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Hyundai incumple garantía de venta

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Garantía

Tu reclamación

O. D.

A: *Hyundai Motors España*

04/10/2025

El pasado 21/02/2025 compré en el concesionario Hyundai Yuncar Motor (Calle Hormigoneras, Alcorcón) el vehículo de ocasión Hyundai Tucson 1.6 CRDI 136cv STYLE 48V DT. A los pocos meses, en concreto el pasado 8/09 (a penas 6 meses después) ha presentado una avería grave por la que el vehículo lleva inmovilizado desde entonces. La avería consiste en el doble disco de embrague y volante de motor. El mismo día me pongo en contacto con ustedes de forma telefónica y les expongo la situación y directamente me derivan a la empresa con la que contratan la garantía externa, es decir GARANTIPLUS, alegando que son ellos los responsables de la reclamación de avería. Así procedo. El coche es llevado en grúa a la Hyundai más cercana a mi domicilio. Adjunto informe de entrada a taller así como descripción del profesional responsable de Hyundai Automóviles CLM donde se encuentra el vehículo actualmente así como presupuesto estimado de la reparación. Tras ser inspeccionado por los mecánicos de dicho taller y tras una valoración inicial, la empresa GARANTIPLUS envía un perito el pasado 25/9. Posteriormente determinan que no se hacen cargo de tal avería acogiéndose al artículo 13 punto 7 de dicho contrato y punto 13 que hace alusión a las piezas no garantizadas y averías causadas por mal uso o negligencia en la utilización del vehículo. Dando por hecho un uso negligente por mi parte, hecho que nunca se ha producido, y que en cualquier caso tendría que ser demostrado por cualquiera parte responsable de la garantía. Para proceder al peritaje tuve que dar mi consentimiento al taller para que abriesen la caja de cambios y poder ser valorada, cuyos costes se presuponen que también corren de mi parte. Vuelvo a su concesionario para indicarles que el problema sigue causándome graves perjuicios y recordarles que, según viene indicado en el contrato que ustedes suscriben con GARANTIPLUS cito textualmente el punto 19 del contrato referente a la garantía legal: "El presente contrato de garantía mecánica europea tiene la naturaleza jurídica de garantía comercial[] del modo se recuerda que existe una garantía legal de conformidad frente al vendedor del coche a la que tiene derecho el beneficiario regulada en el Titulo IV del libro II de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios que en modo alguno se ve afectada para la presente garantía comercial. Dicha Ley expone en su a artículo 120 y siguientes que la responsabilidad de la garantía legal recae siempre sobre el vendedor profesional (durante un plazo de 2 años en bienes nuevos y de 1 año en bienes de segunda mano) incluyendo vehículos, independientemente de cualquier garantía comercial externa. Por tanto, les solicito formalmente que asuman la reparación de la avería, incluyendo piezas, mano de obra así como gastos asociados. A día de hoy sigo sin respuesta por su parte. Ruego me den una propuesta de solución a la mayor brevedad posible o seguiré adelante con los trámites legales pertinentes.


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