Hola Raquel,Hemos desestimado tu reclamación, ya que, hemos verificado que se te llegó a hacer la instalación en tu domicilio y por lo tanto, cómo se indica en las Condiciones de Venta a Distancia, si se solicita la cancelación o baja una vez ya se ha realizado la instalación al cliente, a este le corresponde abonar la parte proporcional al periodo de permanencia.Referente a la información solicitada, si esta es requerida por las Administraciones y Fuerzas de los Cuerpos y Seguridad del estado, YOIGO la proporcionará.Actualmente le queda una deuda con YOIGO de 150,00 € correspondiente al impago de la factura de noviembre de 2020 y que adjuntamos al presente correo. El pago lo puede hacer de la siguiente forma:- Por tarjeta: (de crédito o débito) llamando al 1707 opción 3 y hablando con el Departamento de Cobros o por la Web de YOIGO: pago.yoigo.com.- Por transferencia bancaria en la cuenta ES75 0049 1500 08 2110410351 poniendo en el concepto el DNI del titular.- Ingreso en ventanilla sólo en oficinas del Banco Santander, los martes y jueves, de 08:30 a 10:00.- Por ingreso EN EFECTIVO a través de cajeros BBVA (no hace falta tarjeta) con la opción del menú Recibos/Tributos” -- “Introducir datos manualmente”.No obstante mientras tenga deuda, YOIGO seguirá requeriendola.Un saludo.Tu equipo de YOIGO.De: Enviado: miércoles, 24 de febrero de 2021 17:24Para: arbitraje MM Asunto: Respuesta: Solicitud de grabación - (CPTES01207595-42)