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Daños en el coche
Estimados/as señores/as: El día 19/01/2026 procedí a hacer efectiva un alquilar del coche SKODA FABIA HB (5) en la terminal aérea del aeropuerto de Eindhoven. El alquiler del coche finalizaba el día 20/01/2026 por lo que tal y como habíamos pactado, ese día se hizo la entrega de llaves en la terminal aérea del aeropuerto de Eindhoven. El coche se devolvió en perfecto estado (ver foto adjunta tomada justo después de aparcar el coche para su devolución). Posteriormente, he recibido una comunicación en la que se me informa de unos daños que presenta el vehículo en la zona trasera indicando: "Bump/Damage complete rear section" Esto está todavía sin reclamar ninguna cantidad económica. El coche cuando le dejé estacionado no tenía esos daños. Adjunto la factura del alquiler, el informe de los daños y la foto mencionada. Solicito, se anule dicha reclamación [la devolución del depósito efectuado por valor de 200€ en el momento del alquiler] Sin otro particular, atentamente.
RECLAMACION ERRONEA
Estimados/as señores/as: El día procedí a hacer efectiva una reserva , realizada a través de la página web Europcar del coche FIAT 500 en la oficina de Europcar de la terminal de Bilbao. El alquiler del coche finalizaba el día 16 de enero por lo que tal y como habíamos pactado, ese día se hizo la entrega de llaves en vuestra oficina de la estación de trenes de Abando en Bilbao, al estar sus oficinas cerradas. El coche se devolvió en perfecto estado. Posteriormente, he recibido una comunicación en la que se me informa de unos daños que presenta el vehículo y se me reclaman 119,30 euros El coche cuando le dejé estacionado no tenía esos daños. Como es de costumbre antes de montarme en el coche cuando hago el check-in hago videos y fotografías del estado del coche. Adjunto captura de pantalla del retrovisor y se aprecia perfectamente como el arañazo ya lo tenía, podéis ver también la fecha y la hora fue justo cuando recogí el coche el jueves 15 de enero. Solicito, se anule dicha reclamación de 119,30 euros. Sin otro particular, atentamente.
Cargo improcedente por falta de gasolina
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque Devolví el vehículo con el depósito lleno, tal como demuestra el comprobante del banco de haber repostado en una gasolinera cercana del aeropuerto. A pesar de ello me mandan una factura con un importe de más de 93 euros por no haber entregado el deposito con gasolina. SOLICITO la devolución del dinero. Sin otro particular, atentamente. Recuerda no incluir ningún dato personal o sensible, ni tuyo ni de un tercero, como puede ser nombre, apellidos, DNI, número de teléfono, dirección postal, cuenta y tarjeta bancaria, email…
Cargo indebido combustible
Hola: Cuando recogí el coche con matrícula 3293MHS, me fue entregado con medio depósito. Adjunto fotografía del día de la recogida y fotografía del contrato donde así se refleja. Al llegar la factura, también adjunta, me cargan la gasolina. Solicito me sea devuelta. He mandado comunicación a Europcar pero nada. Gracias, Datos: Factura 100629150058 Fecha de Factura 15.01.2026 Nº de Reserva 1198220395 Contrato de Alquiler No 6042096390 Contract 52225895
Cobros indebidos
Estimados señores, Me dirijo a ustedes en relación con el contrato de alquiler n.º 6042037488, correspondiente al vehículo Audi A1, matrícula 5360 NCY, alquilado y devuelto en la estación de Valencia Airport el día 03/01/2026. He recibido una comunicación relativa a un cargo por supuestos daños detectados en el vehículo a la devolución. Mediante el presente correo deseo impugnar formalmente dicho cargo, por los siguientes motivos: Los daños indicados no son atribuibles a mi uso del vehículo Tal y como puede comprobarse en las fotografías del vehículo que adjunto, los supuestos daños señalados (tanto en el frontal como en las llantas). Dichas fotografías fueron tomadas por mí (la de la llanta el día que me lo dieron y las del capó el día de la entrega) y reflejan el estado real del coche, sin que se haya producido ningún accidente ni incidencia durante el periodo de alquiler (hecho que, además, consta como “No” en el propio informe de devolución). Disconformidad con el informe de devolución No estoy de acuerdo con el contenido del documento “Estado de devolución del vehículo”, en el que se registran daños como “nuevos”, ya que no se corresponden con la realidad ni con el estado en el que el vehículo fue utilizado y entregado. La firma que figura en el documento no es mi firma En la página final del documento aparece una firma atribuida a mi persona. Quiero dejar constancia expresa de que esa firma no es mía, no la reconozco y no autoricé ni validé dicho informe en los términos que figuran en el documento. Por tanto, niego haber prestado consentimiento al contenido del mismo. Adjunto nuevamente fotografías claras del vehículo que demuestran que los daños reclamados no son consecuencia de mi uso del coche, y solicito que sean analizadas de forma objetiva por su departamento correspondiente. A demás adjunto los cobros de más que se me hicieron. Por todo lo anterior, solicito formalmente: La anulación inmediata del cargo efectuado o previsto por estos supuestos daños. La revisión exhaustiva del expediente, teniendo en cuenta las pruebas aportadas y la impugnación de la firma. Confirmación por escrito de que el asunto ha quedado resuelto y el cargo cancelado. En caso de no obtener una respuesta satisfactoria, me veré obligada a escalar la reclamación si fuera necesario, por la vía legal. Quedo a la espera de su respuesta.
