Bajo el código de verificación IKW2YKAS57 y con fecha 28/11/2016 se demandó hacer una peritación del inmueble hoy de mi propiedad de cara a la obtención de un crédito hipotecario. En dicha tasación TINSA determinó que la vivienda tenia un lavadero en la azotea, un ascensor en su interior fuera de servicio y que era VPO. La propia entidad financiera nos dijo que si era VPO, no podríamos tramitar la hipoteca con ellos con lo que nos dimos cuenta de todos estos errores. Se avisa a Tinsa dando parte de los tres errores, devolviendo días mas tarde (16/12/2016) una tasación rectificada donde ya no aparecian los elementos antes mencionados con el nuevo código de verificación KSKK50C7J, y sin haber variado para nada el importe de tasación que seguía manteniendo en 138000€.De forma paralela y tres años mas tarde nos llega una notificación de la Agencia Tributaria Canaria solicitandonos el pago del impuesto de Transmisiones Patrimoniales pero sujetandose ellos a la tasación efectuada tres años antes por TINSA. Ante los errores detectados en el momento de la compra del inmueble decidimos hacer una revisión pormenorizada de la tasación, realizada por el método de comparación, y detectando deficiencias tales como viviendas inexistentes, viviendas que son garajes con palomares o trasteros en su azotea, un chalet con piscina en otro municipio y que dista mucho de parecerse a mi vivienda, etc. Ante estos errores manifiestos, dado el peso del asunto pues la Agencia Tributaria estaba usando esto como argumento para incrementar el impuesto en mas de 2000€, decidimos escribir a TINSA y la empresa en cuestión nos contesta que dos inmuebles los cambian de barrio y código postal por la georreferenciación, un número 19 lo cambian por el número 15 de la misma calle pues dicen que catastralmente es así y a otra vivienda le dan dos direcciones por dos calles diferentes. A todo esto ellos envian fotos con capturas de pantalla obtenidas a través de Google street view.Una vez me contestan con estos argumentos y dando ellos mismos el peso a las referencias catastrales, decido buscar esas mismas nuevas direcciones en el catastro encontrando nuevamente otros disparates que paso a reseñar:- Años de construcción de los inmuebles comparados con una variación de hasta 43 años - Metros cuadrados de vivienda variando en decenas de metros de superficie- Alturas de las mismas e incluso características singulares como pareados o adosados, garajes existentes, jardines y un largo etc Basándome en la Orden Eco 805/2003 de 27 de marzo así como en el R.Dto 775/1997 de 30 de mayo, vuelvo a enviarles un correo electrónico y me contestan que yo pedí la tasación para una hipoteca y que se ratifican en el valor de mi vivienda.En resumen:He sido y estoy siendo perjudicado por una tasación que no tiene ni pies ni cabeza y carece de fundamentación lógica pues primero dicen que tiene incluso un ascensor en su interior, varían esté elemento que obviamente encarecería el bien, pero no rectifican el valor en su segunda tasación. Comparan con otros 6 inmuebles parecidos, les digo que no coinciden con la realidad, me contestan que es que no están bien georeferenciados o que el catastro no es coincidente, les contesto con referencias catastrales (documentación oficial) donde vuelven a encontrarse muchísimos errores y finalmente me dicen que su tasación no era para esto y que se ratifican en el valor de mi vivienda para el cual no se tuvo en cuenta el estado de ruina en que lo compré. Todo ello nos perjudica enormemente pues La Agencia Tributaria está basando sus argumentaciones en una peritación accidentada y que no obedece a la realidad y mucho menos a la legalidad, pero que si nos está provocando mucho daño.