La sentencia sobre hipotecas IRPH, inminente

El día 3 de marzo se conocerá la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre la abusividad de la cláusula del IRPH. Si la justicia da la razón a los usuarios, estos podrán reclamar a las entidades la devolución de lo que han pagado de más.
Después de un largo proceso, el día 3 de marzo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea se pronunciará sobre las hipotecas IRPH, zanjando así la polémica.
Hipotecas IRPH, una trampa para el consumidor
Miles de consumidores contrataron en su momento hipotecas que usaban como índice de referencia el IRPH.
Lamentablemente, no tenían toda la información para elegir bien: muchos bancos no informaron a sus clientes de manera clara y comprensible de que el IRPH es un índice que se calcula teniendo en cuenta los datos que la propia entidad proporciona, sin explicar con cuadros comparativos históricos la evolución del IRPH y Euribor, una información que hubiera permitido al cliente ver que el IRPH siempre ha estado por encima del Euribor. Las cifras son muy elocuentes: haber optado por una hipoteca referenciada al Euribor en vez de al IRPH, le hubiera supuesto un ahorro anual de más de 1.000 euros.
Un proceso largo y complicado
En OCU lo tenemos claro: las cláusulas de las hipotecas IRPH son poco transparentes y abusivas, Por eso llevamos años defendiendo en los tribunales el derecho de los consumidores a que se eliminen estas cláusulas de sus contratos y a ser compensados.
Aunque el Tribunal Supremo estableció la validez del IRPH en una sentencia de diciembre de 2017, algunos jueces que no estaban conformes con esa interpretación plantearon cuestiones prejudiciales ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea… y en Europa pueden enmendarle la plana a los tribunales españoles (de hecho, no sería la primera vez que esto sucede).
De entrada, hace unos meses conocimos el dictamen del abogado general del TJUE, que era favorable a los usuarios, pues dictaminaba que el que el IRPH sea oficial no significa que sea transparente. Para el abogado general europeo, la cláusula de IRPH debe someterse a control de transparencia, de manera que el consumidor debe estar en condiciones de valorar, basándose en criterios precisos, las consecuencias económicas que se derivan de la aplicación de ese índice. De no cumplirse esos requisitos de transparencia, estamos ante una cláusula abusiva (y nula), que debe eliminarse de los contratos. Además, los clientes deben ser compensados por el uso del IRPH en las hipotecas.
Este dictamen no es vinculante… pero sí lo es la próxima sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que se conocerá en pocos días.
El TJUE decide el 3 de marzo
Ahora el Tribunal de Justicia de la Unión Europea zanjará definitivamente la cuestión, estableciendo si la incorporación en los contratos del índice IRPH debe someterse o no a los controles de transparencia, y determinando su posible abusividad en caso de que no se superen esos controles.
¿Afectado por las hipotecas IRPH?
Si la sentencia del TJUE sobre hipotecas IRPH es favorable, los consumidores afectados podrán reclamar a las entidades:
- la eliminación del IRPH de sus contratos y
- la devolución de las cantidades pagadas de más, junto a los intereses correspondientes.
Además, si es este el caso, el Gobierno debería elaborar de manera urgente un mecanismo extrajudicial de reclamación y devolución, para así agilizar el trámite y evitar que los consumidores tengan que acudir a los tribunales para recuperar las cantidades que han estado pagando de más. En caso contrario, podríamos asistir al colapso de los juzgados, como sucedió con las reclamaciones de clausula suelo.
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