Reclamación por cobro indebido de cargos administrativos por gestión de multa
A la atención del Departamento de Atención al Cliente / Reclamaciones EUROPCAR Por medio de la presente, formulo reclamación en relación con el cargo efectuado en mi tarjeta de crédito en concepto de “gastos/cargos administrativos por gestión de multa”, asociado al contrato de alquiler del vehículo suscrito con su compañía. En primer lugar, deseo dejar constancia de que dicho cargo fue realizado sin aviso previo ni consentimiento expreso, y sin que se me haya remitido factura alguna, incumpliendo así las obligaciones básicas de información y transparencia exigidas por la normativa de protección de consumidores y usuarios. Asimismo, considero que este cargo carece de justificación legal, al tratarse de una actuación que responde exclusivamente al cumplimiento de una obligación legal del titular del vehículo, y no a un servicio efectivamente prestado al cliente. En este sentido, resulta especialmente relevante la jurisprudencia existente sobre este tipo de cláusulas. A título ilustrativo, el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao, en sentencia de 16 de septiembre de 2020 (Juicio Verbal nº 271/2020), obtenida favorablemente por EKA/ACUV (Asociación de Consumidores y Usuarios Vasca), declaró la nulidad de la cláusula de cargo administrativo por gestión de multas incluida en las condiciones generales de Sixt Rent a Car, S.L. Dicha declaración de nulidad fue confirmada por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Bilbao, en sentencia de 13 de septiembre de 2021 (Sentencia nº 1329/2021), al considerar que: “Efectivamente no hay prestación por cumplir una obligación legal, la de comunicar a las autoridades de tráfico la identidad del conductor del vehículo que pudo cometer una infracción. (…) Cumplir una obligación legal no es prestar servicio al cliente, ni justifica predisponer en una condición general la obligación de abonar una cantidad en concepto de ‘Cargo administrativo por gestión de multas’”. Añade igualmente la citada resolución que dicha actuación se limita a la simple comunicación de los datos del conductor a la autoridad de tráfico, algo que puede realizarse con un correo electrónico, y que no justifica en modo alguno la imposición de importes desproporcionados en concepto de supuesta gestión administrativa. Por todo lo anterior, solicito formalmente: La anulación del cargo efectuado por gastos administrativos de gestión de multa. El reembolso inmediato del importe cargado en mi tarjeta de crédito. En ausencia de una respuesta motivada y satisfactoria en un plazo razonable, me veré obligado a iniciar la cancelación del cargo a través de mi entidad emisora de la tarjeta de crédito. Quedo a la espera de su pronta respuesta. Atentamente, Diego P.d. adjunto invoice del servicio, mas no del cargo administrativo ya que no recibí ninguno.
Cargo desproporcionado
Estimados/as señores/as: Me pongo en contacto con ustedes porque he recibido en mi tarjeta de crédito un cobro de unos 40,37 euros por gestión de Multa. SOLICITO La devolución del importe integro ya que considero un gasto desproporcionado a la supuesta gestiones realizada. Y informe detallado de cuales fueron las gestiones realizada que motivaron el gasto. Sin otro particular, atentamente.
