Con fecha 01/04/2026, tuve un accidente en el que ustedes, mi compañía, me atribuye responsabilidad total por alcance al vehículo precente. Me dirijo a ustedes con el fin de solicitar formalmente su revisión a la vista de las circunstancias concretas del lugar.
El accidente se produce en una rotonda de dimensiones reducidas, cuya salida conecta de forma inmediata con un paso de cebra, sin distancia de seguridad intermedia que permita una adecuada capacidad de reacción.
Tal y como consta el el parte amistoso firmado por ambas partes el conductor del vehículo delantero reconoce que realizó una frenada brusca al irrumpir un peatón en el paso de cebra, lo que evidencia que dicha maniobra fue completamente repentina y motivada por una falta de anticipación previa.
El paso de cebra se encuentra situado de forma inmediata a la salida de la rotonda.
La distancia entre la trayectoria de salida y el paso es mínima.
La propia configuración de la via limita objetivamente la capacidad de mantener una distancia de seguridad efectiva en ese punto concreto.
En este contexto, la frenada del vehículo precedente resulta súbita e imprevisible, generando una situación de imposibilidad material de reacción incluso circulando a velocidad moderada como era mi caso.
Por todo lo anterior, considerando que no procede la imputación integra de la responsabilidad al vehícuilo posterior, debiendo valorarse al menos una concurrencia de culpas, teniendo en cuenta:
La maniobra brusca del vehículo delantero.
La falta de anticipación ante un paso de peatones cláramente existente.
Y la configuración singular de la vía, que condiciona la distancia de seguridad exigible.
Solicito, por tanto, la reconsideración del expediente y la revisión de la responsabilidad asignada a la luz de las pruebas aportadas.
Quedo a la espera de su respuesta.
Atentamente,
José Ramón Castro Canoa