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EQUIPAJE DE MANO
Según el art. 97 de la Ley 48/1960, de 21 de julio sobre Navegación aérea, «El transportista estará obligado a transportar juntamente con los viajeros, y dentro del precio del billete, el equipaje con los límites de peso, independientemente del número de bultos, y volumen que fijen los Reglamentos. No se considerará equipaje a este efecto los objetos y bultos de mano que el viajero lleve consigo. El transportista estará obligado a transportar de forma gratuita en cabina, como equipaje de mano, los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, incluidos los artículos adquiridos en las tiendas situadas en los aeropuertos. Únicamente podrá denegarse el embarque de estos objetos y bultos en atención a razones de seguridad, vinculadas al peso o al tamaño del objeto, en relación con las características de la aeronave.» Además, la sentencia TJUE de 18 de septiembre de 2014, la sentencia número 787/2022 de Madrid y la sentencia número 185/2021 de Palma de Mallorca, consideran que el transporte del pasajero y la facturación del equipaje deben estar comprendidos en el precio base del billete del avión. Por todo lo expuesto, ruego nos abonen la cantidad de 144 euros correspondientes al coste indebido abonado por los equipajes de mano de los pasajeros cuyas medidas no exceden de los límites permitidos por su compañía
Pago chek in aeropuerto
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes debido a un cobro abusivo de 199 Euros en concepto de check-in en la ventanilla del aeropuerto de Fez. Hice el check-in on line antes de empezar el viaje y el dia antes recibo un correo que no se ha podido realizar correctamente. Intenté hacer el check-in online justo tres horas antes de la salida del vuelo desde la web, pero estuvo dando problemas constantemente, haciendo imposible completar el proceso. Cuando llegamos al aeropuerto 2 horas antes, nos acercamos al mostrador de facturación y una chica nos IMPRIMIÓ LAS TRES TARJETAS DE EMBARQUE, COBRANDONOS 66 EUROS POR PASAJERO. Este cobro no es que sea TOTALMENTE ABUSIVO es que debe ser NULO DE PLENO DERECHO, ya que en ningún caso se puede cobrar para embarcar cuando ya has abonado tus billetes con anterioridad. 199 euros por imprimir 3 tarjetas de embarque. Esta situación representa una vulneración de los derechos fundamentales como consumidora. Es inviable que una compañía de transporte aéreo como es Ryanair imponga estas condiciones abusivas, ya que abonar 199 euros para poder EMBARCAR, es totalmente abusiva ( además de los billetes ya comprados) En 2021 el Tribunal Supremo ya dio la razón a los consumidores frente a esto. SOLICITO la devolución inmediata del total de 199 Euros que pagué de forma incorrecta y forzada. Como consumidor, no es mi responsabilidad que su web tenga errores, y no considero coherente tener que pagar 66 Euros por pasajero por imprimir un simple papel, el cual como cliente que ha pagado sus billetes tengo derecho a obtener en el mostrador de la aerolínea, SIN ABONO ALGUNO, como otras compañías de aerolíneas. Espero una pronta resolución a este asunto y la devolución de la cantidad mencionada. De lo contrario, me veré obligado a tomar las medidas necesarias para proteger mis derechos. Sin otro particular, atentamente
Equipaje de cabina
Hechos El día 7 de febrero de 2025, viaje en el vuelo FR6374 con origen en Barcelona y destino París (Beauvais). Al adquirir los billetes, no se solicito embarque prioritario para ningúno de los billetes pero se solicito 1 maleta de cabina de 10kg para uno de los dos pasajeros que viajabamos como equipaje extra. Mientras estabamos en la fila para embarcar paso una trabajadora de la compañía solicitando las tarjetas de embarque, fue recogiendo pasajeros y nos explico al lado de la puerta de embarque que nuestra maleta tenia que facturarse e ir a cabina. Me sorprendió lo acostumbradas que estaban a ese proceso la trabajadoras y que eso no solo nos había pasado a nosotros sino que habia una fila de 7-10 pasajeros en la misma situación. Probablemente el sistema de reserva esta diseñado de tal manera que favorece este tipo de errores lo cual vulnera la seguridad de los consumidores con una posible mala praxis. Una vez ahi tuvimos que pagar para poder embarcarla. No me dieron recibo y me indicaron que me llegaria al correo de la reserva. Amablemente hicimos lo que nos pedian y pagamos por la maleta, en ese momento solicitamos una hoja de reclamaciones donde poder dejar por escrito los hechos, a lo cual nos respondió, "no tenemos y no te la puedo pintar", la respuesta me pareció poco profesional por lo que le pregunté de forma serena y calmada por su nombre, su respuesta fue que no estaba obligada a decírmelo. Además de lo frustrante que fueron estos hechos, toda esta situación de cobrar por el equipaje de mano contradice lo dispuesto en el artículo 97 de la Ley 48/1960, de Navegación Aérea, el cual obliga a transportar gratuitamente en cabina los objetos y bultos que el viajero lleve consigo, siempre que se respeten los límites de peso y dimensiones razonables. En el proceso de embarque se procedió al cobro adicional de la cantidad de 50 euros por concepto de equipaje estándar de para el embarque práctica contraria a lo legalmente establecido. Cabe asimismo recordar que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (sentencia de 18 de septiembre de 2014) ha reconocido que el equipaje de mano constituye un elemento indispensable del transporte de los pasajeros y, por tanto, su transporte no debe estar sujeto a suplementos de precio siempre que se cumplan los requisitos razonables en cuanto a peso y dimensiones. Fundamentos jurídicos 1. Artículo 97 de la Ley 48/1960, de Navegación Aérea, que establece la inclusión del equipaje de cabina en el precio del billete. 2. Jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que ratifica el carácter indispensable del equipaje de mano y la ilegalidad de su cobro adicional en condiciones razonables. 3. Disposiciones de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que prohíben cláusulas abusivas que perjudiquen los derechos del consumidor. Por todo lo expuesto, SOLICITO: a) La devolución inmediata de la cantidad de 50 euros cobrada indebidamente por concepto de equipaje de cabina. b) La confirmación por escrito de la recepción y tramitación de la presente reclamación en un plazo máximo de 1 mes. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria en el plazo señalado, me veré en la obligación de acudir a las autoridades competentes y emprender las acciones legales pertinentes para la tutela de los derechos e intereses de mi representado. Sin otro particular, y a la espera de una pronta respuesta, quedo a su disposición para facilitar cualquier documentación adicional que sea necesaria. Atentamente, Gerard Oliva
pago chek in aeropuerto
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes debido a un cobro abusivo de 60 Euros en concepto de check-in en la ventanilla del aeropuerto. Intenté hacer el check-in online desde la web, pero estuvo dando problemas constantemente, haciendo imposible completar el proceso. Hasta los 40 minutos de antes estuve intentando hacer el check in online hasta que la pagina después de dar error, notificó que se había cerrado la facturación online. Cuando llegamos al aeropuerto casi 2 horas antes, nos acercamos al mostrador de facturación y un chico lo UNICO QUE HIZO FUE IMPRIMIR DOS TARJETAS DE EMBARQUE, COBRANDONOS 30 EUROS POR PASAJERO. Este cobro no es que sea TOTALMENTE ABUSIVO es que debe ser NULO DE PLENO DERECHO, ya que en ningún caso se puede cobrar para embarcar cuando ya has abonado tus billetes con anterioridad. 30 euros por imprimir dos tarjetas de embarque. Esta situación representa una vulneración de los derechos fundamentales como consumidora. Es inviable que una compañía de transporte aéreo como es Ryanair imponga estas condiciones abusivas, ya que abonar 60 euros para poder EMBARCAR, es totalmente abusiva ( además de los billetes ya comprados) En 2021 el Tribunal Supremo ya dio la razón a los consumidores frente a esto. SOLICITO la devolución inmediata del total de 60 Euros que pagué de forma incorrecta y forzada. Como consumidor, no es mi responsabilidad que su web tenga errores, y no considero coherente tener que pagar 30 Euros por pasajero por imprimir un simple papel, el cual como cliente que ha pagado sus billetes tengo derecho a obtener en el mostrador de la aerolínea, SIN ABONO ALGUNO, como otras compañías de aerolíneas. Espero una pronta resolución a este asunto y la devolución de la cantidad mencionada. De lo contrario, me veré obligado a tomar las medidas necesarias para proteger mis derechos. Sin otro particular, atentamente
Servicio prioridad vuelo cobrado de forma abusiva
Por la presenta quiero presentar una reclamación por los siguientes motivos: En primer lugar, a fecha 09 febrero 2025, en el mostrador de Ryanair del aeropuerto de Rabat, al querer presentar la presente reclamación no se me entregó el correspondiente impreso, para que puede formalizar la misma. En segundo lugar, y en el mismo día de autos, el empleado Ayoub Idrissi al realizar la gestión para validar mi tarjeta de embarque ya impresa previamente por mi parte, correspondiente a la reserva F17JMB del vuelo FR6609 Rabat-Madrid de las 22:05h, insistió de manera reiterativa hasta el punto de obligarme a tener que realizar el pago de 432dirhan por el servicio de prioridad de vuelo. Todo ello, pese a demostrarle que la mochila que llevaba como equipaje de mano, cumplía con las medidas exigidas por la compañía (adjunto fotos). Añadir además, que nadie de la plantilla de Ryanair, incluyendo la supervisora presente en ese momento, hicieron nada por colaborar a que pudiera presentar la presente reclamación. Tuvo que ser a base de insistir una y otra vez, el que finalmente consiguiera el nombre del empleado, sobre el que realizo dicha reclamación. Reclamación que realizo al sentirme maltratado, tanto por el trato recibido, como por el abuso del servicio cobrado por parte de la compañía. Solicito por tanto la devolución de los 432 dirhan cobrados de forma abusiva.
