Últimas reclamaciones

En este listado podrás encontrar las reclamaciones públicas enviadas a distintas compañías por los consumidores a través de nuestra plataforma online "Reclamar". Haz clic aquí
A. P.
30/04/2025

Demanda cobro ilegal - Ley 41/2007

ANTECEDENTES DE HECHO En Diciembre de 2024 el demandante acordó la compra de una vivienda por un precio de 280.000€. El 12 de Diciembre de 2024, el demandante encomendó la tasación de la vivienda a “CoHispania” (COMPAÑIA HISPANIA DE TASACIONES Y VALORACIONES, S.A.), entidad homologada por el Banco de España con el número de homologación nº 4368, -y por lo tanto reconocida en el artículo 5 de la Ley 41/2007 de 7 de Diciembre, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero (BOE Nº 294), que se detallará más adelante-. El total valor de tasación definido por CoHispania fue de 328.742,68 €. También recogía esta tasación el hecho objetivo del régimen de ocupación de la vivienda, que en ese momento tenía un contrato de arrendamiento en vigor hasta el 31 de Marzo de 2025. El 26 de Diciembre de 2024, el demandante solicitó préstamo hipotecario a la entidad IBERCAJA, e hizo entrega de la tasación mencionada. El 10 de Enero, IBERCAJA informó al demandante de que TINSA (empresa de tasación colaboradora de IBERCAJA) no ratificaba la tasación de COHISPANIA, justificándose en que el valor de tasación definido por COHISPANIA (328.742,68 €) era demasiado elevado respecto al precio de compraventa (280.000 €), y de acuerdo a los testigos de precios de que disponía TINSA. Para poder avanzar en la concesión del préstamo hipotecario, la única alternativa que se le da al demandante es la contratación de una nueva tasación, recomendando IBERCAJA a la empresa TINSA, por ser la opción más rápida. El 10 de Enero el demandante es requerido a abonar a IBERCAJA la cantidad de 411,40€ en concepto de los servicios de tasación, como se refleja en la factura de TINSA nº: 25F0004216, aportada. El 14 de Enero de 2025, TINSA realiza la nueva tasación. El resultado de la tasación de TINSA es 335.277,85 € (sorprendentemente más alto que el de COHISPANIA -328.742,68 €-), y vuelve a reflejar lo que ya había destacado la tasación de COHISPANIA, en cuanto a que existía un contrato de arrendamiento en vigor. El 20 de Enero, IBERCAJA informa al demandante de que “no puede autorizar el préstamo hipotecario mientras esté alquilado el piso”, cerrando por tanto el expediente de concesión de préstamo hipotecario. RECLAMACIÓN El demandante reclama la cantidad de 411,40 € (que fue el importe abonado para realizar la segunda tasación), más los intereses de demora a partir de la fecha de esta reclamación (30 de Abril de 2025), teniendo en cuenta que la tasación de TINSA nunca debió solicitarse, por los siguientes motivos: 1.- IBERCAJA nunca debió haber impuesto una segunda tasación, y mucho menos haber hecho que asumiera el demandante el coste de una segunda tasación, como refleja el artículo 5 de la Ley 41/2007 de 7 de Diciembre, por la que se modifica la Ley 2/1981 de 27 de Marzo, de Regulación del Mercado Hipotecario y otras normas del sistema hipotecario y financiero ( BOE Nº 294 ) “Las entidades de crédito, incluso aquellas que dispongan de servicios propios de tasación, deberán aceptar cualquier tasación de un bien aportada por el cliente, siempre que, sea certificada por un tasador homologado de conformidad con lo previsto en la presente Ley y no esté caducada según lo dispuesto legalmente, y ello, sin perjuicio de que la entidad de crédito pueda realizar las comprobaciones que estime pertinentes, de las que en ningún caso podrá repercutir su coste al cliente que aporte la certificación”. 2.- Una revisión diligente de la tasación de COHISPANIA por parte de IBERCAJA y TINSA debería haber sido suficiente para identificar el hecho objetivo ya reflejado en la primera tasación (situación de arrendamiento del inmueble), que imposibilitaba a IBERCAJA conceder el préstamo hipotecario al demandante, y que por tanto hacía inútil una segunda tasación. 3. Como además refleja TINSA en su propia página web (https://www.tinsa.es/blog/tinsa/llevar-tasacion-de-un-banco-a-otro-la-tasacion-de-un-banco-sirve-para-otro/): “el banco no puede negarse a aceptar una tasación externa, siempre y cuando sea realizada por una sociedad homologada por el Banco de España. Sin embargo, puede ocurrir que, si la entidad en cuestión no tiene a la sociedad firmante entre sus tasadoras autorizadas, requiera de un trámite interno para su validación.”, lo cual está en línea con el artículo 5 de la Ley 41/2007 citada anteriormente. Cabe destacar que un “trámite interno para su validación” no es una segunda tasación (como se le impuso al demandante), y que como dice la ley, “en ningún caso podrá repercutir su coste al cliente que aporte la certificación”. Documentos aportados: Resumen Tasación de COHISPANIA Resumen Tasación de TINSA Factura de TINSA Nº 25F0004216 DNI del demandante

