Estimado cliente,
La decisión de no renovar es conforme al artículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro, y a efectos de dejar constancia de que la comunicación de no renovación se ha realizado dentro del plazo legal mínimo de dos meses previo al vencimiento.
Lamentamos no haber podido renovar sus pólizas. La decisión de no renovación obedece a criterios técnicos de suscripción y selección de riesgos, conforme a la política interna aplicable en cada vencimiento. Le recordamos que las pólizas tienen duración anual, y que, llegado el vencimiento, tanto usted como la compañía pueden decidir no prorrogar el contrato, mediante la comunicación en tiempo y forma previstos en la normativa y en las condiciones de la póliza. En su caso, la compañía ha ejercitado su derecho de no prorrogar los contratos en los vencimientos indicados, habiéndose realizado la comunicación correspondiente con antelación suficiente.
Sentimos las molestias que le haya podido ocasionar,
Tuio
tuio.com
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