Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
E. H.
10/03/2025

rotura del equipaje

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Punta Cana (PUJ) al de Madrid-Barajas (MAD), con fecha salida a las 21:10 horas del día 20 del mes de diciembre de 2024. En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta grande. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en que la maleta llegó rajada por varios sitios. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aporto copia del PIR y la tarjeta de embarque. Y, aporto también el resguardo de facturación de la maleta. SOLICITO, el abono de 200 euros en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
D. 2.
05/02/2025

Problema con el reembolso e indemnizacion

El dia 21/11/2024 se realiza una reserva para dos de nuestros trabajadores para un viaje de ida a Republica dominicana. Se indica que viajaran con dos perros y nos cobran su suplemento correspondiente. En todo momento se nos remite a las condiciones de la web para que no haya problema en elk embarque de los animales. El dia 02/12/2024 nuestros trabajadores se presentan en el aeropuerto con su equipaje y sus animales debidamente preparados para el viaje segun las normas de la compañia. En el momento del embarque se les deniega el acceso debido, segun la persona que se encontraba alli, por que los transportines no cumplian con los requisitos. Evidentemente eso no es asi ya que cumplian con TODAS las normativas que la empresa requeria. Sin dar mas explicacion ni por parte de la persona que deniega el embarque ni por el personal de atencion al cliente del aeropuerto , se realiza primero una llamada telefonica. Esta nos indica que tiene que lamenta el error y el inconveniente, que adquiramos otros vuelos y luego hagamos la reclamacion y se nos abonaria el importe. A dia de hoy 05/02/2025, y tras numerosas llamadas telefonicas y varias quejas puestas en su pagiona web no se ha recibido ni respuesta ni reembolso alguno El personal telefonico, con tono despectivo y altivo, se remite al formulario web en todo momento sin tener posibilidad de tratar esto con nadie.. Rogamos el reembolso e indemnizacion correspondiente por este suceso.

Cerrado
S. B.
21/12/2024

NO PAGO RECLAMACIÓN

Denegación injustificada de embarque, reorganización en otro vuelo 2 días después, no pago de los 600€ pactados dentro de los 14 días posteriores ni completa ejecución del derecho de asistencia con los perjuicios causados esos dos días de retraso.

