Estimados señores,
Me dirijo a ustedes como propietario de un Peugeot Partner 1.5 HDi, matrícula ***LHD, con número de bastidor ****, adquirido en 10/2021, y con un mantenimiento regular conforme a las especificaciones del fabricante.
El motivo de la presente es presentar una reclamación formal por la rotura de la cadena/correa de distribución/levas, un fallo mecánico grave que se ha producido sin previo aviso, y a pesar de no superar los límites de uso o kilometraje, que razonablemente deberían garantizar la fiabilidad de un componente tan crítico para el motor.
Según numerosos casos documentados en foros de usuarios, talleres oficiales e incluso en otras reclamaciones formales, este problema afecta de forma reiterada a modelos con el motor 1.5 BlueHDi, lo que evidencia que se trata de un defecto de fabricación, del que Peugeot es conocedor. La rotura de la cadena de distribución no debería ocurrir en un vehículo correctamente mantenido, salvo que exista una deficiencia en el diseño, materiales o montaje del motor. Se trata de un componente de vida útil prolongada cuya sustitución no está contemplada de forma habitual en los planes de mantenimiento preventivo, y cuya rotura provoca daños colaterales de gran coste y riesgo, como es el caso. De hecho, la legislación española sobre defectos ocultos establece la responsabilidad del fabricante, aunque el vehículo haya salido de garantía, cuando se demuestra que es un vicio oculto y no un desgaste normal.
Tratamos de iniciar una reclamación en atención al cliente de Peugeot, pero nos lo negaron, por no reparar en taller Peugeot, aunque se hizo en Citroen del mismo grupo. Nos dijeron que hicieramos la reclamación por una plataforma, una vez pagada la factura. Al hacerlo, hoy nos contestan que debido a que el fallo es posterior a 30 junio 2025 no lo aceptan. Sin más, sin explicaciones.
Por todo ello, solicito a Peugeot, o grupo Stellantis si es a quien corresponde, el pago íntegro del coste de reparación del sistema de distribución, incluyendo mano de obra, recambios y cualquier otro gasto derivado de esta avería, ya que legalmente la marca es responsable de los vicios ocultos o defectos de fabricación que puedan aparecer con posterioridad a la compra, conforme al artículo 1484 y siguientes del Código Civil español. Se adjunta factura de reparación del taller oficial del grupo Stellantis, factura de compra, NIF y fotografía de la pieza principal fallida de fabricación (7mm), que se ha cambiado en posteriores modelos de la marca (8mm).
Agradezco de antemano su atención y espero una pronta solución a esta situación, confiando en que Peugeot actúe con responsabilidad ante un fallo técnico de esta naturaleza, y que ustedes nos puedan ayudar.
Atentamente y a su disposición.