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Campaña Renta Ejercicio 2025: las fechas clave

Con la Campaña de Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2025 a vuelta de la esquina, se acerca el momento de ajustar cuentas con Hacienda. Desde el 18 de marzo puedes consultar los datos fiscales que Hacienda tiene de ti a través de la App o la web de la Agencia Tributaria y pronto tendrás a disposición el borrador. Toma nota de todos los aspectos prácticos que te ayudan a preparar tu declaración de IRPF. 

18 marzo 2026
aeat

Cómo saber si debes declarar

Con la primavera llega un año más la Campaña de Renta: ya está aquí la correspondiente al ejercicio fiscal 2025 y para muchos llega el momento de ajustar cuentas con Hacienda. Para muchos, pero no para todos, porque hay contribuyentes que no están obligados a declarar:

  • Aquellas personas cuyos ingresos íntegros del trabajo no superen los 22.000 euros.
  • Si esos ingresos proceden de más de un pagador, este límite se reduce a 15.876 euros siempre que las cantidades recibidas por los demás pagadores superen los 1.500 euros.

Por supuesto, en uno y otro caso deben cumplir el resto de los requisitos para no declarar.  

Sí están obligados a presentar la declaración los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital, sean cuales sean sus ingresos. Esta obligación afecta tanto al titular como a quienes convivan con él (menores o no) con independencia de que el importe percibido esté o no exento, ya que la obligación de declarar es un requisito necesario para su cobro.

Sin embargo, los que en 2025 hayan cobrado la prestación por desempleo solo estarán obligados a presentar la declaración del IRPF si han percibido otros ingresos que les obliguen a declarar.

Los autónomos también estarán obligados a declarar este año si en cualquier momento de 2025 hubieran estado de alta como trabajadores por cuenta propia, en el Régimen Especial de Autónomos o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.

¿Qué novedades hay este año?

La declaración del ejercicio 2025 incorpora varias novedades relevantes:

  • Los trabajadores con rentas bajas podrán aplicar la nueva deducción por obtención de rendimientos del trabajo de hasta 340 euros, diseñada para compensar el efecto del SMI. Esta deducción se aplica íntegramente cuando los rendimientos del trabajo no superan los 16.576 euros y se reduce progresivamente hasta los 18.276 euros.
  • Quienes hayan comprado un vehículo eléctrico o instalado un punto de recarga durante 2025 podrán deducir el 15% de la adquisición y de la instalación del punto de recarga, sobre un máximo de 20.000 euros y 4.000 euros, respectivamente al haberse prorrogado estas deducciones para 2025.
  • Por el contrario, este año no se podrán aplicar algunas de las deducciones por obras de eficiencia energética en vivienda, ya que la norma que las prorrogaba no se convalidó. Sólo se podrá deducir por las obras de eficiencia energética realizadas en 2025 en edificios residenciales (incluidas las viviendas unifamiliares), si es cumplen los requisitos.

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Necesitas tu número de referencia: cómo obtenerlo

El número de referencia es un código único y personal que la Agencia Tributaria pone a disposición del contribuyente para identificarse en su web y facilitarle la gestión de todos los servicios relacionados con la campaña de la Renta. Con él podrás acceder a tu borrador, a tus datos fiscales, solicitar citas y confeccionar la declaración con Renta WEB y presentarla través de internet.

Se puede solicitar desde el 11 de marzo: 

  • con Cl@ve Móvil,
  • con Certificado o DNI electrónico,
  • indicando el importe de la casilla 505 de la pasada declaración Renta 2024, el número del DNI y su fecha de validez o expedición. Si no hiciste esa declaración o el resultado de la casilla 505 hubiera sido igual a cero, necesitarás el número IBAN de una cuenta bancaria en la que figures como titular.
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Fechas clave de la Renta 2025: toma nota

A partir del 11 de marzo se puede consultar tu número de referencia con Cl@ve Móvil, Certificado o DNI electrónico, o con tu DNI y la casilla 505 de la declaración del año pasado, en la web de la AEAT o en la App al identificarte como titular.

Desde el 18 de marzo puedes consultar los datos fiscales que Hacienda posee sobre ti, tanto a través de la web como de la App de la Agencia Tributaria.

Desde el 8 de abril puedes presentar tu declaración por vía electrónica, tanto a través de Renta Web como a través de la App.

Desde el 29 de abril podrás solicitar cita previa para la confección de la declaración por vía telefónica.

A partir del 6 de mayo la Agencia Tributaria iniciará las llamadas a los que solicitaron cita para modificar y presentar la declaración por vía telefónica

El 29 de mayo comienza la solicitud de cita previa para atención presencial en las oficinas y hacer la declaración.

El 1 de junio se iniciará el plazo para la modificación y presentación de declaraciones de manera presencial a las personas que solicitaron cita previa para acudir a las oficinas de la Agencia Tributaria y de otras entidades colaboradoras.

El 25 de junio finalizará el plazo de presentación si te toca pagar y deseas domiciliar el pago.

El 29 de junio acabará el plazo para poder concertar cita previa tanto para presentar la declaración vía telefónica como en las oficinas de la Agencia Tributaria.

El 30 de junio es el último día del plazo para presentar las declaraciones de Renta y Patrimonio

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Te ayudamos a preparar tu IRPF

En OCU te ayudamos a prepararte para la Campaña de Renta con la información que necesitas: fechas, cómo preparar y presentar la declaración, consejos... y nuestras Guías Fiscales interactivas correspondientes al Ejercicio 2025, en su versión general y foral:

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Además, si lo prefieres, puedes contar con un servicio de asesores especializados para hacer tu declaración, con un irrestistible 35% de descuento, solo por ser socio de OCU

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