Cobros indevido por mala inspeccion de daño
Estimados EUROPCAR El día06/09/2025 procedí a hacer efectiva una reserva , realizada a través de la página web Booking del coche marca mitsubishi MI.ASX.UL en la Oficina : MADRID ATOCHA RENFE El alquiler del coche finalizaba el día 09/09/2025 por lo que tal y como habíamos pactado, ese día se hizo la entrega de llaves en La Oficina MADRID ATOCHA RENFE al estar sus oficinas cerradas. El coche se devolvió en perfecto estado. Posteriormente, he recibido una comunicación en la que se me informa de unos daños que presenta el vehículo y se me reclaman 214,90 euros El coche cuando le dejé estacionado no tenía esos daños. Adjunto fotocopia de los siguientes documentos: alquiler de vehículo, facturación indebida , inspección de vehículo , correos de reclamación. Solicito, se anule dicha reclamación la devolución de los cargos realizados en mi tarjeta por importe de 214,90 euros] Sin otro particular, atentamente. Julio Soriano
Reembolso por incumplimiento de contrato
Me pongo en contacto con ustedes para presentar una queja formal respecto al contrato de alquiler realizado para el día 12/12/25( finalmente se tubo que recoger el 13/12/25) y con el numero de reserva 1197335364. Comienzo a detallarles lo que para nosotros y la personas que lo he comentado ha sido un incumplimiento de contrato , por el servicio contratado y el servicio el cual nos vimos obligados a contratar para no quedarme tirado con los niños en el aeropuerto. Teníamos una reserva para el viernes 12/12/25 con hora de recogida a las 23:00 horas (hora de llegada programada del vuelo 22:10), días antes mande un E-mail a la oficina de recogida y el cual me facilitaron ustedes para poder hacer el Chek-in, el cual no tuve confirmación (podemos enviarles el E-mail enviado en su dia), llame al teléfono de atención al cliente en varias ocasiones y me aseguraron que si el viaje llegaba con retraso, podia estar tranquilo ya que están obligados a esperar hasta una hora si no llego a tiempo. Tenemos la mala suerte que horas antes de la llegada, en Paris apareció una niebla densa en la cual obligo a retrasar y desviar vuelos a otros aeropuertos. Nuestro vuelo aterrizo a las 22:30 horas y salimos del avión a las 22:45 aproximadamente. Fuimos los más rápido posible que pudimos hasta la oficina de Europcar, como ven en la reserva íbamos con niños y nos apresuramos a llegar lo más rápido posible. Llegamos a la oficina a las 23:05 y nos encontramos las puertas cerradas. Seguidos a nosotros, comenzó a llegar gente los cuales habian tenido retraso como todos los vuelos que llegaban al aeropuerto. El matrimonio con el que viajábamos, venían de Bilbao y su vuelo se lo desviaron al aeropuerto París-Charles de Gaulle, vuelo VY8030.Pueden hacer todas las comprobaciones que necesiten y si necesitan más datos pueden solicitarlos. Comencé a llamar al teléfono que constaba en los E-mail y todos los que aparecen en internet, todos dejan de prestar servicio a las 22:00 horas, por lo que nos vimos tirados casi a las 00:00 de la noche en el aeropuerto con 3 niños sin tener donde dormir ya que el hotel para esa noche lo teníamos a 200 kms. Casualidad que el resto de compañías de alquiler si que esperaron a los clientes y les entregaron sus vehículos. Tuvimos que buscar un hotel próximo para esa noche y un taxi para que nos llevaran a intentar descansar, lo cual nos ocasiono unos gastos de más 200 euros. A la mañana siguiente a las 07:00 estábamos en la puerta para intentar recoger el coche, cuando abrieron la oficina y nos atendieron lo primero que nos dicen que la oficina cierra a las 23:00, lo cual nos cabreo más y solicite hoja de reclamación la cual no me quisieron dar o no me entendieron. A los pocos minutos llego una mujer de origen francés la cual estaba la noche anterior, nos comunicamos como pudimos con ella por el idioma y nos aseguró que a ella también le habían asegurado que esperarían hasta una hora si llegaba con retraso el avión. Si revisan los alquiler recogidos el día 13 sobre las 07:40 la encontraran. Una vez deciden mirar la reserva del vehículo, me dicen que el vehículo reservado no me lo pueden entregar ya que la reserva era para el día 12 y no lo recogimos. Estaban obligados a cambiar por otro vehículo. Cosa que no entendí ya que mi vehículo estaba pagado íntegramente y no se recogió por incumplimiento por parte de Europcar. Espere a las 08:00 cuando comenzaba el teléfono de atención al cliente. Llamo y les comento el caso, me dicen que aparece cambio de vehículo por uno superior, el cual no pueden obligar a realizarlo si no lo