Clasificación
- Reclamaciones totales
- 303
- Numero de reclamaciones*
- 83
- Reclamaciones cerradas *
- 81%
- Tiempo medio de respuesta*
- 7 Días
Puntuación de la empresa
La puntuación que se refleja de la compañía muestra su disposición para resolver un problema de consumo de forma amistosa.
Para el cálculo de la puntuación se tienen en cuenta 3 elementos principales, cada uno de los cuales representa un porcentaje de la misma:
La puntuación se calcula tomando como base los últimos 12 meses.
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Puntuación
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Últimas reclamaciones
Autorización
Buenos días, desde viernes estoy intentando hacer una autorización de número 014046225125, llame el viernes y me dijeron que yo tenía que ver con el médico, porque el código 3062 no correspondía con el código de Sanitas, intentamos varios códigos sin éxito. En el día de la infiltración cultanea, para una cicatriz de queloide en el umbligo que está como una piedra y cuando me siento, cuando meto pantalón, o cuando tengo gases o engordo algo es causa de grande molestia. Fue enviado correo el viernes 11/08 y 15/08. En rel 15/08 del procedimiento llame otra vez para autorizar, hablaron con el médico, hablaron con la secretaria que informaron delante de mí que usan el listado de CGCOM.Es, donde han sacado el código para la infiltración. Dijeron para esperar 15 minutos, y llame todavía en el hospital y me dijeron para esperar un poco más eso a las 16horas, a las 17 horas , y no pedieron informe no pidieron nada, me enviaron correo para entrar en contacto. Yo llamé más tarde a las 19 h porque estaba en quirófano, y me dijeron que solo evaluarían si yo adjuntara un informe médico. Hablaron con el médico, con la secretaria y no pedieron nada, creo que atención me han” tomado por pelo” solicité que Sanitas me enviara su listado de códigos propios , ya que el código 3062 que está en el CGCOM.ES no corresponde con el código de Sanitas. Entiendo que si Sanitas tienes códigos diferentes de la CGCOM.ES, debe informar a los centros hospitalares los códigos, porque los médicos no pueden INVENTAR códigos médicos, hay que estar en algún sitio para que puedan informar y poner en sus solicitudes de autorizaciones y el código 3062 está debidamente dentro de la CGCOM.ES. Pero en autorización dijeron que no podían enviar el código ni al médico y ni a mi, haciendo la solución del caso imposible. Después de tantas molestias causadas a mi. Que fueron muchas llamadas más de 6 operadores, cada uno habló una cosa diferente y muchos correos, tiempo perdido y estress . Y más el email de reclamación es el mismo de atención al cliente segundo información de la página Solicito autorización.
Centro Milenium Dental Nuevos Ministerios
Estimada Directora, Me dirijo a usted para trasladarle formalmente mi preocupación por la evolución clínica que he sufrido tras el tratamiento realizado en su clínica y solicitar su intervención para encontrar una solución adecuada. Como conoce, durante el tratamiento implantológico uno de los implantes migró al seno maxilar, siendo necesaria una intervención quirúrgica para su extracción. Tras dicha cirugía comenzaron una serie de complicaciones que han supuesto un importante deterioro de mi estado de salud y de mi calidad de vida. En concreto: Desarrollé una sinusitis odontógena que precisó tratamiento por parte del Servicio de Otorrinolaringología con antibióticos, corticoides y lavados nasales durante un periodo prolongado. A pesar del tratamiento médico continuado, la evolución no ha sido favorable. Las pruebas radiológicas realizadas muestran una sinupatía persistente del seno maxilar afectado, así como un defecto óseo en el suelo del seno relacionado con la extracción del implante. He sido valorado tanto por Otorrinolaringología como por Cirugía Maxilofacial. Ambos especialistas consideran que la situación clínica persiste y el Servicio de Otorrinolaringología ha indicado la necesidad de realizar una cirugía endoscópica funcional del seno (FESS/CENS) en quirófano para intentar resolver la enfermedad sinusal crónica existente. Adjunto informe del TAC y el volante de programación de la intervención quirúrgica (FESS/CENS) en quirófano bajo anestesia general, prescrita por el Servicio de Otorrinolaringología. Ambos documentos acreditan la persistencia de la enfermedad sinusal y la indicación de tratamiento quirúrgico hospitalario derivada de la evolución clínica descrita. Asimismo, el cirujano maxilofacial me ha informado de que, si dicha intervención no resolviera