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Error contador
Buenas ,recibida la factura e agua que corresponde a los meses de julio y agosto de 2019 detecto un consumo desproporcionado ,teniendo en cuenta que no hay fuga de agua procesdo a poner la reclamación al canal de isabel II abriendo así expediente número 968951,personandose allí los inspectores y comprobando metrologicanente el estado de este,se verifica que efectivamente hay un error,tomando como resolución abonarse 9 € como diferencia de los consumos realizados en las fechas de años anteriores,la base de mi reclamación es que en los periodos en los que observo el consumo desproporcionado coincide que solamente esta la casa habitada por una persona durante 10 días,el consumo se sitúa en 53m2,y si han estimado que el contador está mal ese error debe de ser de un porcentaje abonandose así la resta de este de la factura ,no tomándose como referencia el consumo de fechas anteriores puesto que hay muchos actores que varían coml es mi caso debido al número de persona que habitaban la casa en esas fechas durante el periodo que ellos indica que es similar porque no se puede demostrar lamentablemente cuando esta defectuoso ese contador .Ruego tomen esta reclamación como un defecto a corregir ante los consumidores ante la práctica de solucionar un error que provoca un desembolso económico por la parte más débil en ete caso.Muchas gracias
factura de consumo excesivo de agua
hola, las facturas de diciembre (octubre-diciembre) y febrero (diciembre-febrero) de agua de nuestra segunda vivienda (apenas tiene uso) sumaron un importe de 11016,16€, 3945 m3. Tras comprobar en diciembre que no había ninguna rotura se reclamó al Canal quién cambió el contador (sin aviso) y por nuestra petición llevó a un laboratorio donde dió un pequeño error y el canal rectificó las facturas: 10731,63€, 3844 m3. Naturalmente continuamos con la reclamación ya que el volumen de agua era IMPOSIBLE que hubiera salido de nuestros grifos, aduciendo como posible explicación la ausencia de ventosas y purgadores en la instalación antes del contador y obras realizadas en la red. En cualquier caso se trataba de un volumen que el propio Canal tendría que haber detectado en sus instalaciones si dispusiera de contadores generales, lo que también solicitamos. Desde febrero el Canal no ha contestado. Estamos pagando las facturas fraccionadas a razon de 455€ mensuales sin que la compañia nos de la explicación de dónde está ese agua.
El canal de Isabel II deniega su responsabilidad regulando presion agua entrada en las comunidades.
Hola, por un exceso de presion de agua por parte de canal de isabel II que determino un fontanero exploto mi termo electrico de casa, siendo la presion normal de 3kg, al parecer tenia mos unos 7kg. Se verifico esto por unos tecnicos del propio canal y no quieren hacerse cargo de la factura de termo y de la instalacion alegando que es responsabilidad mia.
EJECUCIÓN DE ACOMETIDA DE AGUA(CALA)
Solicité el alta de agua a primeros de noviembre de la vivienda nueva sita en la calle maría zambrano, 13, tras descubrir que no existe acometida de agua se solicitó la ejecución de la misma pagando por adelantado la factura de 1.500€ que corresponden a la ejecución de la obra. El canal se pone en contacto conmigo el 20 de diciembre para comunicarme que la cala de agua deben realizarla en vía pública por lo han de pedir permiso de corte de tráfico al ayuntamiento de villalba. Ellos me dicen que lo han pedido al ayuntamiento y no reciben respuesta, sin embargo, el ayuntamiento me dice que el canal ya tiene el permiso y puede realizar la obra en cualquier momento por lo que la demora en la misma es voluntaria por parte del canal. LLevo casi 3 meses para que el canal de isabel II realice el alta de un servicio/bien de primera necesidad. Me está causando daños ya que tengo que dejar mi vivienda de alquiler este mes para ir a vivir a la nueva vivienda. He prorrogado el contrato varias veces y la fecha límite es finales de enero.