solicito, vuelvo a hablar con las personas de la oficina y me dicen que no tienen más vehículos y están obligados a darme ese. Si me vehículo estaba para recoger a las 23:00 el cual no se entrego y a la mañana siguiente soy el primer cliente en entrar a la oficina, ¿Donde esta mi vehículo reservado? Después de 10 minutos al teléfono, el pobre chico me dice que él no puede hacer nada más, que lo dejara anotado en la ficha de la reserva y reclame cuando llegue porque poco puedo hacer. Sigo hablando con los chicos de la oficina y me dicen que tiene un sobrecoste de 310,92 euros más al ser fin de semana, lo que hace un total de 926,78 euros. Miro a través de la web y vehículo como el que habían ofrecido de sábado a martes por 510 euros. Respuesta de la oficina, es una reserva nueva y lo tuyo es una modificación la cual yo no solicite.......Debido a que teníamos los 3 niños fuera esperando desde hace mas de una hora en el parking del aeropuerto y habían dormido menos de 5 horas, nos vimos obligados a recoger el vehículo que nos daban. Les solicito las sillitas reservadas y me dicen que únicamente tienen dos sillitas y un elevador, les digo que no es posible por el peso de los niños y su respuesta" No tenemos más en la oficina"… Nos entregan las sillitas y nos dirigimos hacia el vehículo. A la hora de instalarlas, nos encontramos que una de ellas tiene los cierre isofix roto, por lo que no se puede anclar al vehículo y se tiene que sujetar con el cinturón de seguridad del vehículo. Además de encontrarnos con un vehículo inferior al contratado y en estado pésimo de limpieza. Resumiendo, ustedes obligaron a: Aceptar un cambio de vehículo bajo la condición de que, de no hacerlo, no se me entregaría ningún vehículo. Esta situación vulnera claramente lo acordado en el contrato. Las sillitas para niños que se me proporcionaron estaban en estado defectuoso, lo que supone un grave incumplimiento de las condiciones de seguridad y del servicio contratado. Por todo ello, solicito: Una explicación por escrito sobre el incumplimiento del contrato. La devolución total del importe correspondiente a los servicios no prestados correctamente. Garantía de que se tomarán medidas para evitar que estas situaciones se repitan. Disponemos de todas las fotografias y documentos necesarios para excalarlos en el caso de ser necesario. Espero una respuesta en un plazo máximo de 10 días hábiles, antes de proceder con la reclamación ante las autoridades competentes. Además de explicar la experiencia sufrida con pelos y señales en todas las redes sociales de las personas las cuales nos vimos afectadas por su poca profesionalidad. Gracias por a ver estropeado a mis hijos el fin de semana magico que llevaban meses esperando y gracias por poner en peligro la seguridad de mis hijos. Quedo a la espera de su pronta respuesta
Reclamación de un consumidor contra EUROPCAR IB, S.A. – Contrato de alquiler n.º 6041809534 (Reposta
Disputa de una reclamación económica contra EUROPCAR IB, S.A. por el cargo injustificado de 12.232,80 € (contrato de alquiler n.º 6041809534, Valencia) realizado tras la devolución del vehículo de alquiler, sin aportar pruebas suficientes, en vulneración de los derechos del consumidor. EXPOSICIÓN DE HECHOS. En octubre de 2025, firmé un contrato de alquiler de coches online con Europcar IB, S.A., n.º de contrato. 6041809534, número de reserva 1194550985, para un Audi A1 Sportback, matrícula 1573NDZ, combustible gasolina sin plomo 95. El vehículo se recogió en el Aeropuerto de Valencia el 16 de octubre de 2025 y se devolvió en el mismo lugar el 21 de octubre de 2025 (oficina VLCT01). El Certificado de Devolución, con fecha del 21 de octubre de 2025, firmado por ambas partes, indica: no se registraron nuevos daños ni incidentes, el nivel de combustible era 8/8 (depósito lleno) y el contrato se cerró sin problemas. Ese mismo día, 21 de octubre de 2025, Europcar emitió y cargó la factura final del alquiler, sin cargos adicionales. El 28 de octubre de 2025, Europcar entregó el coche al taller oficial Audi de Madrid (F. TOME, S.A.), donde se emitió un PRESUPUESTO (presupuesto) con un kilometraje de 4.605 km y un coste estimado de 10.108,03 € más IVA. Este documento, que no es una factura, no confirma la realización de las reparaciones e indica que el kilometraje del coche es 270 km superior al que tenía al momento de la devolución. El 25 de noviembre de 2025, es decir, 35 días después de la devolución del coche, Europcar me envió por primera vez una reclamación por daños y perjuicios (Ref. 2574257), supuestamente causados por un repostaje incorrecto, por un