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Gastos escolares deducibles: toma nota y ahorra

28 agosto 2025
Vuelta al cole

28 agosto 2025

¿Sabes que en algunos lugares los gastos educativos te ayudan a pagar menos impuestos? En varias comunidades autónomas es posible deducir en la declaración de la renta los gastos relacionados con la escolarización de los hijos. Te explicamos cuánto puedes ahorrar y cómo debes proceder para deducir esos gastos de la cuota autonómica en tu próxima declaración.

Los gastos escolares suponen una buena parte del presupuesto familiar. En OCU calculamos que el coste medio de esos gastos escolares en el nuevo curso rondan los 2.400 euros , y solo equipar a un niño para la vuelta al cole por niño supone unos 520 euros.

Es posible mitigar estos gastos, por ejemplo, aprovechando en la próxima declaración de la renta las deducciones autonómicas para gastos escolares que permiten aplicar algunas comunidades autónomas:

  • Guarda los justificantes de los gastos escolares (libros de texto, uniformes...)
  • Comprueba a continuación cuánto puedes ahorrar y cómo debes proceder para conseguirlo.

¿Dónde hay deducción por gastos escolares? 

Aunque no siempre son idénticas las condiciones necesarias para aprovechar la deducción, está disponible en Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid o Murcia. Si vives en alguna de estas comunidades y tienes hijos estudiando, esto te interesa.

Andalucía

¿Cuáles son las deducciones por gastos escolares en Andalucía?

Los contribuyentes andaluces pueden deducir el 15% de lo pagado en 2025 por los gastos de enseñanza escolar o extraescolar de idiomas e informática, con un máximo de 150 euros anuales por cada descendiente que dé derecho al mínimo por descendiente.

Se consideran gastos de enseñanza escolar de idiomas y de informática lo que se pague:

  • al centro docente en concepto de gastos de escolaridad, en la proporción en la que esas materias y otras impartidas en un idioma extranjero representen en el conjunto de horas lectivas del curso escolar,

Se consideran gastos de enseñanza extraescolar de idiomas y de informática lo que se pague:

  • a academias y escuelas oficiales de idiomas
  • a personas físicas dadas de alta en el correspondiente epígrafe de IAE por clases particulares. 

Para tener derecho a la deducción la suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede superar los 80.000 euros si se presenta declaración individual ni los 100.000 euros en tributación conjunta.

La deducción se practicará por el contribuyente que pague de forma efectiva los gastos. Si más de un contribuyente tiene derecho a la aplicación de la deducción, se aplicará sobre las cantidades que cada declarante haya pagado, con el límite máximo de 150 euros anuales por cada descendiente.

Aragón

Hay distintos tipos de deducciones por gastos escolares en Aragón.

Deducción por compra de material escolar y libros de texto

Cada descendiente que dé derecho a aplicar el mínimo por descendientes permite aplicar una deducción por compra de material escolar y libros de texto de educación primaria y secundaria de acuerdo a los siguientes límites de ingresos y de si la familia es o no numerosa:

Tipo de declaración
 Tipo de familia Base Imponible Total (general + ahorro) (euros) Euros por hijo
Conjunta No familia numerosa
Hasta 12.000 100
De 12.000,01 a 20.000 50
De 20.000,01 a 25.000 37,5
Familia numerosa Hasta 40.000 150
Individual No familia numerosa
Hasta 6.500 50
De 6.500,01 a 10.000 37,5
De 10.000,01 a 12.500 25
Familia Numerosa Hasta 30.000 75

Los contribuyentes que durante 2025 y en los cuatro siguientes residan en los asentamientos rurales con alto riesgo de despoblación incrementan la deducción en un 20%. En caso de matrimonios que presenten declaración conjunta, es suficiente para ampliar la deducción que uno de los cónyuges resida en tales asentamientos.

La compra de tabletas, ordenadores, etc. usados en el aprendizaje escolar no se considera material escolar, salvo que el centro en que se cursen estudios haya optado por que el material curricular sea exclusivamente en formato digital.

La deducción corresponde al ascendiente que haya pagado los libros de texto y del material escolar; pero, si se trata de matrimonios con el régimen económico del consorcio conyugal aragonés o ganancial, la deducción se reparte por mitad.