Problemas con una subrogacion
Solicité el 9 de marzo una subrogación del suministro de agua a través de su oficina virtual. Como dicha opción no aparecía, llame a atención al cliente donde me indicaron que procediese a un cambio de titularidad (que conlleva un coste) y que con el número de gestión que me diera el sistema, anexase la documentación pertinente (sentencia judicial de separación), para que se hiciese la subrogacion que no conlleva coste, a diferencia del cambio de titularidad.Al dia siguiente, 10 de marzo, llamé para la confirmación de que habían recibido correctamente la documentación, y me notificaron que era incorrecta ya que no figuraba quien tenia el uso de la vivienda, por lo que procedí en ese mismo momento a enviarles un email con el convenio regulador, que era donde se indicaba lo que se solicitaba. Como el proceso de cambio de titularidad ya había comenzado con sus cargos correspondientes, me abrieron una reclamación (nº 2444053) por la que procederían a realizar la subrogación. Me dijeron que en caso de que llegase un cargo con la fianza correspondiente para el nuevo titular, la podría devolver sin problema. Llegó el cargo y se procedió a su devolución. Posteriormente me avisaron a traves de una llamada de que podría proceder a un corte del suministro a pesar de que me dijeron que no lo habría. Volvi a llamar a atención al cliente y me aseguraron que al haber una queja abierta y sin resolver, no se procedería al corte bajo ninguna circunstancia, y que su plazo de resolución era de 30 dias naturales a contar desde el 10 de marzo, día de la primera llamada. El día 16 de marzo recibo en mi cuenta la devolución de la fianza del anterior contrato, dinero que conservo hasta que el día 6 de abril me notifican por email, que Para proceder a regularizar el anticipo de consumo emitido en el nuevo contrato, debe proceder a la devolución de la cantidad que le fue ingresada en su cuenta bancaria en concepto de anticipo de consumo, cosa que realizo por transferencia el 7 de abril, confirmándome desde atención al cliente que lo reciben el día 10 de abril. Sin notificarnos en ningún momento, paralizan la queja abierta, el 6 de abril, dejando de computar el plazo de 30 días naturales para la resolución de la reclamación. El día 4 de mayo recibimos una llamada donde se nos notifica el corte del suministro. Llamo a atención al cliente, y me confirman que esta pendiente de ruta, es decir, que vaya un técnico a cortar el suministro. Que desparalizan la reclamación y que le quedan 3 días naturales para su resolución. Es decir, que pueden cortarme el agua cuando todavía no se ha resuelto la reclamación, a pesar de haberles facilitado en todo momento la documentacion requerida y la devolucion de los importes solicitados DESDE HACE UN MES, mientras que la reclamación lleva abierta DOS MESES.
Facturación excesiva por contador defectuoso
En las facturas de referencia de las que adjunto copia aparecen unos consumos que no soy consciente de haber realizado, y que no parecen posibles por las siguientes circunstancias:En 2015, el Canal de Isabel II procedió al cambio del contador de agua de la vivienda mencionada más arriba. Este año, en marzo de 2016, recibimos una factura (nº 160002053043) por un importe de 154,37 euros, que ya resulta inusualmente raro dado que en ese mes la vivienda no está habitada. En el siguiente periodo de facturación, en mayo de 2016, recibimos la siguiente factura (nº 160003662665) por un importe de 1 142,57 euros, claramente excesivo, dado que la vivienda había seguido estando desocupada. Ante este consumo excesivo, llamamos a un fontanero para que comprobase que no había ninguna fuga imputable a la vivienda. El fontanero realiza las comprobaciones oportunas y nos confirma que no hay ninguna fuga y que todo parece ser un error del contador que la empresa había cambiado, por decisión unilateral por parte de la empresa, el año pasado. Llamamos a la empresa y nos mandan a un técnico que comprueba que el contador estaba defectuoso y había realizado una lectura errónea. Esto ocurrió el día 18 de julio de 2016. El técnico nos dijo que volvería a pasar para cambiarlo (puesto que, aparentemente, tenía que cambiar más contadores en la urbanización, porque había más contadores defectuosos) y que la empresa procedería a emitir una factura rectificativa. Ignoramos si el técnico volvió a pasar, ni si se cambió el contador, puesto que no tenemos conocimiento de dicho cambio ni se nos ha avisado de ello. Desde luego, estamos seguros de que ese día 18 de julio de 2016 el técnico no procedió al cambio del contador.El día 20 de julio de 2016, la empresa nos envía una factura rectificativa en la que rebajaba la suma del importe de las dos facturas erróneas (154,37 + 1 142,57 euros = 1 296,94 euros) en 49,48 euros. El día 27 de julio, antes de recibir la factura rectificativa, dado que nadie ha pasado a cambiar el contador, llamamos para preguntar y nos dicen que pasarán a cambiarlo en el mes de agosto, puesto que tienen que cambiar más contadores.Cuando recibimos la factura rectificativa que emitió la empresa el día 20 de julio de 2016, llamamos para reclamar, puesto que la reducción nos parece totalmente inadecuada y nos dicen que se había cambiado el contador el día 20 de julio y que había verificado que ese contador daba una lectura un 3% más alta.Obviamente, la empresa no nos ha dicho la verdad, pues el día 27 de julio nos dijeron que pasarían en agosto a cambiar el contador, pero en septiembre nos dijeron que el contador lo habían cambiado el día 20 de julio. Si esto hubiese sido así, el día 27 de julio nos lo habrían notificado en vez de decirnos que pasarían en agosto.Estimamos que esta rectificación es claramente inadecuada, dado que el importe de las facturas seguía siendo claramente excesivo, teniendo en cuenta que la vivienda estaba deshabitada durante ese periodo de tiempo. Además, si la empresa compara el consumo durante esos meses con el mismo consumo durante los mismos meses de años anteriores podrá comprobar que el consumo facturado es totalmente inusitado.