Cerrado
S. B.
06/12/2024

Problema con el reembolso

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de Santo Domingo, que tenía su salida a las 16:25 horas del día 5 del mes de diciembre de 2024 por lo que la llegada normal a Santo Domingo debería haber tenido lugar a las 20:35 horas del día 5 de diciembre de 2024. Hoy, día 6 de diciembre de 2024 se ha procedido a remitir a la empresa la siguiente reclamación: Teníamos contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid-Barajas al de Santo Domingo (SDQ), que tenía su salida a las 16:20 horas del día 5 del mes de diciembre de 2024 por lo que la llegada normal a Santo Domingo debería haber tenido lugar a las 20:35 horas del día 5, con un coste aproximado de 665€ por dos pasajeros. Llegado el día y hora de salida de nuestro vuelo, nos presentamos en el aeropuerto y se nos comunica que se nos deniega el embarque por sobreventa (" overbooking") y nos recolocan en otro vuelo que llegará al destino con 46 horas* de retraso en comparación con el original. En ningún momento renunciamos voluntariamente a nuestras plaza: Los pasajeros acreditamos cumplir el procedimiento ínsito en la cláusula 5 de las condiciones generales de la aerolínea y procedemos a reclamar el reembolso de la totalidad de la reserva, así como los daños y perjuicios que a continuación se pasarán a desglosar. Alegamos que se nos ha denegado el transporte incumpliendo lo previsto en la cláusula 9 del extracto de las condiciones generales de transporte reseñadas. En cuanto a la ejecución de la prestación del servicio, no se pidieron voluntarios para no volar, no se los dio una hoja con nuestros derechos, sino que, estando en estado de incomprensión y disconformes, se nos dio a firmar una hoja con conformidad como única alternativa que, creemos, no cumple la normativa de la AESA. Las tarjetas de embarque que se nos dieron no tenían asientos asignados, creemos que el perjuicio que se nos causó al embarcar fue constitutivo de engaño suficiente para viciar nuestro consentimiento de conformidad con la solución por parte de la aerolínea. Posteriormente se nos reubicó para dos días después y se nos dispuso de alojamiento cercano al aeropuerto. En cuanto al derecho de asistencia en comparación con el viaje original, entendemos que nos debe cubrir todo gasto extraordinario (avituallamiento, enseres, alimentación, habitación y traslados) hasta que se lleve a cabo el vuelo efectivo ya reubicados entendiendo esta indemnización directamente imputable al derecho de asistencia que nos asiste, no a la indemnización por overbooking aceptada en la hoja firmada. En este estado de las cosas, solicitamos que, por escrito, se nos especifique qué cubre ese derecho de asistencia y, una vez correctamente informados, poder tomar decisiones informadas respecto de nuestra situación temporal injusta. Por los hechos expuestos, pasamos a interponer reclamación ante la aerolínea WORLD2FLY: Solicitamos el reembolso del precio pagado por los vuelos con un coste total en mil trescientos veintinueve con ochenta y tres euros (1.329’83€), así como de los costes de cancelación de la estancia en el lugar de destino y las actividades contratadas con la expectativa de llegar a cumplirse basándonos en la política de transporte de World2fly, por un total de quinientos treinta y nueve con cincuenta y seis euros (539,56 €). En caso de no ser posible esta opción dado el estado de las cosas, otro si pedimos: Indemnización por el daño emergente. Su estimación tendrá que tomar en cuenta que, conforme al Reglamento de la UE (CE) 261/2004 no se han alegado para acreditar el overbooking por parte de la aerolínea motivos de seguridad o salud pública, ni se incumple por parte de los pasajeros la normativa en materia de conducta, siendo la única alternativa ofrecida por la aerolínea el perjuicio de tomar un vuelo con 46h de diferencia sin asistencia en las pérdidas de reservas sufridas. Perjuicio que se toma en cuenta de cara a estimar el daño total. Asimismo, reclamamos que Word2fly indemnice por el disfrute de la estancia en el lugar de destino dejado de percibir por nosotros, los pasajeros, por el total expuesto, gastos de pernoctación y alimento incluidos, con base en los artículos 51 y 52 de la Ley de aviación civil de los Estados Unidos Mexicanos de 12 de mayo de 1995 y sus subsiguientes modificaciones y de acuerdo con el reglamento (CE) 261/2004 descrito en el Artículo 12 de las condiciones generales del transporte de WORLD2FLY. Es por todo ello que solicitamos se nos abone a la mayor celeridad posible en concepto de indemnización por los daños y perjuicios padecidos la cantidad de 600€ por pasajero con base en el citado Reglamento. En cuanto al lucro cesante, este se compone de lo que posteriormente se expondrá en la solicitud de indemnización complementaria, incluyendo, principalmente, la estancia en el hotel y el alquiler de coche durante los dos días de estancia ya pagados y no disfrutados los días 5, 6 y mitad del día 7 de diciembre de 2024. Solicitamos indemnización complementaria con base en el artículo 12 del Reglamento 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen las normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, y se deroga el Reglamento (CEE nº 295791): A lo largo del día 6 de diciembre de 2024 se ha procedido por parte de los pasajeros perjudicados a realizar llamadas al servicio de atención al cliente recibiendo evasivas por parte de la aerolínea sin aportar solución de ningún tipo a las gestiones extra realizadas por los pasajeros parte en esta reclamación. No se ha facilitado persona de contacto, servicio de comunicación con el lugar de destino ni alternativa de avituallamiento (el equipaje de los pasajeros es conforme a la temperatura del lugar de destino) o compensación por la pérdida de calidad de estancia la noche del 5 al 6 de diciembre de 2024. En cuanto a la indemnización complementaria que venimos a solicitar, con base en el artículo 12 del citado Reglamento, se procede a desglosar por conceptos: La parte correspondiente a los vuelos de ida de los dos pasajeros del coste total de la reserva de plazas para vuelo de ida y vuelta cuyo total es mil trescientos veintinueve con ochenta y tres euros (1.329’83€). Cuarenta y seis con cuarenta y cinco euros (45’45€) parte proporcional por dar de alta desde el día 5 de diciembre el servicio de telefonía en República Dominicana. Setecientos euros (700€) por cancelación y dejar de disfrutar dos noches Hotel HM Bavaro Beach Wb y nueva reserva con menor antelación. Cuatrocientos ochenta euros con treinta euros (480’30€) Alquiler de coche vía Booking dejado de disfrutar y nueva contratación con menor antelación. Trescientos euros (300€) ropa de invierno y servicio de locking proximidades al aeropuerto Madrid-Barajas-Adolfo Suárez. Ciento cincuenta euros por daños morales. Atentamente,

