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¿Tienes obligación de declarar... o no?

01 mayo 2025
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01 mayo 2025

Muchas personas se hacen esta pregunta cada año: ¿estoy obligado a presentar la declaración de la renta? Y la respuesta no siempre es sencilla. Además, no estar obligado no significa que no puedas hacerla. En muchos casos, puede beneficiarte presentarla. Aquí te explicamos por qué.

¿Qué significa “no estar obligado”?

Significa simplemente que, según tus ingresos y situación personal, la ley no te exige que presentes la declaración de la renta. Pero eso no quiere decir que no puedas presentarla. Si la presentas voluntariamente, el resultado puede ser a devolver, cero... o incluso a pagar.

Y aquí viene la clave: a veces te interesa presentar la declaración, aunque no estés obligado. Hay casos en los que puedes recuperar dinero que te han retenido a lo largo del año aprovechando deducciones que no se aplican automáticamente en el borrador de la declaración.

Cuándo no estás obligado a declarar

Algunos contribuyentes no están obligados a presentar declaración, aunque les salga a pagar. Esto puede suceder, por ejemplo, si sólo han tenido ingresos del trabajo procedentes de un pagador que no superan los 22.000 euros.

Además, en esta campaña de la Renta del ejercicio 2024 se ha ampliado el número de personas exentas de presentar la declaración. Si has tenido más de un pagador de ingresos del trabajo, pero los ingresos del segundo y siguientes no superan 1.500 euros anuales, debes saber que el límite exento de declaración ha subido de 15.000 a 15.876 euros. Esto puede beneficiar a personas con contratos temporales o que han cambiado de trabajo en el año, personas que han estado en paro o perciben prestaciones del SEPE además de salarios, o jubilados que reciben más de una pensión (por ejemplo, la pensión de viudedad de la Seguridad Social y una pensión extranjera).

Pero, atención: hay situaciones en las que sí podrías tener que declarar, aunque tus ingresos sean bajos, por ejemplo, si has cobrado subvenciones, has tenido pérdidas o ganancias patrimoniales de acciones o inmuebles, etc.

Consulta todos los detalles necesarios para saber con certeza si tienes que declarar o no en nuestra Guía Fiscal.

¿Hacienda te avisa si no estás obligado?

Depende. Al acceder a tu borrador a través de Renta Web y confirmar tus datos personales, puedes encontrar dos situaciones:

  • Si tu declaración sale a devolver, Hacienda no te indicará que no estás obligado. ¿Por qué? Para evitar que renuncies a presentar la declaración y pierdas el dinero que te corresponde.
  • Si tu declaración sale a pagar, verás un aviso claro que indica que de la incorporación de los datos fiscales no estás obligado, y el botón para presentar la declaración estará bloqueado (en gris), para que no pagues por error.

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Si aun así, decides seguir adelante, entras en los apartados de la declaración y seleccionas el botón “Presentar  declaración”, Renta Web te avisará con varios mensajes, entre ellos dos que indican que no estás obligado a declarar. Aunque también te anima a revisar las deducciones autonómicas, no lo hace con otras como la deducción por alquiler de vivienda (aunque la hayas aplicado otros años). De ahí la importancia de revisar todo con detalle.

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Pero… ¿me interesa presentar la declaración?

Si tus ingresos no te obligan a declarar, pero tu borrador de declaración sale a devolver, preséntalo. Aunque la ley no te obligue, si no lo haces estarás dejando pasar una oportunidad de recuperar el dinero que te retuvieron de más.

Aunque no estés obligado a declarar, si te sale a pagar, conviene afinar al máximo. A veces, el borrador te da un resultado a pagar… pero está incompleto. Hay deducciones o gastos que no se incluyen automáticamente y que pueden cambiar el resultado, como son la deducción por inversión en vivienda habitual, la deducción por alquiler de vivienda, aportaciones a planes de pensiones, deducciones autonómicas, etc. Por eso, conviene revisar el borrador muy bien.

  • En general los datos de los planes de pensiones y de la vivienda habitual, ya estarán trasladados a la declaración, compruébalo y si sale a pagar, entonces no debes presentarla. Pero a veces, el préstamo para adquirir la vivienda habitual es personal y no consta en el borrador, o faltan gastos por declarar, como las primas de los seguros de vida y de incendios exigidos al contratar el préstamo, que una vez incluidos cambian el resultado de la declaración positiva a devolver.
  • Si eres inquilino y tu contrato es anterior a 2015, es posible que puedas aplicar una deducción por lo que pagas de alquiler, que el borrador no contempla. Si la incluyes en la declaración, puede hacer que el resultado cambie a devolver.
  • Cada comunidad autónoma establece sus propias deducciones autonómicas, como las aplicables a familias numerosas, alquileres o ciertos gastos sanitarios y educativos, etc. Estas deducciones no se incluyen automáticamente en el borrador, por lo que es el contribuyente quien debe añadirlas en su declaración. En algunos casos, pueden marcar la diferencia entre pagar o recibir devolución.

En definitiva, revisa bien si hay deducciones o gastos no incluidos en tu borrador. Simula el resultado con y sin esos conceptos, y si al añadirlos la declaración cambia de pagar a devolver, entonces preséntala.

 

 

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