Que el día 21 de diciembre de 2016 se realiza la revisión obligatoria de la instalación de gas de mi domicilio. Dicha revisión es realizada por el servicio de mantenimiento de gas contratado con Iberdrola y en concreto por el nº de instalador 5918 y cif. E871900005.Que dicho instalador según presupuesto de corrección de averías o anomalías aportado por el, declara una anomalía en el calentador de agua de la vivienda presupuestando una avería del cuerpo de agua de dicho calentador por un importe de 145€ de material mas 35 € de mano de obra, que con descuentos por tener contratado el mantenimiento mas IVA hacen un total de 114.95€. Se nos dice que tenemos que llamar al teléfono de atención al cliente de Iberdrola para que envíen un técnico para dicha reparación. Según lo contratado con dicha compañía de mantenimiento el servicio efectuara la reparación en 48 horas dándose aviso un jueves y apareciendo el técnico el martes, (cinco días después).Cuando aparece el técnico manifiesta que ese calentador (mod. junker WR275) tiene mas de diez años y que ya no se reparan ese tipo de calentadores manifestando luego que de hacerse costaría mas que uno nuevo ya que perdía por el cuerpo de agua y no se cuantas cosas mas y dándome presupuesto de una caldera nueva que llevaba en una carpeta que dicho de paso con esa carpeta pensaría arreglar el calentador pues es la única herramienta que llevaba aparte del móvil para iluminar el interior de la misma que en ningún momento desmonto para averiguar de la avería.Que no estando conforme, desestimo el poner una caldera nueva y que tras marcharse el técnico y consultándolo con un amigo de la familia antiguo técnico de calentadores junkers me aconseja que cambie dos pilas que lleva dicho calentador y pruebe a ver si funciona.Que una vez cambiada las pilas y realizada tan simple acción funciona perfectamente.Que hago una reclamación a atención del cliente y me contestan que :Para poder tramitar la baja del servicio de mantenimiento de gas seria necesario, porfavor, que nos indicase un teléfono y franja horaria, con estos datos pasaríamos nota aldepartamento correspondiente que, en la mayor brevedad, le llamaría para gestionarlo y que debo de pagar si me diera de baja hasta Junio que tengo la permanencia. Tambien que las calderas de mas de 10 años no entran en la cobertura.