Problema con el contador.
Muy Sres, míos, Soy Isabel Saorin Faura, con DNI: 48497692 – F, aunque el titular del contrato objeto de esta reclamación es mi marido: Manuel Mateo Ortuño, con DNI: 23199171 – Z. Tal y como he comentado por teléfono con su abogado, procedo a redactar nuestra reclamación contra el Canal de Isabel II, empresa suministradora de agua en mi domicilio, sito en Calle Once, 23, parcela 48, Urb. Alarilla, 28597, de Fuentidueña de Tajo, Madrid. Hace un par de meses, este verano, comunica la citada empresa de agua a mi marido que tenemos un flujo continuo de agua que puede ser indicativo de una fuga. Buscamos el problema y se subsana. Presentamos factura del arreglo y nos rectifican la factura emitida. Ahora bien, la facturación es bimensual y, tras la reclamación y subsanación, nos emiten una factura de un mes con un valor igualmente muy elevado. Pensamos que quizá teníamos otro problema y nos ponemos a buscar, pero no hay manchas de humedad, ni rastros de agua visibles, por lo que decidimos cerrar las llaves y comenzar a abrir por secciones. La primera sección es, lógicamente la general. Aquí empieza nuestra sorpresa porque al cerrar la llave general de salida, el contador sigue moviéndose, cosa rarísima. Entonces pensamos que lo mismo era la llave de salida que estaba mal y cerramos la llave de entrada al contador, pero seguía corriendo el contador con ambas llaves cerradas. Escribimos reclamación a la compañía de suministro, a la que adjuntamos un vídeo en el que se muestra el circuito con ambas llaves cerradas y que cada 3 segundo el contador suma 2 litros, cuando no debía moverse. La respuesta de la compañía es que no pueden abrir el archivo. Les decimos que nos digan a qué extensión se debe transformar para que lo puedan ver y verificar que el contador no está bien, pero su respuesta es que los contadores pasan los controles de calidad en la instalación y que tienen una tecnología que les permite ver un paso continuado, incluso por la noche, lo que indica que el problema es de la red interior, todo ello sin venir a ver el contador, sentados en la oficina. Que lo arreglemos y que, como clientes, podemos reclamar una factura al año por avería, (lo ya hecho), y que, aunque se reclame, no supone la devolución del importe sino una minoración del impacto económico, porque ellos el suministro lo han dado y el problema es del cliente, nosotros en este caso. Adjunto facturas del año pasado en los mismos períodos, facturas de este año, correos mantenidos con el Canal de Isabel II y el vídeo cortito del contador. Son unos 8 segundos, pero se ven las llaves cerradas y al aproximar la imagen unos 6 segundos, se ve que pasan 4 litros. Es por todo ello que les rogamos pongan reclamación contra la citada empresa para que venga algún operario a comprobar el contador y me restituyan las cantidades cobradas indebidamente, porque no es un consumo real por avería, ni un suministro realizado, es un fallo de contador desde que reparamos la avería real. Podrán comprobar que, quitado el llenado de la piscina del año pasado, factura que no reclamamos lógicamente, los consumos se han disparado en los últimos meses; a esto hay que añadir que este verano ni siquiera he tenido a mis padres aquí y somos dos adultos y la piscina no se ha llenado porque el agua la cuidamos para unos 4/5 años, y es del año pasado. Pueden venir a verla que está cubierta con sus productos. Quedamos a su disposición para cuanta información sea necesaria y esperamos que pronto vengan a revisar/cambiar el contador y subsanen las facturas. Muchas gracias. Atte., Manuel Mateo e Isabel Saorin.
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