Cerrado
M. G.
14/04/2025

Cancelación del seguro de vida

Hace ya algún tiempo, les comuniqué mi deseo de cancelar el seguro de vida (340000313857) ligado a la hipoteca que ustedes me impulsaron a contratar a la firma de la misma. Avisé con tiempo para que no se me volviera a pasar ningún recibo de un pago que me parece abiertamente abusivo, puesto que cada año pago más para asegurar un capital que, a su vez, disminuye cada año. Dado que estamos en esta situación desde 2017, momento en que yo creí obligatorio firmar el seguro, y han pasado ya más de siete años y he comprendido que no lo es, ruego cancelen definitivamente dicho seguro y se me reintegre el capital cobrado en el segundo plazo, al que no deseo acogerme, por la cantidad de 204,33 €. Gracias.

Resuelto
G. B.
23/03/2025

Cobro de comisión en cuenta exclusivamente de hipoteca

Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, titular de una cuenta corriente. Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para reclamar la comisión indebidamente cobrada, en concepto de comisión de mantenimiento y en su caso, que no las vuelvan a aplicar en el futuro. No procede el cobro de dicha comisión por ser una cuenta en la que solo esta la hipoteca. SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para que se practique [la devolución del importe 30,52E, y (en su caso, que no se vuelva a aplicar dicha comisión en el futuro)]. No se que me preocupa mas que me cobren preventivamente la comisión a sabiendas que no deben o que realmente no sepan si lo debo pagar o no. Sin otro particular, atentamente.

Resuelto
M. D.
19/03/2025

condiciones discriminatorias

En diciembre 2006 abrimos la Cuenta Vamos en Ibercaja dado que optamos por contratar la hipoteca de la casa con el mismo banco quien ha financiado la obra. En su día la cuenta contaba con tarjetas gratis, intereses sobre el saldo y cero comisiones. Durante el tiempo los bancos han cancelado gradualmente los intereses sobre el saldo de las cuentas corrientes. Pero desde el año pasado Ibercaja ha vuelto a renumerar el saldo de la cuenta corriente del mismo producto "Cuenta Vamos" con intereses. He reclamado al banco que siendo cliente y al tener el mismo producto, debo tener las mismas condiciones. El banco lo ha rechazado, dado que es algo exclusivamente para clientes nuevo. Una practica a que nos estamos acostumbrado, sobre todo en el caso de los Telcos, que lo han convertido en modos operandi. Pero nuestra sociedad ha sido agitado por temas de igualdad, igualdades sobre todo a la persona fisica, pero en ningún momento a la situación de un cliente!! Me parece realmente escandaloso que un cliente existente es pisada y tratado como un ser de 2º categoría. Es por eso que me dirigo a la OCU para defender los derechos de los clientes y que las empresas deben ceder de forma inmediata discriminar entre cliente nuevo y existentes. No hay derecho y es una forma de discriminación que es inaceptable. Confío en que la OCU acepta mi caso y lucha por mis derechos a ser tratado igual que clientes nuevos. Atentamente Marc de Vlieger

Cerrado
M. R.
28/01/2025

Copia reclamación registrada y número incidencia asignado

Con fecha 17/4/2024 procesé tres reclamaciones separadas por gastos de hipoteca cobrados indebidamente. Recibí en el correo interno de Ibercaja Directo confirmación de que se había recibido sendas reclamaciones y los números de incidencia asignados (documentos adjuntos). Sin embargo, en primer lugar no recibí copia de cada una de las reclamaciones que procesé ni por correo electrónico ni por correo interno de Ibercaja Directo. En segundo lugar, en las mencionadas confirmaciones de recepción de incidencia no hay ninguna información que vincule cada reclamación con el número de incidencia que se le ha asignado. Es decir tengo 3 números de incidencia pero no sé a qué reclamación corresponde cada una. He intentado obtener esta información por el servicio de Atención al Cliente, por mi Gestor, en oficina y en el equipo de soporte de Ibercaja Directo. En ninguno de los casos han podido facilitar la información solicitado. RECLAMO que a la mayor brevedad posible se me envíe copia de cada una de mis reclamaciones y el número de incidencia que se le asignó. Es un derecho de los clientes que Ibercaja está vulnerando voluntariamente y no cejaré en el empeño hasta que ustedes me faciliten la información solicitada y que, a partir de ahora, los usuarios que formulen reclamaciones a través del formulario y proceso establecido por ustedes reciban una copia de su reclamación junto con el número de incidencia asignado por Ibercaja. Atentamente, Cliente desde hace más de 25 años

Cerrado
P. M.
20/01/2025

Cobro indebido ibercaja

Me han realizado un cobro de 14.90, del cual te indican que solo van a revisar tus datos bancarios a coste 0, y resulta que te quitan 14,90 sin avisar en ningún momento y poniendo un cobro de 0 euros. Hacéis esta práctica de manera fraudulenta por mucho que os queráis respaldar en que lo pone en no sé dónde en vuestra página, revisando todo es una información que e. Todo caso está bastante oculta y no lo advertís en ningún momento del proceso. Os pido me devolváis el importe que me habéis sustraído

