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NO cumplieron con lo acordado en la póliza.

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Tu reclamación

A. C.

A: Línea Directa Aseguradora

01/01/0001

El 27 de junio de 2016 contraté un seguro a terceros ampliado con ellos con número de póliza 19106581.El 28 de abril de 2017, me dirigía en mi vehículo a Lourdes desde mi residencia en Gijón. A la altura del PK 60 de la A64 (Francia) el Vehículo se paró, llamé al seguro y nos vino a recoger una grúa.Nos dijeron que nos ponían un hotel, al día siguiente un taxi nos llevaría hasta Gijón de vuelta, y que el martes 2 de mayo repatriarían el vehículo.Llegamos a Gijón, todo correcto, entonces llega el día 2 de mayo y me informan que la reparación del vehículo supera los 2000€, que no puede ser repatriado, porque no esta cubierto por mi póliza y que sólo me lo pueden mover en un radio de 100km al taller que yo elija o repararlo en el deposito en el que se encontraba el vehículo que casualmente también era taller.Yo, enfadado, empiezo a repasar detalladamente la póliza que firmé online a través de la plataforma docusing y veo que, en el PDF que me mandan, de las coberturas complementarias (ADJUNTO) que cubre mi seguro de terceros ampliado está incluida la asistencia en viaje.Dentro de la asistencia en viaje se cubre el remolcaje ampliado tal cómo figura en el articulo 10 de las coberturas complementarias, que cita lo siguiente: En caso de accidente, rotura de lunas o avería ocurrida en Espan~a, Francia, Portugal, Andorra o Gibraltar, que impida al vehículo asegurado circular por sus propios medios, Li´nea Directa se hará´ cargo de los gastos de remolque del vehículo hasta el taller que elija el asegurado en Espan~a.Puesto que había sido una avería, bastante grande además, ocurrida en Francia, según lo acordado en mi póliza, me tendrían que repatriar el vehiculo. ¿verdad? Pues no fué así.Tras infinidad de llamadas de larga duración, durante más de una semana, intentando que me hiciesen caso de alguna manera, pidiéndoles en repetidas ocasiones un correo electrónico para poder mandar el documento, firmado por ambas partes, que acredita lo citado anteriormente, se negaban y repetían una y otra vez que yo no tenía contratado ese servicio. Me sentí absolutamente impotente, porque no solo me negaban que yo había contratado ese servicio, sino que además no me dejaban demostrarles que estaban equivocados, y que yo, ya había pagado ese servicio.Finalmente tuve que pagar una grúa para que me repatriasen el vehículo, que me costó cerca de 700€, además de pasar 2 semanas sin dormir.

Mensajes (4)

Línea Directa Aseguradora

A: A. C.

22/06/2017

ES_EMJExpediente: 104556399-00¡Hola! Gracias por utilizar nuestra plataforma de reclamación online.Estamos intentandocontactar contigo para poder orientarte en los temas que nos planteas y no ha sido posible localizarte. Para que te podamos ayudar, por favor,llámanos al teléfono 91 791 22 90 de lunes a viernes en horario de 9:00 a 18:00 y pregunta por el agente Esther Marcos ,sin olvidarindicarnos el número de expediente que figura en el encabezado de este escrito.Quedamos a la espera de tu llamada.Un saludoFrancisco ToméResponsable de Suscripciones y Administración Fax: 913 009 002Tel.: 913 009 154 - 902 300 188www.ocu.org/contacto

Línea Directa Aseguradora

A: A. C.

06/09/2017

DATA NOT AVAILABLE

Línea Directa Aseguradora

A: A. C.

25/09/2017

DATA NOT AVAILABLE

Línea Directa Aseguradora

A: A. C.

08/11/2017

Número de expediente: 104634214-29 Estimado Socio: Nos ponemos nuevamente en comunicación con Usted, ante la falta de respuesta del Defensor del Asegurado.Llegados a este punto, y dado que la empresa no se aviene a una solución amistosa que evite otras vías de reclamación, le comunicamos que esta vía de reclamación se ha agotado dado que somos un organismo privado sin capacidad coercitiva o poder sancionador. En la situación actual le informamos de la posibilidad, si lo desea, de llevar a cabo la reclamación a través de otras vías de las que dispone: a) Dirección General de Seguros: la DGS no entra en mérito de cuestiones técnicas como puede ser la valoración de una pericial. :www.dgsfp.mineco.es/ :www.dgsfp.mineco.es/reclamaciones/index.asp O bien, finalmente sería necesario que acudiera a Tribunales de Justicia Ordinarios. Deberá tener en cuenta la cantidad a reclamar (o en su defecto, la que se pudiera reclamar). Con la Ley de Enjuiciamiento Civil, si la cuantía de lo reclamado no supera los 2000 Euros no es necesario acudir provisto de Abogado ni de Procurador. Para cantidades superiores sí que es necesario interponer el correspondiente pleito provisto tanto de Abogado como de Procurador. Puede informarse de los trámites en la página web del Ministerio de Justicia, www.mjusticia.es (canal ciudadano y canal profesional) y www.justiciagratuita.es. Si desea ampliar información sobre la materia, le invitamos a consultar nuestra web :www.ocu.org/reclamar-en-los-tribunales-ojo-a-los-plazos-s405524.htm:www.ocu.orgamites-y-reclamaciones/a-juicio-sin-abogado-s101621.htm Sin otro particular, y agradeciéndole la confianza depositada en la Asesoría de la OCU, aprovechamos la ocasión para enviarle un cordial saludo.Asesoría de OCUC/ Albarracín, 2128037 MADRID


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