Deducción por clases de apoyo o refuerzo

También se puede deducir el 25% de los gastos en clases de apoyo o refuerzo en horario extraescolar, que reciban los descendientes del contribuyente de materias objeto de enseñanza en Educación Infantil, Educación Básica Obligatoria y Formación Profesional Básica, impartidas en los centros educativos o en centros externos, públicos o privados. La deducción también se aplica por las cantidades abonadas a personas físicas, dadas de alta en el correspondiente epígrafe del IAE, por las clases particulares impartidas sobre dichas materias. La deducción tiene los siguientes límites y condiciones:

Tipo de declaración
Tipo de familia Base Imponible Total (general + ahorro) (euros) Euros por hijo
Conjunta No familia numerosa
Hasta 12.000 200
De 12.000,01 a 20.000 100
De 20.000,01 a 25.000 80
Familia numerosa Hasta 40.000 300
Individual No familia numerosa
Hasta 6.500 100
De 6.500,01 a 10.000 80
De 10.000,01 a 12.500 50
Familia Numerosa Hasta 30.000 300

Si se han recibido ayudas o becas durante 2025, ya sea de la Comunidad Autónoma de Aragón o de cualquier otra Administración Pública, que cubran total o parcialmente los gastos por adquisición de libros de texto y material escolar o las clases de apoyo, ese importe se reducirá de la deducción que corresponda.

También se puede deducir el 25% de los gastos en formación para la autonomía y la vida independiente de menores discapacitados con grado  igual o superior al 65%, con los mismos límites e importes que la deducción anterior.

Para aplicar todas estas deducciones autonómicas el pago debe realizarse mediante tarjeta, transferencia, cheque nominativo o ingreso en cuenta bancaria, quedando excluidos los pagos en efectivo.

Asturias

¿Qué deducciones por gastos escolares hay en Asturias?

Los contribuyentes residentes en Asturias pueden deducir los importes de la compra de libros de texto para sus descendientes, editados para Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria, y también las cantidades destinadas a la adquisición de material escolar para esos niveles educativos dentro de los siguientes límites y dependiendo del tipo de declaración y familia:

Tipo de declaración  Tipo de familia Base imponible total  (general + ahorro) (euros) Euros por hijo 
Conjunta
No familia numerosa
Hasta 12.000  100
De 12.000,01 a 20.000,00  75
De 20.000,01 a 25.000,00  50
Familia numerosa Hasta 37.000  150
Individual
No familia numerosa
Hasta 6.500  50
De 6.500,01 a 10.000,00  37,5
De 10.000,01 a 12.500,00  25
Familia numerosa Hasta 26.000  75

La deducción corresponderá al ascendiente que haya satisfecho las cantidades destinadas a la adquisición de los libros de texto y del material escolar. Si hay más de un contribuyente con derecho al beneficio fiscal, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.

De la deducción se descontará el importe de becas y ayudas (procedentes del Principado de Asturias o de cualquier otra Administración Pública) recibidas para cubrir total o parcialmente los gastos de adquisición de los libros de texto y material escolar.

Baleares

¿Qué se puede deducir una familia por gastos escolares en Islas Baleares?

En Baleares se pueden deducir  los gastos en libros de texto del segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Ciclos Formativos de Formación Profesional específica, por cada hijo que curse estos estudios y de derecho al mínimo familiar por descendientes, con un máximo de 220 euros por hijo o 350 euros para familias numerosas o monoparentales y contribuyentes menores de 30 años con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

Además, por cada hijo que haga estudios extraescolares de idiomas extranjeros y dé derecho a aplicar el mínimo por descendientes, se deduce el 15% de los gastos destinados a ese aprendizaje, con el límite de 110 euros por hijo.

  • Para poder aplicar estas deducciones, se exige que la base imponible total no supere el importe de 52.800 euros en tributación conjunta y de 33.000 euros en tributación individual. Estos límites se incrementan en un 20% para familias numerosas o monoparentales.
  • Si los hijos conviven con ambos padres y estos optan por la tributación individual, estas deducciones se prorratearán por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.

Por último, cumpliendo ciertos requisitos, se aplica una deducción de 1.800 euros por cada descendiente que dependa económicamente del contribuyente y curse, fuera de la isla del archipiélago balear, estudios universitarios, enseñanzas artísticas superiores, formación profesional de grado superior...

Canarias

¿Cuáles son las deducciones por gastos escolares en Canarias?

Los contribuyentes podrán deducirse por las cantidades pagadas por la compra de material escolar, libros de texto, transporte y uniforme escolar, comedores escolares y refuerzo educativo, hasta un máximo de 133 euros, por el primer descendiente y de 66 euros adicionales por cada uno de los restantes, siempre que den lugar a aplicar el mínimo por descendientes y estén escolarizados en Educación Infantil, Primaria, Enseñanza Secundaria Obligatoria, Bachillerato y Formación Profesional de Grado Medio.

  • Esta deducción no se aplicará cuando el contribuyente haya obtenido rentas por importe superior a 45.500 euros (60.500 euros en el supuesto de tributación conjunta de la unidad familiar.
  • Los gastos deducibles deben justificarse mediante factura y cuando dos contribuyentes tengan derecho a la deducción, se prorrateará entre ellos por partes iguales.

