Estimados/as señores/as: Soy titular del contrato numero 331134410 de suministro eléctrico suscrito con su compañía.El pasado mes de septiembre de 2023 les hice una reclamación y no me contestaron y no hicieron caso a nada, el numero de la reclamación es 225636600. Les vuelvo a enviar la reclamación que les hice el 26 de septiembre :En la factura, de la que adjunto copia, es una factura excesiva en lo que se refiere a consumo. Iberdrola nos dice que el contador estaba roto y no contaba bien y en el mes de julio lo pusieron nuevo. El consumo medio aproximado nuestro es de 65 € , no entiendo que nos cobren abusivamente el importe de 3950,87,me han facturado una media de 709.5 Kw/h mes y la media de esta vivienda o de cualquier vivienda son unos 350 kwh al mes, es decir que nos han facturado el doble del consumo habitual. El 4 de octubre de 2023 nos dice iberdrola que si no pagamos nos cortaran la luz. El Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y aquí su artículo 96, dice : 2. En el caso de comprobarse un funcionamiento incorrecto, se procederá a efectuar una refacturación complementaria.Si se hubieran facturado cantidades inferiores a las debidas, la diferencia a efectos de pago podrá ser prorrateada en tantas facturas mensuales como meses transcurrieron en el error, sin que pueda exceder el aplazamiento ni el periodo a rectificar de un año.Si se hubieran facturado cantidades superiores a las debidas, deberán devolverse todas las cantidades indebidamente facturadas en la primera facturación siguiente, sin que pueda producirse fraccionamiento de los importes a devolver.En este caso, se aplicará a las cantidades adelantadas el interés legal del dinero vigente en el momento de la refacturación. En el caso de que el error sea de tipo administrativo, los cobros o devoluciones tendrán el mismo tratamiento que el señalado anteriormente.Lo que indica este decreto que el importe a subsanar no puede ser superior a 1 año. Solicito: que modifiquen la factura que nos intentan que paguemos, modificando a 1 año el consumo y modificando la media de kwh consumidos mensualmente ya que los 709,5 son abusivos.Sin otro particular, atentamente.xxxxx