Cerrado
S. B.
06/12/2024

Problema con el reembolso

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid-Barajas al de Santo Domingo (SDQ), que tenía su salida a las 16:20 horas del día 5 del mes de diciembre de 2024 por lo que la llegada normal a Santo Domingo debería haber tenido lugar a las 20:35 horas del día 5, con un coste de 665€. Nº de pasajeros: 2 Llegado el día y hora de salida de nuestro vuelo, nos presentamos en el aeropuerto y se nos comunica que se nos deniega el embarque por sobreventa (" overbooking") y nos recolocan en otro vuelo que llegará al destino con 46 horas* de retraso en comparación con el original. En ningún momento renunciamos voluntariamente a nuestras plaza: Los pasajeros acreditamos cumplir el procedimiento ínsito en la cláusula 5 de las condiciones generales de la aerolínea y procedemos a reclamar el reembolso de la totalidad de la reserva, así como los daños y perjuicios que a continuación se pasarán a desglosar. Alegamos que se nos ha denegado el transporte incumpliendo lo previsto en la cláusula 9 del extracto de las condiciones generales de transporte reseñadas. En cuanto a la ejecución de la prestación del servicio, no se pidieron voluntarios para no volar, no se los dio una hoja con nuestros derechos, sino que, estando en estado de incomprensión y disconformes, se nos dio a firmar una hoja de conformidad que, creemos, adolece de vicio en el consentimiento. Las tarjetas de embarque que se nos dieron no tenían ni asientos asignados, creemos que el perjuicio que se nos causó al embarcar fue constitutivo de engaño suficiente para viciar nuestro consentimiento de conformidad. En cuanto al derecho de asistencia en comparación con el viaje original, entendemos que nos debe cubrir todo gasto extraordinario (avituallamiento, enseres, alimentación, habitación y traslados) hasta que se lleve a cabo el vuelo efectivo ya reubicados entendiendo esta indemnización directamente imputable al derecho de asistencia que nos asiste, no a la indemnización por overbooking aceptada a la que renunciamos por no ser conforme con el daño efectivo sufrido de prohibición de embarque y recolocación dos días más tarde sin ningún tipo de acompañamiento en las gestiones durante estos días "en tierra". Solicitamos que, por escrito, se nos especifique qué cubre ese derecho de asistencia y, una vez correctamente informados, poder tomar decisiones informadas respecto de nuestra situación temporal injusta. Es por ello que solicitamos el reembolso del precio pagado por los vuelos con un coste total en mil trescientos veintinueve con ochenta y tres euros (1.329’83€), así como de los costes de cancelación de la estancia en el lugar de destino y las actividades contratadas con la expectativa de llegar a cumplirse basándonos en la política de transporte de World2fly, por un total de quinientos treinta y nueve con cincuenta y seis euros (539,56 €). En cuanto a la indemnización por el daño emergente su estimación tendrá que tomar en cuenta que, conforme al Reglamento de la UE (CE) 261/2004 no se han alegado para acreditar el overbooking por parte de la aerolínea motivos de seguridad o salud pública, ni se incumple por parte de los pasajeros la normativa en materia de conducta, siendo la única alternativa ofrecida por la aerolínea el perjuicio de tomar un vuelo con 46h de diferencia sin asistencia en las pérdidas de reservas sufridas. Perjuicio que se toma en cuenta de cara a estimar el daño total en mil ochocientos sesenta y nueve con treinta y nueve euros. En cuanto al lucro cesante, la estancia en el hotel y el alquiler de coche durante los dos días de estancia ya pagados y no disfrutados. Reclamamos que Word2fly indemnice por el disfrute de la estancia en el lugar de destino dejado de percibir por nosotros, los pasajeros, por el total expuesto gastos de habitación y avituallamiento incluidos. Adjunto los siguientes documentos: reserva de plaza; hoja de consentimiento firmada por un pasajero. Es por todo ello que solicitamos se nos abone a la mayor celeridad posible en concepto de indemnización por los daños y perjuicios padecidos, la cantidad de 600€ por pasajero. Se procederá a interponer la reclamación ante la aerolínea. Sin otro particular, atentamente.

Cerrado
S. S.
04/11/2024

Problema con retraso aéreo

Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de La Habana al de Madrid, que tenía su salida a las 22:30 horas del día 29 del mes de octubre de 2024 por lo que la llegada normal al aeropuerto de Madrid debería haber tenido lugar a las 11:30 horas del día 30 de octubre. Adjunto los siguientes documentos: Escrito aerolínea con demora y respuesta de la misma a la reclamación Nº de pasajeros: 2 El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. Asimismo, no se dio la asistencia gratuita a la que se tiene derecho y tuve que pagar los gastos de los cuales adjunto factura del pago de nuevos billetes de Ave para llegar a mi destino final, algo de comida y los billetes de los cuales perdí el importe pagado porque perdí la conexión. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea más los gastos abonados motivados por el retraso. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea

Cerrado
J. L.
07/10/2024

RECLAMACIÓN EQUIPAJE ROTO

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de La Habana al de Madrid-Barajas , con fecha salida a las 20:00 horas del día 26 del mes de agosto de 2024. En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta de gran tamaño, de tapas duras y color morado. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en rotura en una de las esquinas provocando un agujero y diversas rajas por la maleta. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR) Aporto copia del PIR y el billete. Y, aporto también los siguientes documentos enumerar documentación que se aporta: fotos de la maleta. SOLICITO, el abono de 400 euros* en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email… * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.

