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Control y Rotura de equipaje

Resuelta Pública

Naturaleza del problema:

Equipaje

Tu reclamación

L. R.

A: ADIF Infraestructuras ferroviarias

07/02/2025

Estimados/as señores/as: En fecha19/11/2024 adquirí un billete de tren para viajar el día 19, desde Valencia, hasta Madrid y posteriormente de Madrid a Málaga. En la estación de tren de salida de mi viaje, en Valencia procedí a facturar mi equipaje, consistente en ropa y objetos personales y un chaleco auto hinchable náutico con una bombona de CO2. Me pararon en el control de revisión de equipajes y al detectar el chaleco y la bombona me pararon pidiéndome una documentación profesional que aporte en ese mismo momento (Titulación PPER. patrón profesional de embarcaciones de recreo), accediendo al tren y viajando a Madrid. En la estación de tren del trasbordo Madrid-Málaga en la estación de Atocha, la seguridad de la estación no me dejó pasar con el mismo procedimiento y tras una leve discusión tuve que desmontar y tirar la bombona de gas CO2 rompiéndose una parte del chaleco, ya que el tren salia en breve. Volviendo a recomponer mi equipaje y llegando muy apurado a mi tren a Málaga. No presenté la oportuna reclamación por falta de tiempo. Ante la diferencia de criterio en la seguridad de las estaciones de Valencia y Madrid, la rotura del chaleco, y los posteriores problemas de navegación que tuvimos y de los que tengo testigos solicito el abono de 900 euros* en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados que consistieron en no dejarme pasar con este elemento de seguridad importante en las navegaciones marítimas, la rotura de este chaleco y el posterior problema que surgió en el mar encontrándome desprovisto de mi material personal de seguridad. Adjunto los siguientes documentos: billetes de tren, fotos del chaleco salvavidas y la rotura de este. Documento testifical de la avería del barco y entrada en el puerto de Adra. SOLICITO, el abono de 900 euros* en concepto de indemnización por los daños y perjuicios sufridos y justificados Sin otro particular, atentamente. * Normativa Europea: Hasta 1.200 euros por bulto de equipaje facturado, si puedes demostrar el valor del contenido. 300 euros por bulto de equipaje facturado, si no puedes demostrar el valor del contenido.

Mensajes (1)

ADIF Infraestructuras ferroviarias

A: L. R.

10/02/2025

Buenos días, Con respecto a su reclamación, le informamos de que el transporte ferroviario en España no dispone de servicio de facturación de equipajes por lo que todas las pertenencias se consideran equipaje de mano. Con respecto a su caso concreto, cabe señalar que en nuestra página web se informa a los viajeros de los objetos no permitidos a bordo por considerarse potencialmente peligrosos, tal es el caso de las bombonas de gas CO2 que también utilizan los motoristas en sus chalecos protectores: Estaciones - Adif Por lo tanto, el problema no estuvo en el segundo control, que aplicó la normativa de Adif correctamente, sino en el primero, que le permitió subir a bordo con una botella inflamable y, por lo tanto, peligrosa. Es responsabilidad de los usuarios informarse previamente de las restricciones que pueda haber en el medio de transporte que utiliza respecto al equipaje y también es responsabilidad de Adif velar porque sus vigilantes de seguridad cumplan la normativa sin hacer excepciones que puedan dar lugar a situaciones como la que describe. Por este motivo, no es posible atender su petición de indemnizarle por la pérdida de un objeto cuyo pase no está autorizado a bordo de los trenes que utilizan nuestra infraestructura. Sin otro particular, reciba un cordial saludo, DIRECCIÓN DE COMUNICACIÓN Y REPUTACIÓN CORPORATIVA ADIF Email comunicacionweb@adif.es Abrimos Caminos www.adif.es Este correo electrónico y en su caso cualquier fichero adjunto al mismo contienen información de carácter confidencial exclusivamente dirigida a sus destinatarios. Contiene información reservada que no puede ser difundida salvo consentimiento expreso de ADIF/Adif Alta Velocidad. Si usted ha recibido este correo por error, tenga la amabilidad de eliminarlo de su sistema y avisar al remitente mediante reenvío a su dirección electrónica; no deberá usar, revelar, imprimir, copiar, ni divulgar el contenido total o parcial del mensaje. Los datos personales serán tratados por las E.P.E. Administrador de Infraestructuras Ferroviarias ADIF y Adif Alta Velocidad. Sede electrónica:s:sede.adif.gob.es/. Para información sobre Protección de Datos y para el ejercicio de sus Derechos puede consultar o ponerse en contacto con nosotros, en la forma en que se indica en el apartado de TransparenciaProtección de Datos en las páginas Web deProtección de datos - AdifyProtección de datos - Adif - AV - Adif (adifaltavelocidad.es) Público: Información interna o externa, que no contiene restricciones y que puede ser consultada o accedida por cualquier persona. De: reclamar@notify.ocu.org reclamar@notify.ocu.org En nombre de reclamar@ocu.org Enviado el: viernes, 7 de febrero de 2025 19:45 Para: Comunicacion Web comunicacionweb@adif.es Asunto: [EMAIL MASIVO]Control y Rotura de equipaje ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ Este correo electrónico y en su caso cualquier fichero adjunto al mismo contienen información clasificada. Dicha información no puede ser difundida salvo consentimiento expreso de Adif/Adif Alta Velocidad en base a su nivel de clasificación. En ausencia de clasificación, debe considerarse la información de Uso Interno. Si usted ha recibido este correo por error, tenga la amabilidad de eliminarlo de su sistema y avisar al remitente mediante reenvío a su dirección electrónica; no deberá usar, revelar, imprimir, copiar, ni divulgar el contenido total o parcial del mensaje.


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