RECLAMACIÓN FORMAL ANTE LA OCU
Incumplimiento grave de contrato de viaje combinado – Solicitud de indemnización
adecuada
DATOS DE LOS RECLAMANTES
Cecilia de Blas Pino
DNI: 06015938N
Teléfono: 616 934 171
Correo electrónico: cecideblas@hotmail.es
Ignacio de Ledesma Soler
DNI: 09087524V
Teléfono: 657 618 816
Correo electrónico: ignadeledes@gmail.com
EMPRESA RECLAMADA
Viajes El Corte Inglés, S.A.
Sede social: Paseo de la Castellana, 243 (Madrid)
DATOS DEL VIAJE
Viaje combinado: “Cuba Clásica, Cayo Santa María y Varadero”
Localizador de reserva: 244ICKGA
Fecha de contratación: 05/02/2024
Fechas del viaje: julio de 2024
Importe total abonado: 5.181,32 €
EXPOSICIÓN DE LOS HECHOS
Los reclamantes contrataron con Viajes El Corte Inglés un viaje combinado a Cuba,
expresamente ofertado como un viaje de alta gama, con hoteles de cinco estrellas, servicios
“todo incluido” y una clara diferenciación entre una parte cultural y otra de descanso y lujo.
Desde el inicio del viaje se observaron deficiencias relevantes en los alojamientos de La Habana,
Cienfuegos y Trinidad, si bien la situación alcanzó un nivel grave e inaceptable durante la
estancia en Cayo Santa María, a par�r del 20 de julio de 2024, donde se produjeron
incumplimientos contractuales sistemá�cos, entre otros:
1. Incumplimiento de la categoría hotelera y de las condiciones ofertadas, al no
corresponder el alojamiento a un hotel de cinco estrellas ni reunir condiciones mínimas
de mantenimiento, higiene y salubridad.
2. Estado insalubre de los servicios de restauración, con presencia de insectos (moscas y
cucarachas) en zonas de comida, reu�lización de alimentos durante varios días y escasez
extrema de productos básicos.
3. Falta absoluta de personal y de servicios esenciales, incluyendo limpieza de
habitaciones inexistente durante varios días, inexistencia de atención al cliente y
servicios internos no prestados.
4. Servicios “todo incluido” claramente inexistentes, con bares cerrados, restaurantes
temá�cos no opera�vos y servicios descritos en la documentación contractual que
nunca se ofrecieron.
5. Desatención grave del servicio de asistencia en des�no, contratado expresamente
como “teléfono de urgencias”, que no atendió una situación de enfermedad real hasta
pasados dos días, pese a la insistencia de los reclamantes, encontrándose estos en un
país extranjero y en evidente situación de vulnerabilidad.
Todo ello se acredita mediante pruebas fotográficas, que evidencian condiciones insalubres,
presencia de insectos, deterioro de instalaciones y falta total de correspondencia entre lo
contratado y lo recibido.
Tras formular reclamación ante Viajes El Corte Inglés, la empresa ofreció una indemnización
claramente insuficiente, que no guarda proporción alguna con la gravedad de los hechos ni con
los perjuicios económicos, �sicos y morales sufridos, mo�vo por el cual fue rechazada.
FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Los hechos descritos cons�tuyen un incumplimiento grave del contrato de viaje combinado,
vulnerando, entre otros, los siguientes preceptos:
• Ar�culo 150 y siguientes del Real Decreto Legisla�vo 1/2007, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que
obliga al organizador y minorista a ejecutar correctamente el contrato conforme a lo
pactado.
• Ar�culo 161 RDL 1/2007, que reconoce el derecho del viajero a una reducción adecuada
del precio y a una indemnización por daños y perjuicios cuando los servicios no se
presten conforme al contrato.
• Ar�culo 1101 del Código Civil, por incumplimiento de las obligaciones contractuales.
• Ar�culo 1258 del Código Civil, que impone la buena fe contractual, claramente
vulnerada al comercializar un viaje de “lujo” con pleno conocimiento del estado real de
los servicios ofrecidos.
Resulta especialmente relevante que la situación general del país era conocida por la agencia
en el momento de la comercialización, sin que se informara en ningún momento a los
consumidores ni se ajustara el precio, lo que agrava la responsabilidad del organizador.
SOLICITUD
Por todo lo expuesto, SOLICITAMOS A LA OCU:
1. Que admita la presente reclamación y medie ac�vamente frente a Viajes El Corte Inglés.
2. Que se inste a la empresa reclamada a abonar una indemnización económica adecuada,
equivalente como mínimo a la devolución íntegra del importe del viaje (5.181,32 €), así
como una compensación adicional por los daños �sicos, morales y sanitarios sufridos.
3. Que se advierta a la empresa de que, en caso de no alcanzarse una solución sa�sfactoria,
los reclamantes ejercitarán acciones adicionales ante los organismos de Consumo
competentes y, en úl�ma instancia, ante la vía judicial civil, sin descartar la reclamación
de intereses y costas