Además, los contribuyentes canarios, cumpliendo ciertos requisitos, pueden deducir 1.800 euros (1.920 euros para contribuyentes con base liquidable inferior a 36.300 euros), con el límite  del 40% de la cuota íntegra autonómica, por cada descendiente (incluidos tutelados o en acogimiento no remunerado) soltero menor de 25 años, que dependa económicamente del contribuyente y curse estudios de educación superior fuera de la isla  en la que resida habitualmente el contribuyente.  La deducción será de 900 euros cuando el hijo se traslade de domicilio dentro de la misma isla para cursar estudios en un centro de educación superior, siempre que el nuevo domicilio (vivienda alquilada, colegio mayor o residencia de estudiantes) esté en el mismo municipio donde se ubica el centro docente o en uno limítrofe, y sea distinto al municipio de la residencia habitual del contribuyente. El importe máximo de estas dos deducción es el 40% de la cuota íntegra autonómica.

Cantabria

¿Qué deducciones por gastos escolares hay en Cantabria? Los contribuyentes cántabros pueden deducir:

El 100% de lo pagado por los gastos por la compra de libros de texto editados para las enseñanzas obligatorias cursadas por los hijos o descendientes del contribuyente.

El 15% de lo pagado por la enseñanza de idiomas como actividad extraescolar, recibida por los hijos o descendientes durante las etapas correspondientes a la enseñanza obligatoria en centros docentes , centros públicos o privados o de personas físicas dadas de alta en el correspondiente epígrafe del IAE.

  • Siempre que estos gastos de educación no se paguen en efectivo.
  • La suma de estas dos deducciones no puede superar los 200 euros por unidad familiar, prorrateándose por mitad para cada progenitor en caso de declaración individual.
  • Además, si el contribuyente residen en municipios de zonas rurales de Cantabria con reto demográfico, puede deducirse 200 euros por cada hijo estudiante menor de 25 años, que no tenga rentas anuales iguales o superiores a 8.000 € y que curse estudios de bachillerato, formación profesional o enseñanzas universitarias fuera del municipio. En el caso de tributación individual, la deducción se prorratea por mitad para cada progenitor.

Castilla-La Mancha

¿Qué deducciones por gastos escolares están vigentes en Castilla-La Mancha? En esta comunidad se puede deducir:

Lo pagado al comprar libros de texto editados para las enseñanzas que ofrece el sistema educativo, con ciertos límites.

El 15% del coste de:

  • la enseñanza de idiomas como actividad extraescolar;
  • las actividades relacionadas con el aprendizaje fuera de los centros educativos como refuerzo o apoyo de las enseñanzas en las que estén matriculados; los gastos de acceso a las nuevas tecnologías necesarios para las enseñanzas en las que estén matriculados pagados por la cuota de alta a internet y la cuota de línea del primer mes, siempre que no se trate de un cambio de compañía y la línea no esté vinculada a una actividad económica.
  • los gastos de estudio y residencia  fuera del municipio de residencia de la unidad familiar, por no existir en ese lugar oferta educativa, siempre que el municipio donde se cursen los estudios esté en Castilla-La Mancha o fuera de esta Comunidad Autónoma, si en la región no existe oferta educativa para los estudios cursados.

En total, no pueden deducir más de lo que señalan los siguientes límites y siempre que el descendiente dé derecho a aplicar el mínimo por descendientes.

Tipo de declaración  Familia Base Imponible Total (general  + ahorro) menos el mínimo por descendientes (euros) Deducción por hijo (euros)
Conjunta No familia numerosa

Hasta 12.000

200
De 12.000,01 a 20.000 100
De 20.000,01 a 25.000 75
Familia numerosa Hasta 40.000 300
Individual No familia numerosa Hasta 6.500 100
De 6.500,01 a 10.000 75
De 10.000,01 a 12.500 50
Familia numerosa Hasta 30.000 150

Además, de la deducción se restan las becas y ayudas concedidas en el ejercicio por cualquier administración pública, que cubran la totalidad o parte de los gastos señalados

Comunidad Valenciana

¿Qué gastos escolares de 2025 son deducibles en la Comunidad Valenciana?

Por gastos de adquisición de material escolar pagados con tarjeta, cheque o transferencia, se pueden deducir 110 euros por cada hijo o menor acogido en la modalidad de acogimiento permanente, que dé derecho a aplicar el mínimo por descendientes y estuviese escolarizado en Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o en unidades de educación especial en un centro público o privado concertado.

  • Para aplicar la deducción se exige que el contribuyente estuviese en situación de desempleo e inscrito como demandante de empleo en un servicio público de empleo. Si no se ha estado parado todo el año, el importe de la deducción se prorrateará por el número de días de 2025 en los que el contribuyente estuviese en paro e inscrito en el SEPE.  
  • La base liquidable total (la suma de la general y la del ahorro) no debe superar los 30.000 euros en tributación individual ni los 47.000 en tributación conjunta. Pero, el importe íntegro de la deducción solo lo pueden aplicar los contribuyentes con una base liquidable total inferior a 27.000 euros en tributación individual o a 44.000 en conjunta.