Resuelto
P. H.
17/01/2025

Me dejé la sesión abierta y alguien se apropió indebidamente del dinero. Entrando en la sesion

Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, titular de una [cuenta corriente, tarjeta de crédito, otros productos (solo identificar el tipo de producto, no el nº o clave del mismo)]. Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para comunicarles que he sido víctima de un fraude y reclamarles la devolución de la cantidad defraudada, un total de […]. El pasado [21/09/2024 a las 10:50], se realizaron una serie de cargos, sin mi consentimiento, de la cuenta corriente que mantengo con su entidad. Fui a ingresar dinero y con el contactless del teléfono. Y no se puede realizar esa operación….Por lo cual sin darme cuenta me fui y no fue muy rápidamente la verdad ya que llovía y tenía que coger paraguas y esperé un poco en la puerta y no había nadie. Me fui al Alcampo que está a unos 500 metros y me saltó un reintegro de 60 euros que yo no realicé. Porque en ningún momento di a sacar dinero. Me parece un gran brecha de seguridad que una sesión dure casi 2 minutos abierta. Inmediatamente lo comuniqué a la entidad y presenté denuncia. No obstante, su departamento de fraude ha desestimado abonarme la cantidad estafada. Y ni siquiera han mandado bien las grabaciones. Creo que ya ha pasado un tiempo para poder resolver el problema Adjunto los siguientes documentos: [enumerar documentación que se aporta: p.ej. denuncia, extracto bancario con cargo fraudulento, otros documentos …] SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para que la entidad abone en mi cuenta la cantidad de […] correspondiente al importe defraudado. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…

Cerrado
G. B.
01/01/2025

Cobro de comisión en cuenta exclusivamente de hipoteca

Estimados/as señores/as: Soy cliente de la Entidad, titular de una cuenta corriente. Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad para reclamar la comisión indebidamente cobrada, en concepto de comisión de mantenimiento y en su caso, que no las vuelvan a aplicar en el futuro. No procede el cobro de dicha comisión por ser una cuenta en la que solo esta la hipoteca. SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para que se practique [la devolución del importe 30,53E, y (en su caso, que no se vuelva a aplicar dicha comisión en el futuro)]. No se que me preocupa mas que me cobren preventivamente la comisión a sabiendas que no deben o que realmente no sepan si lo debo pagar o no. Sin otro particular, atentamente.

Resuelto
J. G.
26/11/2024

Cobro de comisiones y otros gastos en cuenta de herencia

Reclamación a la entidad IBERCAJA por el cobro de comisiones y otros gastos sobre una cuenta en el periodo entre el fallecimiento de titulares y la liquidación en favor de los herederos. Adjunto el documento con la reclamación detallada y el documento con los importes de las comisiones y gastos reclamados

Cerrado
G. R.
14/11/2024

Dinero no entregado en Cajero Automático 5411Illueca de Ibercaja

El pasado día 6 de octubre saqué 300€ en el cajero número: 5411 ILLUECA. Situado en PZ ESPAÑA 14, 50250 - ILLUECA (ZARAGOZA ) El cajero no me dio el dinero pero si lo sacó de mi cuenta. Llamé por teléfono al teléfono de incidencias que hay en el cajero para dar aviso de la incidencia y me comentaron que debía abrir la incidencia con mi banco (Sabadell) para que ellos fuesen los que pusieran la reclamación. Y así lo hice, llamé a mi banco para que abriese la reclamación interbancaria es mismo día, domingo 6 de octubre. Al momento de la llamada recibí el correo informativo de que incidencia ya estaba abierta con el siguiente número: 1101964. A día de hoy, más de un mes, no he recibido mi dinero. Mi banco (Sabadell) me indica que esta incidencia sigue en tramite, pero creo que han pasado suficientes días para que Ibercaja haya realizado las comprobaciones pertinentes, revisado y comprobado el desajuste en positivo de ese día y tiempo suficiente para que puedan devolverme MI DINERO. (sacar dinero cuesta segundos, devolverlo debería ser igual). Me parece increíble que una entidad bancaria haga esto, me parece increíble que por un error de su cajero sea mi banco quien tenga que realizar trámites, y me parece increíble que por un error que han tenido ellos no hagan nada, porque ante un problema además de solucionar rápido deberían incluso pedir disculpas. Reitero, creo que ha pasado tiempo suficiente para que me devuelvan MI DINERO. Me parece una vergüenza que operen durante tanto tiempo con un DINERO que no les pertenece. SOLICITO LA DEVOLUCIÓN DE MI DINERO MÁS UNA INDEMNIZACIÓN POR VALOR A LOS INTERESES APLICABLES A ESOS 300€ EN EL TIEMPO EN EL QUE HAN TENIDO MI DINERO.

Cerrado

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