Hola , acudí al cine el día 26/04/23 en la sesión de las 17:00 de la tarde de la película de super Mario.Compré 6 entradas y un pack de palomitas con bebida que me valió 12 euros.Llevaba en la mano un zumo de manzana 200ml (que no tienen a la venta en el cine) y un paquete de palomitas de colores (que no tienen en el cine) para mi hijo de 4 años allí presente. Se me prohibió meter dicha comida alegando que allí tenían a la venta los mismo productos , lo cual no era así, se llamó al encargado y me dijo que el zumo si pero las palomitas no. Todo esto alegando que los empleados no viven del cine, viven de las palomitas (que también había comprado) y en presencia de mi hijo de 4 años que llevaba mucho tiempo esperando para venir al cine y lo único que me pidió fue palomitas de colores y zumo de manzana. Finalmente mi hijo SE PASO TODO EL TIEMPO DE PELÍCULA SIN COMER NADA,porque lo que venden en el cine no le gusta, a mi y a mi marido nos fastidiaron completamente el día. Cuando estábamos poniendo allí la reclamación pertinente, vimos como una familia sacaba de una bolsa del supermercado todo un arsenal de comida para que su hijo viera todo lo que habían llevado (las empleadas del cine estaban a pocos metros viendo todo) y se les dejó pasar sin pedirles que dejarán todo lo que llevaban, cuando a mí el encargado me dijo que no se me podía hacer la vista gorda a mi (por un zumo y unas palomitas que no venden) porque si no tendrían que hacerse lo al resto. Me he sentido totalmente discriminada, le pedí llorando al encargado que me dejara meter solo un puñado de palomitas para el niño y me dijo que no, que si quería podía dejarlo por ahí en cualquier lado o que me las comiera antes de entrar. Solicito primero: que se me devuelva el dinero o se me compense por el tiempo perdido, la angustia que nos ha ocasionado y por no tratar a todo el mundo por igual. Y segundo: que se levante este derecho de admisión que se reservan porque la ley no les ampara. los cines no pueden acogerse a esta normativa, ya que no son establecimientos de hostelería o de ocio y esparcimiento conforme a la clasificación del Decreto 155/2018.