Extremadura

¿Qué gastos escolares se pueden deducir en Extremadura?

Los contribuyentes podrán deducir 15 euros por la compra de material escolar por cada descendiente a cargo en edad escolar obligatoria, siempre que dé derecho al mínimo por descendientes y la suma de las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente no supere los 19.000 euros en tributación individual o los 24.000 en conjunta. Estos límites serán 28.000 euros en declaración individual y 45.000 euros en conjunta para residentes en municipios con población inferior a 3.000 habitantes. Si se trata de de familias numerosas no se aplica ningún límite. Tampoco se aplica límite para el contribuyente que sea ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos y por los que tenga derecho a la totalidad del mínimo por descendientes.

Sólo tendrán derecho a practicar la deducción los padres o ascendientes que convivan con sus hijos o descendientes. Cuando un hijo o descendiente conviva con ambos padres o ascendientes, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración individual de cada uno de ellos.

Madrid

¿Cuáles son las deducciones por gastos escolares en Madrid? En Madrid se pueden deducir unos porcentajes de gastos escolares hechos en el ejercicio fiscal:

El 5% de los gastos de adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar. 

El 15% de los gastos de enseñanza de idiomas.

El 15% de los gastos de escolaridad obligatoria.

  • De la base de la deducción se debe restar el importe de las becas y ayudas obtenidas de la Comunidad de Madrid u otra Administración Pública, que cubran todos o parte de esos gastos.
  • Además, deben tenerse en cuenta unos límites de 412,40 euros por cada hijo o descendiente, si se deduce por cualquiera de los dos primeros conceptos o por ambos y de 927,90 euros si se deduce además por gastos de escolaridad o solo por estos. En el caso de hijos o descendientes escolarizados en el primer ciclo de educación infantil, esta cantidad máxima aumenta a 1.031 euros por cada uno de ellos.
  • Los hijos o descendientes deben dar derecho al mínimo por descendientes y los padres o ascendientes deben convivir con sus hijos o descendientes escolarizados. Cuando un hijo o descendiente conviva con ambos padres o ascendientes y estos tributen individualmente, el importe de la deducción se prorratea por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos.
  • Los gastos deben acreditarse, e incluyen las cantidades satisfechas por los conceptos de escolaridad y adquisición de vestuario de uso exclusivo escolar de los hijos o descendientes durante las etapas correspondientes a la Educación Infantil, la Educación Básica Obligatoria y la Formación Profesional Básica, así como por la enseñanza de idiomas ya sea de carácter extraescolar o de educación de régimen especial.
  • En el caso de hijos o descendientes escolarizados en el primer ciclo de Educación Infantil, la base de la deducción está constituida exclusivamente por las cantidades satisfechas por el concepto de escolaridad que no se abonen mediante precios públicos ni mediante precios privados autorizados por la Administración.
  • Las bases imponibles general y del ahorro del contribuyente, sumadas a las del resto de los miembros de su unidad familiar, no pueden superar lo que resulte de multiplicar 30.930 euros por el número de miembros de dicha unidad familiar.

Murcia

¿Qué deducciones por gastos escolares están vigentes en la Región de Murcia? 

La adquisición de material escolar y libros de texto del segundo ciclo de educación infantil, de educación primaria y de educación secundaria obligatoria da derecho a deducir 120 euros por cada descendiente que dé derecho a aplicar el mínimo por descendientes. La deducción se reduce restándole el importe de las becas y ayudas públicas que cubran en todo o en parte los gastos por adquisición de material escolar o libros de texto.

Hay unos límites en función del tipo de familia: la suma de las bases imponibles general y del ahorro no debe superar los 20.000 euros en tributación individual (33.000 euros en caso de familia numerosa o monoparental) y los 40.000 en tributación conjunta (53.000 si es familia numerosa o monoparental).

La deducción corresponderá al ascendiente que haya satisfecho las cantidades destinadas a la adquisición de los libros de texto y del material escolar. Si hay más de un declarante con derecho al beneficio fiscal, el importe de la deducción se prorrateará por partes iguales en la declaración de cada uno de ellos. 

También se puede deducir el 15% de los gastos pagados por el aprendizaje extraescolar de idiomas extranjeros de sus hijos, siempre que cursen segundo ciclo de Educación Infantil, Primaria, Secundaria Obligatoria, Bachillerato o ciclos formativos de FP específica y den derecho al mínimo por descendientes, con un límite de 300 euros por hijo. La base imponible general y del ahorro del contribuyente no debe superar los 20.000 euros en declaración individual o 40.000 euros en conjunta y es necesario tener justificante de pago.

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