importe de 10.184,13 €, indicando que este incidente no estaba cubierto por el seguro. El 30 de noviembre de 2025 y, de nuevo, el 6 de diciembre de 2025, impugné formalmente la reclamación y exigí a Europcar que me proporcionara un diagnóstico técnico, un análisis de combustible, la factura de la reparación y una prueba de que el daño se produjo durante mi periodo de alquiler. En su respuesta del 3 de diciembre de 2025, Europcar reiteró su postura, citando un dictamen pericial de una empresa externa (MKD), sin aportar dicho documento, y declaró que el envío o no del coche a reparación no afectaría a la reclamación económica. En diciembre de 2025, Europcar se negó de nuevo a reconsiderar la reclamación y emitió una nueva factura con fecha del 10 de diciembre de 2025 por 12.322,80 €, insistiendo en cobrar el dinero en sus cartas sin aportar pruebas adicionales. Prueba adicional de la falta de reparaciones efectivas. El 15 de diciembre de 2025, el gerente de servicio de Audi, F. Tomé, confirmó por escrito que el vehículo fue remolcado, se realizó un diagnóstico inicial, se identificaron indicios de una falla de combustible y se recomendó el reemplazo del motor. Sin embargo, las reparaciones no se realizaron porque no fueron autorizadas y el vehículo continúa sin reparar. BASE JURÍDICA Y ARGUMENTOS EN CONTRA DE LA RECLAMACIÓN Incumplimiento del deber de buena fe e información, así como del principio de transparencia. De acuerdo con los artículos 8 y 60 del Real Decreto Legislativo 1/2007 (TRLGDCU), el consumidor tiene derecho a recibir información precisa, clara, suficiente y oportuna sobre todas las condiciones contractuales y cualquier cargo adicional. Presentar una reclamación económica significativa (superior a 10.000 €) 35 días después de la devolución del vehículo, sin ninguna observación sobre el documento de devolución, sin aportar pruebas claras y completas, vulnera el principio de transparencia e información de buena fe. Falta de pruebas adecuadas y carga de la prueba. De acuerdo con los artículos 147 y 148 del TRLGDCU y el artículo 217 de la LEC, el empresario está obligado a probar la ocurrencia del daño, la relación causal entre la actuación del consumidor y el daño, y los gastos reales y su importe (reparaciones reales y su coste). El incumplimiento de la carga de la prueba que recae sobre la empresa invalida la reclamación contra el consumidor. Práctica comercial desleal. Cobrar una cantidad considerable de dinero sin aportar pruebas objetivas ni demostrar la subsanación efectiva del daño puede considerarse práctica comercial desleal en el sentido de la Directiva 2005/29/CE, ya que se le exige al consumidor el pago de un servicio o daño cuya necesidad y realidad no se han demostrado. Recepción del vehículo sin reservas tras la devolución. El certificado de devolución, con fecha del 21 de octubre de 2025, firmado por ambas partes, no contiene constancia de nuevos daños ni problemas con el sistema de combustible. Esto crea una presunción de correcta ejecución del contrato por parte del consumidor. Una reclamación tardía, presentada una semana después de la devolución, en otra ciudad (Madrid), con 270 km adicionales recorridos tras la devolución del vehículo, no refuta esta presunción y no puede servir de base suficiente para la indemnización en ausencia de pruebas objetivas y oportunas. Como consumidor extranjero, me encuentro en una posición mucho más vulnerable que una importante empresa internacional de alquiler de coches, lo que Considero que las acciones de Europcar vulneran mis derechos como consumidor por las siguientes razones: • El vehículo se devolvió sin daños y fue aceptado por Europcar sin reservas; • El supuesto daño se descubrió 7 días después, en otra ciudad (Madrid), tras recorrer 270 km adicionales, sin pruebas de que se produjera durante mi periodo de alquiler. • La reclamación económica se presentó con un retraso considerable, sin pruebas de las reparaciones realizadas ni de un repostaje inadecuado. Europcar no ha demostrado que los daños reclamados se produjeran durante mi periodo de alquiler, fueran causados por mis acciones ni estuvieran causalmente relacionados con mi conducta. La empresa intenta recuperar una cantidad significativa sin transparencia ni pruebas, lo que contraviene el principio de buena fe y las leyes de protección del consumidor, incluidas la Ley de Protección de Datos de Consumo (TRLGDCU), la Directiva 93/13/CEE (sobre cláusulas contractuales abusivas) y la Directiva 2005/29/CE (sobre prácticas comerciales desleales).
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