Número de expediente: 104043101-54Estimado Socio:En relación a su consulta le indicamos que en nuestro país rige la economía de mercado en la prestación de servicios, ello conlleva la libre fijación de precios y condiciones contractuales en base a éste principio, las empresas pueden escer aquellas tarifas y condiciones de venta que estimen oportunas para alcanzar sus objetivos mercantiles.A fin de proteger al consumidor evitando que se cometan abusos la Ley de Defensa de los Consumidores y Usuarios esce el derecho del consumidor a la información de los precios y tarifas de los bienes y servicios prestados o a aquella información que le permita conocer de forma concreta el precio de un producto y/o servicio y sus condiciones. Para evitar sorpresas desagradables, es recomendable solicitar a cualquier empresa o profesional libre (cerrajeros, médicos, carpinteros, cristaleros, etc) un presupuesto previo, detallado y desglosado en la medida de las posibilidades del trabajo a realizar antes de llevarlo a cabo, dado que con posterioridad, una vez realizado el trabajo, es más difícil reclamar.No obstante, puede cursar denuncia ante los servicios de consumo municipales o autonómicos o bien presentar la reclamación directamente ante la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC), con el fin de que los servicios de consumo investiguen si los hechos pueden ser objeto de sanción administrativa así como intentar llevar a cabo con este profesional o empresa una mediación con el objeto de solucionar su problema.Esperamos que esta información pueda serle de utilidad y aprovechamos la ocasión para agradecerle la confianza depositada en nuestra Organización. Sin otro particular, le saluda atentamente,Asesoría de OCUC/ Albarracín, 2128037 MADRID click en el siguiente enlace::na2.se.voxco.com/se/?st=6M9NIk9SWq8HyzjlFgxF4W8jaSnOeP%2f%2fnYmzdePx9%2bhpUU96hYFfCA%3d%3durlimport=1questlist=SESSIONIDSESSIONID=g_SsessionId