el problema, podría ser necesaria una nueva cirugía por vía oral para eliminar tejido inflamatorio residual, valorar el implante remanente y reconstruir la zona mediante un colgajo vascularizado. Durante estos meses he tenido que seguir tratamientos continuados con medicación, realizar lavados nasales diarios, acudir a múltiples consultas médicas y someterme a diversas pruebas diagnósticas, además de convivir con molestias faciales, presión en el seno, cefaleas, goteo postnasal y limitaciones en mi vida diaria. Entiendo que toda actuación médica puede conllevar riesgos y complicaciones, pero considero que la situación clínica actual excede razonablemente lo esperable en la evolución habitual de un tratamiento implantológico y merece una revisión completa por parte de la clínica. Por ello, les solicito formalmente: Una revisión exhaustiva de todo mi caso por parte de la dirección médica y del equipo que intervino en el tratamiento. Una reunión presencial para analizar la evolución clínica y las posibles causas de las complicaciones producidas. Que la clínica valore asumir la responsabilidad que pudiera corresponder respecto a las complicaciones derivadas del tratamiento y a los procedimientos adicionales que ahora son necesarios para intentar resolverlas. La entrega, si aún no obra completamente en mi poder, de toda la documentación clínica relacionada con el tratamiento, incluyendo historia clínica completa, consentimiento informado, registros quirúrgicos, planificación implantológica y pruebas radiológicas realizadas. Que la clínica valore la compensación que corresponda por los perjuicios ocasionados, incluyendo la devolución del importe abonado o financiado por un tratamiento cuya evolución ha dado lugar a complicaciones graves y que, en la actualidad, no ha alcanzado el resultado funcional esperado, encontrándose además pendiente de nuevas intervenciones quirúrgicas derivadas de dichas complicaciones. Que dicha revisión clínica y la propuesta de resolución me sean comunicadas por escrito. Hasta la fecha, y como consecuencia de estas complicaciones, he tenido que ser atendido por los Servicios de Otorrinolaringología y Cirugía Maxilofacial del sistema sanitario, encontrándome actualmente pendiente de una intervención quirúrgica hospitalaria bajo anestesia general. La necesidad de una intervención quirúrgica hospitalaria varios meses después de la cirugía implantológica pone de manifiesto que las complicaciones derivadas del tratamiento inicial continúan activas y pendientes de resolución. Mi intención en este momento es resolver esta situación de manera dialogada y constructiva, confiando en que la clínica analizará el caso con la seriedad que merece y buscará una solución adecuada para un proceso que ya se prolonga durante varios meses y que continúa requiriendo tratamiento especializado. Quedo a la espera de su respuesta para poder mantener una reunión en la fecha que consideren oportuna. Les agradecería una respuesta por escrito en un plazo de 15 días desde la recepción de la presente, indicando la posición de la clínica y la propuesta de resolución que estimen oportuna. Confío en que esta situación pueda resolverse de forma amistosa y sin necesidad de acudir a otras vías de reclamación. Por ese motivo les traslado esta comunicación con carácter previo, ofreciéndoles la oportunidad de analizar conjuntamente el caso y plantear una solución satisfactoria para ambas partes. Atentamente,
RECLAMACIÓN Y RECHAZO A PRÓRROGA TÁCITA – Póliza N.º: 83893674 / 0
En contestación a su comunicación en la que pretenden fijar la baja de mi póliza para el 01/09/2027 amparándose en el art. 22 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro (LCS), manifiesto: El citado artículo 22 regula la prórroga tácita en idénticas condiciones. La modificación unilateral de la prima, que ha pasado de 9,00 € a 39,00 € mensuales (un incremento superior al 300%), constituye una novación contractual sustancial. Dicha modificación no fue comunicada fehacientemente con los dos meses de antelación preceptivos para la aseguradora ni ha contado con mi aceptación expresa. Conforme a la doctrina consolidada de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP), la imposición unilateral de una nueva prima facultará al tomador a no aceptar la renovación y a tener por resuelto el contrato sin penalización alguna. Por tanto, rechazo formalmente la prórroga con las nuevas condiciones económicas y exijo la baja inmediata e irrevocable con fecha de efecto 01/09/2026, así como la inmediata anulación de cualquier recibo emitido bajo la nueva tarifa. Les requiero para que confirmen por escrito en un plazo no superior a 10 días hábiles la cancelación definitiva del seguro y se abstengan de emitir nuevos cargos o ceder mis datos a ficheros de morosidad, reservándome el derecho a elevar denuncia formal ante la DGSFP y Consumo. Atentamente, Braulio José Martínez Castro braulio.spain@hotmail.es
