En las facturas con fecha de emisión 31 de enero de 2023 y 20 de febrero de 2023, se me ha facturado el suministro de gas a un precio de 0,28 €/kWh, frente al 0,05 €/kWh vigente hasta el 1 de octubre de 2022, fecha en la que Iberdrola Clientes, S.A.U. procedió a la revisión unilateral de los precios.Esta modificación, que implica un incremento superior al 100% respecto al precio anterior, no me ha sido notificada con anterioridad a su entrada en vigor, incumpliendo así los requisitos de transparencia establecidos en el artículo 57 bis de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, que exige la comunicación al cliente de cualquier modificación de las condiciones del contrato con al menos un mes de antelación a su entrada en vigor, incluyendo, en el caso de la revisión de precios, una comparativa de los precios aplicados antes y después de la revisión, así como una estimación del coste anual del suministro y su comparativa con el coste anual anterior.Sin embargo, Iberdrola Clientes, S.A.U no ha cumplido con estas exigencias legales, impidiéndome conocer los nuevos precios antes de su entrada en vigor y compararlos con los de otras compañías suministradoras, incluida la tarifa TUR.Es por ello que, considerando que la revisión de precios con entrada en vigor el 1 de octubre de 2022 no cumple con las exigencias de transparencia establecidas por la Ley, solicita la nulidad de la facturación emitida conforme a la misma y que se rectifique de conformidad a los precios vigentes con carácter previo a su entrada en vigor, con el reembolso de las cantidades cobradas en exceso por este concepto.