Cerrado
M. G.
23/09/2024

No dan respuesta

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de [madrd] al de [..La Habana.], con fecha salida a las [...14.34] horas del día [.29 del mes de [.julio..] de [.2024 Mi hijo de 15 años de nacionalidad española pero recidente en cuba tenía su pasaje de regreso a La Habana con una azafata de acompañante y despues de facturar le dijeron que no podía viajar. Muchas veces a realizado ese viaje solo y no entiendo el motivo por el cual no lo dejaron en esta ocacion.los equipajes estaban facturados y an llegado en momentos diferentes 2 maletas una de ellas podrida pues tenía comida congelada y al llegar después de 20 días estaba llena de gusanos. Se hizo reclamación desde el primer día por el niño que perdió ese vuelo y por las maletas y no recibimos ninguna respuesta hasta día de hoy SOLICITO la cantidad de [….] euros* en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.

Cerrado
O. M.
16/09/2024

Indemnización retraso maleta 8 días

Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Madrid al de Cancún, con fecha de salida a 10 del mes de agosto de 2024. (Identificación 2W2501) En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en ropa , bañadores , zapatillas de playa , gorras , neceser, botiquín , cremas solares, gafas de sol y de bucear, gel y cremas para piel atópica entre otras. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente, recibiéndolo 8 días después (Sábado 17 de agosto). Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR). Aportó el documento PIR y el billete. Ante el retraso en la entrega del equipaje facturado, me vi obligada a realizar los siguientes gastos: Gorras , zapatillas de playa , crema solar , crema para el pelo y un cepillo entre otros , cuyo importe total ascendió a la suma de [252 Dólares USA]. Aporto la justificación documental de dichos gastos. Según la Ratificación del Convenio para la unificación de ciertas reglas para el transporte aéreo internacional, hecho en Montreal el 28 de mayo de 1999 ( BOE-A-2004-9347), SOLICITO la cantidad de 65€ por día de retraso lo que hace una cantidad total de 720 euros como indemnización por los daños producidos por retraso en la entrega del equipaje facturado. Sin otro particular, quedo a la espera de su respuesta Atentamente.

Cerrado
M. B.
15/09/2024

Retraso del equipaje

El día 1 de agosto del 2024 cogí el vuelo W2603 operado por la compañía World2Fly, desde el aeropuerto de Madrid hasta el aeropuerto de Cancún. En el aeropuerto de origen procedí a facturar mi equipaje y al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje no apareció por la cinta correspondiente. Tras tres horas de espera ya que el personal decía que la maleta llegaría en otro vuelo, y puesto que el encargado en destino, el señor Darien Jorquera, no se encontraba en el aeropuerto y sus compañeras no estaban dispuestas a tramitarnos un Parte de Irregularidad del Equipaje, tuve que irme del aeropuerto sin poder tramitar la incidencia. A la mañana siguiente volví al aeropuerto y sí pude presentar la oportuna reclamación a la compañía aérea, dejando constancia de la incidencia en el PIR que adjunto en el email. La maleta se me entregó el día 15 de agosto del 2024, fecha en la que tuve que ir personalmente a por ella al aeropuerto de Cancún. Con esta reclamación formal les confirmo la incidencia y les reclamo el importe de los enseres que me vi obligada a adquirir según copia de todos los tickets que adjunto en un documento correspondientes a: ropa y calzado de dos personas, productos básicos de aseo (dentífrico, cepillos, elementos de afeitado…) y servicio de lavandería. Teniendo en cuenta que conforme al art. 17.2 del Convenio de Montreal, “el transportista es responsable del daño causado en caso de destrucción, pérdida o avería del equipaje facturado por la sola razón de que el hecho que causó la destrucción, pérdida o avería se haya producido a bordo de la aeronave o durante cualquier período en que el equipaje facturado se hallase bajo la custodia del transportista”; y el art. 22 del mismo cuerpo legal cuantifica la responsabilidad por destrucción, pérdida, avería o retraso del equipaje limitándola a 1000 derechos especiales de giro (DEG) por pasajero (salvo declaración especial de valor), cantidad que ha sido incrementada a 1131 DEG en el Reglamento 285/2010 de la Comisión, y que corresponden aproximadamente a 1300 euros. En virtud de lo expuesto, y con fundamento en el incumplimiento del contrato de transporte concertado con la compañía, que ha supuesto el retraso de mi equipaje durante todo el transcurso de las vacaciones (15 días completos) con los daños referenciados, solicito a la compañía de transporte aéreo: El abono de 1600 euros en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados. En el caso de que, en un plazo de veinte días no contesten o desestimen la petición que formulo mediante el presente escrito, me veré obligado a ejercitar la pertinente acción judicial en defensa de mis intereses. Sin otro particular y a la espera de sus noticias, reciban un cordial saludo.

Cerrado

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