Estimados/as señores/as:
En fecha 27/08/2018 adquirí vía internet un grifo de fregadero marca GROHE, modelo ESSENCE, cuyo PVP actual es de 590€, con 5 años de garantía. Me decanté por su marca, a pesar de que el coste era mayor que el resto de opciones que barajaba, por la fiabilidad que me ofrecía y el servicio posventa, teniendo en cuenta que ya había instalado otros productos de la misma.
Antes de cumplir dos años (agosto 2020), el grifo comienza a mostrar un funcionamiento defectuoso (el mecanismo de teleducha que permite cambiar de chorro a ducha se queda fijo en ducha). Me pongo en contacto con el SAT, desde donde se gestiona ágilmente la garantía, procediendo a la sustitución de la teleducha. Debo señalar que la tienda física donde gestiono el cambio me advierte que es un modelo que está dando muchos problemas, y que ha sido necesaria la sustitución de esa pieza en muchas ocasiones.
Ni tan siquiera un año después (junio 2021), el problema vuelve a aparecer, algo que me hace sospechar que el problema no es puntual, sino que puede deberse a un defecto de diseño o de fabricación de la pieza (teleducha) que se está sustituyendo.
Igualmente, gracias a la garantía, el grifo vuelve a funcionar una vez reemplazada la pieza por una nueva.
Antes de pasar 2 años más (abril 2023), vuelve a suceder lo mismo, y de nuevo, desde el SAT se me ofrece la sustitución de la teleducha de manera gratuita, haciendo uso de la garantía (tercer cambio de la misma pieza en menos de 5 años).
Teniendo en cuenta que la garantía original del producto estaba próxima a su finalización, y ante el temor de que la teleducha siguiera dando los mismos problemas en el futuro, decidí dejar por escrito lo sucedido, y solicitar qué solución se me podría ofrecer si, pasado el tiempo de garantía, la pieza volvía a fallar en un plazo razonable de tiempo desde su sustitución (adjunto email). Por desconocimiento de lo que dicta la normativa en materia de garantías y derechos del consumidor, y por la confianza que una marca como GROHE me ofrecía, no caí en que lo más adecuado, teniendo en cuenta la reiteración del problema, hubiera sido solicitar la sustitución completa del producto por otro modelo diferente de similares características.
Telefónicamente se me contactó y se me informó de que el problema se había atajado y no volvería a suceder, pero que en caso de no ser así, Grohe daría solución y en ningún caso me correspondería asumir el coste de nuevas piezas. Posteriormente recibí un email de la misma persona, en el que se me indicaba textualmente que: "EN EL CASO DE QUE LA DUCHITA LE VUELVA A FALLAR, PROCEDEREMOS COMO QUEDAMOS EN LA CONVERSACIÓN TELEFÓNICA". Considerando el prestigio de la marca, cómo habían solventado las anteriores gestiones y la confianza que dicho agente me transmitió, entendí que el producto quedaba respaldado ante posibles incidencias futuras derivadas del mismo problema.
En el momento presente, casi 3 años tras la última sustitución, la duchita se ha vuelto a estropear. Tras emails y varias conversaciones con Grohe, la única respuesta recibida es que, al haberse superado los 5 años de garantía original del grifo, debo adquirir la pieza de sustitución (170€ más IVA). Por otro lado, se me informa de que la garantía de piezas sustituidas en garantía es de 1 año.
A mi modo de ver, y conforme a la normativa vigente en materia de defensa de consumidores y usuarios, así como al principio de durabilidad exigible a bienes de esta naturaleza y precio, no resulta razonable que un componente esencial del producto falle de forma reiterada en intervalos inferiores a 3 años, habiendo sido sustituido en varias ocasiones sin que se haya solucionado el origen del problema. Esta reiteración constituye, a todos los efectos, una falta de conformidad persistente del bien, conforme a lo previsto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.
Asimismo, debe tenerse en cuenta que el compromiso adquirido por Grohe por escrito, en el que se indicaba que se daría solución en caso de repetirse la incidencia, generó una expectativa legítima de cobertura que ahora no está siendo atendida. Dicho compromiso, además, resulta vinculante conforme al principio de buena fe contractual recogido en el Código Civil.
Señalar que, según la ficha técnica, el grifo está diseñado para presiones entre aproximadamente 1 y 5 bar, y yo dispongo de un limitador de presión tarado a 4 bar (se adjunta foto), por lo que queda descartada la rotura de dicha pieza por un uso inadecuado o por exceso de presión.
Adjunto los siguientes documentos:
1- Factura original de compra.
2- Comprobantes de las 3 sustituciones de la pieza teleducha en el SAT de Grohe.
3- Email a Grohe solicitando cómo actuar en caso de que el problema se repitiera de nuevo fuera del periodo de garantía.
4- Email de respuesta Grohe mencionando solución si el problema se presentaba de nuevo.
5- Fotos manómetro de presión.
Cabe señalar que la reiteración de reparaciones sin resolución definitiva del problema habilita al consumidor, conforme a la normativa vigente, a exigir la sustitución del bien cuando las reparaciones no resultan eficaces o suponen una carga desproporcionada.
Por todo lo expuesto, y teniendo en cuenta tanto la reiteración de la incidencia como el compromiso previo adquirido por la marca, solicito que procedan a la sustitución completa del grifo por otro modelo diferente de similares prestaciones, que garantice un funcionamiento adecuado y duradero, en el plazo más breve posible.
En caso de no obtener una solución satisfactoria, me veré en la obligación de ejercer las acciones que me asisten en derecho a través de los organismos de consumo competentes.
Confío en que una marca del prestigio de GROHE sabrá ofrecer una solución acorde con los estándares de calidad y atención al cliente que la caracterizan.
Sin otro particular, atentamente.