Cobro por checking en aeropuerto
No he podido hacer checkin por fallo de su app de Ryanair y me han cobrado 110 € 56€ por equipaje de mano. Es decir mas de lo que cuesta el vuelo
problema con el check in y cobro abusivo
Buenas tardes,Mi pareja y yo tratamos de hacer el check in online de Ryanair un día antes de volar. No pudimos hacer el check in ya que en el mismo había un error. Acudimos al aeropuerto a hacer el check in con más de dos horas de antelación. Tras esperar la cola, llegamos al mostrador 1 hora y 45 minutos antes del vuelo y nos indican que ya no podemos hacer el check in online y deben hacernos un cobro de 55 Libras por pasajero (132 euros en total) cuando el precio de nuestro vuelo fue de 92 euros en total incluidos 20 euros de facturación de equipaje. Hemos tenido que hacer un pago superior al precio del vuelo simplemente por hacer el check in, no habiéndolo podido hacer online por un error de la propia compañía y la app no recargarse. El precio del vuelo eran 92 euros y el precio por hacer el check in 110 libras, superior al precio del vuelo, como hemos comentado. A ello debe añadirse que el error fue de la compañía y que ambos estábamos en la plataforma de facturación de la compañía antes de 2 horas de la salida del vuelo.
Retraso del vuelo mas de 3 horas
Estimados/as señores/as: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Tenerife Norte al de Madrid Barajas Adolfo Suarez que tenía su salida a las 08:40 horas del día 01 de Febrero de 2025 por lo que la llegada normal a Madrid debería haber tenido lugar a las 12:30 horas del día 01 de febrero de 2025. FINALMENTE LLEGAMOS A LAS 15:50 HORAS HORAS DE MADRID. Adjunto los siguientes documentos: - 4 tarjetas de embarque - Nº de pasajeros: 4 El vuelo sufrió un retraso de más de tres horas en la hora de llegada. SOLICITO la compensación económica que corresponde conforme a la legislación europea. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea
Rotura equipaje
Estimados/as señores/as: Contraté un viaje en avión desde el aeropuerto de Alicante a Marrakech con fecha salida a las 19 horas del día 27/12/2024. En el aeropuerto de salida facturé el equipaje, consistente en una maleta grande. Al llegar al aeropuerto de destino, el equipaje llegó deteriorado consistiendo los desperfectos en una rotura de un lado de la maleta. Antes de abandonar el aeropuerto, presenté la oportuna reclamación a la compañía aérea dejando constancia de la incidencia en el Parte de Irregularidad del Equipaje (PIR), adjunto fichero . En el aeropuerto me dijeron que enviara un correo a una dirección para formalizar la reclamación dentro del plazo de 7 días. Así hice, no obtuve respuesta. He mandado 6 mails posteriores, sin respuesta. Cuando consigo hablar con un agente de ryanair por chat, me dicen que requieren de un formulario y que sin el formulario no pueden atender la reclamación (este formulario tenía que estar hecho dentro del plazo de 7 días). En definitiva, SOLICITO, el abono de 150 euros* en concepto de indemnización por los daños sufridos y justificados Sin otro particular, atentamente. * En el Convenio de Montreal se fijan los límites de responsabilidad del transportista hacia los equipajes y la carga. Por destrucción, pérdida, daño o retraso de equipaje (facturado y no facturado) se limita a: 1288 DEG (Derecho Especial de Giro) ‐‐> 1609 € aproximadamente Límites superiores si existe Declaración de Valor Especial de Equipaje.
Reembolso del vuelo por motivos de salud
Estimados señores, Me dirijo a ustedes con el fin de presentar una reclamación contra la aerolínea Ryanair debido a la negativa de reembolso o emisión de un bono para un vuelo que no pudo realizarse por motivos médicos graves. El vuelo en cuestión estaba programado para el día 10 de febrero de 2025 con salida desde Santander y destino Málaga. El billete correspondía a mi padre y mi madre. Sin embargo, mi padre sufrió una crisis lumbar grave, lo que le impide viajar. Contamos con un informe médico del hospital que certifica su estado de salud y la imposibilidad de efectuar el viaje debido a los fuertes dolores y su historial médico, ya que ha sido operado de la espalda previamente. Ante esta circunstancia, nos pusimos en contacto con Ryanair para solicitar el reembolso del importe pagado o, en su defecto, la emisión de un bono para futuras compras. Sin embargo, la aerolínea ha rechazado nuestra solicitud, alegando que no procede la devolución. Consideramos que esta negativa es injusta, ya que la causa de la cancelación del viaje es de fuerza mayor y ajena a nuestra voluntad. Además, otras aerolíneas suelen ofrecer opciones flexibles en estos casos, especialmente cuando se presentan informes médicos que justifican la cancelación. Por ello, solicitamos la intervención de la OCU para mediar en este asunto y lograr que Ryanair reconsidere su decisión, ya sea mediante el reembolso del billete o la emisión de un bono que permita utilizar el importe en un futuro viaje. Quedamos a la espera de su respuesta y agradecemos su atención y ayuda en la defensa de nuestros derechos como consumidores. Si necesitan el informe del hospital estaremos encantados de enviarlo a donde nos digan.
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