Baja póliza
09/09/2026 Les escribo para denunciar una práctica que considero abusiva por parte de la aseguradora Sanitas, solicitando su ayuda para resolverla. Fui cliente de Sanitas casi 30 años desde la década de los 80 hasta la crisis del 2008. Fue una relación perfecta y solo me di de baja por problemas económicos. No recuerdo haber tenido problemas al darme de baja. Recientemente volví a ser cliente de Sanitas desde abril de 2025. Durante este periodo, por suerte, no he necesitado, ni una sola vez utilizar los servicios de Sanitas, por lo que mi coste para la compañía ha sido cero. A finales de abril de este año 2026, necesité cancelar mi seguro también por motivos económicos. Sin embargo, Sanitas me ha informado que no puedo hacerlo hasta el 1 de abril de 2027, alegando que la póliza ya se ha renovado y debo seguir pagando 11 meses más hasta su vencimiento. Me parece completamente injusto y desproporcionado que, se me impida darme de baja, especialmente cuando no voy a utilizar el servicio. De hecho, ha sido tal mi enfado que procedí a devolver los siguientes recibos. Por tanto al tener deuda, me informan que mientras no pague los recibos devueltos, no me van a prestar ningún servicio. Pero ellos siguen girando los siguientes recibos, ampliando la deuda por un servicio que saben no van a prestar. De Sanitas recibí un mensaje al móvil con fecha 31 de marzo de 2026 indicando "Salvador, ya tienes disponible las condiciones de tu contrato. Recuerda que es necesario aceptarlas en tu área privada de la App o web de Sanitas" Nunca acepté las condiciones". Sanitas se ampara en una renovación comunicada por email en una carta de “Actualización de primas”. En esta comunicación, se menciona en letra minúscula que "El plazo de oposición a la prórroga de su póliza por parte del tomador es de un mes". Dicha mención, que Sanitas utiliza para justificar la imposición de una obligación anual de pago, me parece: -No es clara, visible ni comprensible. La información sobre el plazo de oposición, cuya no atención implica la renovación anual, no se destaca en absoluto. -No se presenta como un derecho fundamental del consumidor. -Solo se indica que "El plazo de oposición a la prorroga de su póliza por parte del tomador es de un mes" pero no se refleja expresamente que ese mes sea antes del vencimiento de la póliza, podría ser perfectamente un mes después del vencimiento que sería mi caso. -Está camuflada entre textos administrativos y técnicos, sin advertencia alguna sobre la importante consecuencia de no ejercer ese derecho en el plazo de un mes, ¿posterior o anterior al vencimiento? No se trata de una simple renovación automática, sino de la imposición de una obligación de permanencia anual, al negarme la posibilidad de darme de baja en cualquier momento. Esto es inaceptable para un servicio mensual y una práctica que limita indebidamente la libertad del consumidor, quien debería poder rescindir un servicio de salud al desaparecer la necesidad o al optar por una alternativa. Me baso en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de Defensa de los Consumidores y Usuarios, que prohíbe cláusulas abusivas que generen desequilibrio importante entre los derechos y obligaciones de las partes. Además, la comunicación de Sanitas incumple la transparencia e información previa que exige la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro, al no informar de forma clara y destacada sobre las implicaciones de la renovación y el plazo de oposición. Agradezco su atención y espero su respuesta para resolver esta situación. Atentamente, Salvador de Dios
Baja durante mes previo a renovación
Estimados/as señores/as: Me dirijo al Servicio de Atención al Cliente de su Entidad comunicándoles, con el preaviso/en el plazo correspondiente, mi decisión de cancelar/no renovar/desistir la póliza de seguro, de la que soy titular. Y ello por: No estoy conforme con la asistencia provista ni tampoco con el precio valor de lo que representa el seguro. SOLICITO que ordene las instrucciones oportunas para que se practique la cancelación/no renovación del contrato de póliza de seguro. Sin otro particular, atentamente.
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