Buenos días,
Con respecto a su reclamación, le informamos de que el transporte ferroviario en España no dispone de servicio de facturación de equipajes por lo que todas las pertenencias se consideran equipaje de mano. Con respecto a su caso concreto, cabe señalar que en nuestra página web se informa a los viajeros de los objetos no permitidos a bordo por considerarse potencialmente peligrosos, tal es el caso de las bombonas de gas CO2 que también utilizan los motoristas en sus chalecos protectores:
Estaciones - Adif
Por lo tanto, el problema no estuvo en el segundo control, que aplicó la normativa de Adif correctamente, sino en el primero, que le permitió subir a bordo con una botella inflamable y, por lo tanto, peligrosa.
Es responsabilidad de los usuarios informarse previamente de las restricciones que pueda haber en el medio de transporte que utiliza respecto al equipaje y también es responsabilidad de Adif velar porque sus vigilantes de seguridad cumplan la normativa sin hacer excepciones que puedan dar lugar a situaciones como la que describe. Por este motivo, no es posible atender su petición de indemnizarle por la pérdida de un objeto cuyo pase no está autorizado a bordo de los trenes que utilizan nuestra infraestructura.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo,
DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y REPUTACIÓN CORPORATIVA
ADIF
Email comunicacionweb@adif.es
Abrimos Caminos
www.adif.es
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De: reclamar@notify.ocu.org reclamar@notify.ocu.org En nombre de reclamar@ocu.org
Enviado el: viernes, 7 de febrero de 2025 19:45
Para: Comunicacion Web comunicacionweb@adif.es
Asunto: [EMAIL MASIVO]Control y Rotura de equipaje
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