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Retraso, desvío, falta de transporte alternativo en horario nocturno, selección de pasajeros

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I. M.

A: RYANAIR

17/06/2024

El vuelo Ryanair de Madrid a Catania del día 29/5/24 número FR4066 de las 20.35h nunca llegó a su destino y la gestión de Ryanair fue lamentable. En el avión nos dijeron que podíamos decidir entre bajarnos (sin indicar alternativas de otros vuelos directos para Catania) o seguir en el avión y aceptar el desvío, en horario nocturno, hacia Palermo, al otro lado de Sicilia. Esto pasó tras más de 3 horas esperando salir del aeropuerto de Madrid y sin indicar, al principio, la posibilidad de tener algún transporte alternativo para llegar a destino. Tras hablar e insistir, logramos obtener que nos "prometieran" que un bus nos llevaría después de Palermo a Catania. El avión salió de Madrid hacia Palermo a las 0.00 aproximadamente. Al llegar nos dijeron que solo había un autobús disponible, donde no cabían todos los pasajeros. Dieron la prioridad a los ancianos, a las mujeres embarazadas y a los niños con sus padres y empezó luego una triste selección aleatoria de pasajeros para llenar las otras pocas plazas disponibles. Los taxis pedían entre 600 y 800€ para ir a Catania. A las 3.30h salió el autobús de Ryanair, donde logré entrar con un pequeño grupo con el cual viajaba. Otros pasajeros se quedaron abajo. Llegamos a Catania a las 5.35 de la madrugada, es decir, 9 horas más tarde del supuesto horario de salida la noche anterior. Fueron vergonzosos el retraso y la comunicación por parte de Ryanair y fue hasta peligrosa la situación de retener los pasajeros encerrados y parados durante 3 horas en Madrid y luego dejarlos, por la noche, con un solo autobús insuficiente para todos, en una ciudad distinta a la de destino. Pido una indemnización TOTAL.

Mensajes (1)

RYANAIR

A: I. M.

25/06/2024

Your request (50456585) has been updated. To add additional comments, reply to this email.MAD Luis Miguel Díaz Muñoz (Ryanair) 25 Jun 2024, 09:44 IST Su referencia: Retraso, desvío, falta de transporte alternativo en horario nocturno, selección de pasajerosRyanair Ref: 50456585Estimado/a Sr./Sra.,Acusamos recibo de su correspondencia en nombre de ISABELLA MUNARI.En primer lugar, lamentamos el desvío del vuelo FR4066 a 29/05/2024.El desvío en el vuelo en cuestión resultó de una circunstancia imprevista y ajena al control directo de Ryanair debido a una emergencia médica sufrida en el sector anterior previo al llegar al aeropuerto de Madrid, fuera de nuestro control. Este incidente, clasificado como un caso de circunstancias extraordinarias según el Reglamento (CE) 261/2004, exime a Ryanair de la obligación de compensar a los pasajeros por retrasos significativos.El Reglamento CE 264/2004, requiere que las aerolíneas expongan de manera clara y visible, el texto dispuesto en su artículo 14.1. Así mismo, en caso de cancelación/retraso/desvío, la aerolínea deberá proporcionar a cada uno de los pasajeros afectados un impreso, en el que se indiquen las normas en materia de compensación y asistencia en cumplimiento al artículo 14.2 del citado reglamento.Una emergencia médica durante la operación del avión se considera un evento natural y externo, que no podría haber sido anticipado ni evitado mediante medidas de precaución razonables por parte de Ryanair. En consecuencia, se aplica la exención de responsabilidad escida en el Artículo 5 del Reglamento (CE) 261/2004, y la aerolínea no puede ser considerada responsable por el retraso ocasionado por este incidente.A la luz de lo expuesto, se concluye que, conforme al Reglamento (CE) 261/2004, NO procede la compensación por el retraso experimentado.Atentamente,Luis MiguelRegulator Support SpecialistReclamar 17 Jun 2024, 17:00 IST ‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌‌ EXTERNAL EMAIL: This email originated from outside of the Organisation. Do not click links or open attachments unless you recognise the sender and know the content is safe. E-MAIL DISCLAIMER This e-mail and any files and attachments transmitted with it are confidential and may be legally privileged. They are intended solely for the use of the intended recipient. Any views and opinions expressed are those of the individual author/sender and are not necessarily shared or endorsed by Ryanair Holdings plc or any associated or related company. In particular e-mail transmissions are not binding for the purposes of forming a contract to sell airline seats, directly or via promotions, and do not form a contractual obligation of any type. Such contracts can only be formed in writing by post or fax, duly signed by a senior company executive, subject to approval by the Board of Directors.The content of this e-mail or any file or attachment transmitted with it may have been changed or altered without the consent of the author. If you are not the intended recipient of this e-mail, you are hereby notified that any review, dissemination, disclosure, alteration, printing, circulation or transmission of, or any action taken or omitted in reliance on this e-mail or any file or attachment transmitted with it is prohibited and may be unlawful.If you have received this e-mail in error please notify Ryanair Holdings plc by contacting Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair DAC. (Company No. 104547). Registered in the Republic Of Ireland. Airside Business Park, Swords, Co Dublin, Ireland.trigger_logic_for_ryanair Ryanair Holdings plc (Company No. 249885)Ryanair D.A.C. (Company No. 104547).Registered in the Republic of Ireland. With registered address Airside Business Park, Swords, Co. Dublin, Ireland. [G3G7RR-GLLDW]

Asistencia solicitada 25 junio 2024

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