Estimados señores: Tenía contratado un viaje en avión desde el aeropuerto de Florencia al de Madrid, que tenía su salida a las 20:30 horas del día 15 del mes de diciembre de 2024 por lo que la llegada normal aMadrid debería haber tenido lugar a las 23:00 horas del día 15 de diciembre de 2024, con un coste de 934,30€. Adjunto los siguientes documentos: 1. Reserva con lastminute, 2. Billetes del vuelo cancelado, 3. Reembolso realizado por parte de Iberia. Nº de pasajeros: 5 Con 30 minutos de antelación del momento de partida, se me ha comunicado, la cancelación del trayecto contratado. SOLICITO el reembolso del importe de los billetes que Iberia ya realizó, el día 03 de enero de 2025, a lastminute y no he recibido ninguna devolución por parte de esta agencia. Llevo tres meses esperando un reembolso que no he recibido. Iberia me confirma, y así aporto documentos, que ya realizó ese pago. Son ustedes los que no hacen el reembolso por el total de los billetes. Sin otro particular, atentamente. Nota informativa: El Reglamento 261/2004 sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, es aplicable a todos los vuelos que: - Salen de un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza - Salen de un Aeropuerto en un tercer país y se dirigen a un Aeropuerto de la Unión Europea, además de Islandia, Noruega y Suiza, cuando la compañía aérea sea de la Unión Europea