Hola,
Solicito que esta reclamación sea escalada inmediatamente a un supervisor o al Departamento Legal, ya que la resolución emitida vulnera obligaciones legales básicas, ignora hechos probados y contiene afirmaciones incorrectas que NO se sostienen en derecho.
1. La resolución vulnera la Ley de Consumidores (RDL 1/2007) al negarme derecho de audiencia
Se decidió la devolución sin permitirme presentar alegaciones ni aportar fotos del embalaje original, lo cual constituye un procedimiento manifiestamente defectuoso.
Este comportamiento incumple el deber de información, transparencia y audiencia previa que debe respetar cualquier plataforma que gestiona pago y logística como parte activa de la compraventa.
2. Declarar “embalaje insuficiente” sin prueba es jurídicamente inválido
He solicitado en varias ocasiones una prueba técnica, objetiva y previa al transporte que demuestre que el embalaje era inadecuado.
No se me ha presentado absolutamente nada.
Una simple afirmación no es una prueba y carece de validez legal.
El artículo fue enviado en cuatro sobres acolchados de burbujas, método adecuado, suficiente y utilizado en decenas de envíos anteriores sin ninguna incidencia.
3. El comprador manipuló el producto y rompió el precinto: la devolución es improcedente por ley
El juego Return of the Obra Dinn se envió precintado, condición esencial para su valor como artículo de colección.
He recibido el producto con cierta manipulación y devuelto en un sobre claramente roto y deteriorado, en peores condiciones que las que vosotros alegáis como “defectuosas”.
Según el art. 119 del RDL 1/2007, una devolución debe hacerse en el mismo estado en que el comprador lo recibió, cosa que no ha ocurrido.
Por tanto, esta devolución no es legalmente válida y no puede imputarse al vendedor.
4. Responsabilidad del daño durante el transporte – Art. 147 RD 121/2017 (Reglamento Postal)
La normativa postal es clara:
Los daños ocurridos DURANTE el transporte son responsabilidad del operador logístico.
Para atribuir negligencia al remitente, debe existir prueba fehaciente, no una afirmación genérica.
Dado que:
no existe prueba técnica,
el producto se devolvió manipulado y en peores condiciones que como se envió,
el embalaje de devolución es muy inferior al que yo envié,
vuestra conclusión es infundada y contraria al RD 121/2017.
5. Wallapop tiene contratado un envío con cobertura de daños
El envío no lo contrata el vendedor: lo contrata Wallapop como prestador de un servicio logístico dentro de la transacción.
Por tanto, lo que corresponde legalmente es la apertura de expediente de daños con Correos, NO la imputación automática al vendedor sin prueba.
6. Exijo las siguientes acciones de manera inmediata
Revisión del caso por un supervisor (no agentes de primer nivel).
Apertura del expediente de daños con Correos, tal y como exige el RD 121/2017.
Informe técnico completo, documentado y con fecha, que pruebe objetivamente que el embalaje era insuficiente ANTES del transporte.
Compensación económica correspondiente o anulación de la devolución improcedente.
7. Notificación formal de escalada legal
Si no recibo una respuesta fundamentada y revisada (no una plantilla repetida), procederé a:
Presentar reclamación formal ante la Junta Arbitral de Consumo,
Remitir una queja documentada a la Dirección General de Comercio y Consumo,
Solicitar por escrito el expediente completo del caso por parte del transportista (Correos),
Y, si fuese necesario, iniciar acciones legales por resolución arbitraria, falta de audiencia, y devolución de un producto manipulado en perjuicio del vendedor.
Conservo todas las fotografías, el embalaje original, el embalaje defectuoso de devolución, y el historial completo de comunicaciones, por lo que estoy plenamente capacitado para defender mi posición.
En atención a los hechos, la ley y la evidencia fotográfica, solicito que se revise este caso con la seriedad que corresponde.
Atentamente,
Pablo Jaén Garrido
DNI: 51104722X
Correo/usuario: pablodry20@gmail.com
Usuario Wallapop: pabloj-42707004