Estimados/as señores/as:
El viernes 12 de diciembre les solicité una nota simple en la modalidad urgente (24 horas). Adjunto pantallazo "Solicitud Nota Simple web".
- La información mostrada de acuerdo al pantallazo adjunto es en sí mismo un engaño ya que muestra un importe de 6,90 € cuando el cargo final han sido 38,48€. Como se aprecia en el pantallazo después de la selección de la urgencia del servicio vienen los campos para introducir la tarjeta bancaria
- Introduzco los datos bancarios y me salta una pantalla de confirmación por la entidad bancaria de Nakamoto Europe S.L. por importe de 0 €. Tras aceptar la operación recibo una factura en mi correo electrónico que anexo (Factura.pdf que se corresponde a Factura#: 140288) por importe de 38,48€ y a los minutos un cargo en mi banco de 38,48€.
Su propia web suplanta la web de registradores de la Propiedad de España dando a entender que es la web oficial. Su página web está realizada "en términos confusos", que se basa en hacerse pasar por el Registro de la Propiedad con el uso deliberado de su imagen para confundir y engañar a la gente.
- El 12 de diciembre recibo un correo de solicitud de nota simple denegada: "datos insuficientes, para localizar la finca es necesario aportar datos registrales". Adjunto pantallazo "Solicitud Nota Simple Denegada"
- Les respondo y les comento que no dispongo de más datos para localizar la finca y que por tanto procedan a la devolución del importe cargado ya que no se ha ejecutado el servicio.
- El mismo 12 de diciembre solicito en la web oficial de registradores de España la nota simple con la misma información y a las pocas horas recibo un correo diciéndome que dicha solicitud ha sido denegada. Adjunto pantallazo "Solicitud en la web de Registradores de España"
- El motivo que aduce la web de registradores de España es:
"Motivo: Datos insuficientes, para localizar la finca es necesario aportar datos registrales. La referencia Catastral no es suficiente para localizar la finca"
Y tal como aparece en el encabezado del propio correo:
"Le comunicamos que la siguiente solicitud ha sido denegada, por lo que el importe de la misma no ha sido cargado en su medio de pago."
Efectivamente, compruebo en mi cuenta bancaria y el importe ha sido devuelto al instante.
- Vuelvo a reiterar a "Solicitar-NotaSimple.es" la devolución del importe cobrado indebidamente con engaños, términos confusos y sin haber prestado ningún servicio y recibo el siguiente mail que dice textualmente:
"Queremos recordarle que, tal como se establece en nuestras Condiciones Generales de Uso y Contratación, el servicio ofrecido por SOLICITAR-NOTASIMPLE.ES implica la realización del trámite independientemente del resultado final de la solicitud. Lamentablemente, una vez que el trámite ha sido iniciado, no es posible cancelar la solicitud ni proceder a la devolución de las cantidades abonadas, incluso en el caso de que el Registro rechace la solicitud por falta de datos."
Cosa que el propio Registro oficial sí realizó la devolución al momento al no tener información suficiente para prestar el servicio como he demostrado anteriormente
- Y no sólo eso sino que la empresa reconoce implícitamente que no puede cobrar por un servicio que no ha prestado con la siguiente frase en el correo:
"Si en cambio, no dispone de información adicional para esta solicitud, le ofrecemos la posibilidad de dejar la cantidad abonada en su perfil y solicitar una nota simple para otra propiedad cuando disponga de más datos."
He vuelto a reiterar la devolución del importe y espero que sea devuelto. En cualquier caso viendo la cantidad de infracciones que comete dicha empresa (suplantación de identidad, cobro recurrente de un servicio, información del coste engañosa, negación al desestimiento y devolución de importe en el momento de solicitar el servicio y ver que es un engaño en sí mismo, ausencia de teléfono para poder contactar ) solicito:
• Que la OCU valore la posibilidad de analizar las condiciones de prestación del servicio de esta empresa, en especial en lo relativo a la información previa a la contratación y al ejercicio del derecho de desistimiento, conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y usuarios
Atentamente.