegado (UE) 2018/389 – Autenticación Reforzada (SCA). ING tiene la obligación de supervisar patrones frau*ulentos y rechazar operaciones sospechosas, más aún si el comerciante opera bajo nombres inconsistentes (“Albuquerque US”). 5. Responsabilidad de ING por transacciones en comercios frau*ulentos Conforme al art. 117 del TRLGDCU, cuando una compra a distancia: No se presta, O hay incumplimiento contractual, O existe indicio razonable de frau*e, el consumidor tiene derecho a reclamar a la entidad bancaria la restitución de las cantidades abonadas. Este artículo establece la responsabilidad solidaria entre banco y comerciante. Por tanto, ING no puede declinar su responsabilidad alegando que “el pago ya está ejecutado” o que "no se cubren compra de entradas". El TRLGDCU es claro: si el servicio no existe o es fraud*lento, la entidad tiene obligación de actuar. 6. Contradicciones en el cargo que ING debería haber detectado El cargo no coincide con el nombre comercial del supuesto evento. El país del cargo (“US”) no coincide con la naturaleza del evento (España). El comercio no figura como verificado. Presenta patrones típicos de comercio fantasma, considerados de riesgo por PSD2. Todo ello implica que ING debió aplicar medidas reforzadas o incluso bloquear la operación. 7. Solicito formalmente: A) LA APERTURA INMEDIATA DE UN PROCEDIMIENTO DE RETROCESIÓN/CONTRACARGO Basado en: Art. 117 TRLGDCU (responsabilidad solidaria). Ley 16/2009 de Servicios de Pago. PSD2. Normativa de operaciones no autorizadas o frau*ulentas. B) LA DEVOLUCIÓN ÍNTEGRA DE LOS 79,92 € por tratarse de un servicio no prestado, frau*ulento y con incumplimiento contractual evidente. C) INFORME DETALLADO POR ESCRITO explicando: Por qué ING no detectó la irregularidad del comercio. Por qué no se aplicaron controles reforzados. Qué criterios internos se usaron para validar una operación con un comerciante opaco y sospechoso. Por qué no se activó la protección vinculada a la supuesta “plataforma segura de pago”. 8. Advertencia formal En caso de recibir una respuesta insuficiente, o de no reembolsarse el importe reclamado, procederé a: Presentar reclamación oficial ante el Banco de España. Trasladar la documentación a autoridades de consumo y organismos supervisores de servicios financieros. Ejercer acciones legales por vulneración de normativa de protección al consumidor y por incumplimiento del deber de diligencia. Conclusión La actuación de ING en este caso supone una desprotección evidente, contraria a la normativa bancaria y a los derechos del consumidor. Solicito una solución inmediata. Atentamente, Ángel L. Ramos Martínez

Resuelto

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