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Cobro de permanencia Servicio Mantenimiento Gas

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P. S.

A: IBERDROLA CLIENTES

07/08/2017

Hechos:- Con fecha 27 de junio firmé el cambio de compañía suministradora de electricidad y gas.- En la baja cursada por la nueva suministradora, al parecer, no se encontraba también la del servicio de mantenimiento de gas (SMG), al ser un servicio independiente- Hoy 7 de agosto de 2017 recibo carta postal en mi domicilio con factura fechada el 31 de julio con un cargo de 10,61 € (8,77 + IVA)- Accedo a la web de Iberdrola para ver si ese contrato estaba en vigor. Me sirve el usuario y contraseña de cuando tenía contratadas electricidad y gas.- Observo que el contrato del Servicio de Mantenimiento de Gas (SMG) tiene fecha de alta 29/06/2017 (como se ve en documento adjunto). En esa fecha fue cuando me di de baja de los servicios y no he firmado ningún contrato nuevo con Iberdrola.- Llamo al teléfono de atención al cliente y solicito la baja de ese servicio, puesto que no lo he contratado.- Me indican que esta baja tiene una penalización de 70€ (aprox.) porque así lo indica el contrato.- Les señalo que no he firmado ningún nuevo contrato con Iberdrola.- Me dicen que el contrato lo firmé en abril de 2012 (junto con el de suministro de gas) y que se renueva anualmente.- Les indico que en el apartado de Condiciones del contrato de SMG de la web no aparece ninguna condición y una fecha en la que, les reitero, no he firmado nada.- Me indican que me envían una copia del contrato original en papel (cuando desde el inicio estoy suscrito a todas las comunicaciones digitalmente), y que si quiero ver mi firma tengo que ir a oficina física.A todo esto entiendo que:- Para poder darme de baja de un servicio (supuestamente renovado automáticamente en el mes de abril) y que no he utilizado en este tiempo ni se me ha realizado ninguna revisión ni mantenimiento preventivo, se me exige el pago de todo un año.- Si ese servicio fue firmado conjuntamente con el de suministro de gas, a la baja de este debería haber sido cancelado el primero también.- Que no pudo ser firmado de forma independiente en 2012, puesto que la propia web de Iberdrola lo descarta indicando como fecha de inicio el 29 de junio de 2017 y no se facilita copia de condiciones generales ni particularesPor tanto, solicito:- La baja del servicio desde la fecha de cambio de baja del suministro de gas- La anulación del pretendido cobro de penalización por una permanencia que no se corresponde con los contratos firmados y expuestos por Iberdrola en su web (apartado clientes)- La devolución del importe ya cobrado en la factura de fecha 31 de julio de 2017 (factura emitida y pasada a cobro el mismo día)

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IBERDROLA CLIENTES

A: P. S.

05/09/2017

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