Muy señores míos:
Por medio del presente escrito, en mi calidad de consumidor y conforme a lo
dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores
y Usuarios (TRLGDCU), vengo a reclamar formalmente la devolución del importe
correspondiente al pedido nº 395639, realizado el 11 de marzo de 2025 y cuya
cancelación fue solicitada por mí el 25 de marzo de 2025, encontrándose el mismo
en ese momento en estado de “en preparación”.
Dicha solicitud de cancelación fue comunicada mediante el canal de contacto
habilitado por su empresa y confirmada por su sistema de forma automática ese
mismo día. A pesar de mis múltiples intentos de contacto posteriores —en fechas
3, 4, 7, 10 y 11 de abril de 2025— su empresa no ha procedido ni a confirmar
formalmente la cancelación ni a efectuar el reembolso del importe abonado,
vulnerando así las condiciones generales publicadas en su propia página web, así
como la legislación vigente en materia de consumidores.
En virtud del artículo 110 del TRLGDCU, el empresario está obligado a
reembolsar al consumidor el importe correspondiente sin demora indebida y, en
todo caso, dentro del plazo de 14 días naturales desde la fecha en que fue
informado de la decisión de desistimiento o cancelación del contrato. El
incumplimiento de este plazo constituye una infracción de los derechos del
consumidor y da lugar a la posibilidad de exigir la devolución inmediata del importe,
así como los intereses legales correspondientes.
Por tanto, mediante el presente le requiero formalmente:
i. Que procedan en el plazo máximo de 5 días hábiles desde la recepción del
presente burofax a realizar el reembolso íntegro del importe abonado por el
pedido nº 395639 mediante el mismo método de pago utilizado para su
abono.
ii. Que me confirmen por escrito la efectividad de dicha devolución,
especificando el importe y fecha de realización.
De no obtener respuesta satisfactoria en el plazo indicado, me veré en la
obligación de iniciar sin más demora las correspondientes acciones legales
incluidas, pero no limitadas a:
a) La interposición de reclamación ante los Servicios de Consumo de la
Comunidad Autónoma correspondiente, por infracción de derechos
básicos del consumidor.
b) La presentación de demanda judicial en ejercicio de mis derechos
económicos, solicitando la devolución de la cantidad abonada, los
intereses legales, costas del proceso y, en su caso, daños y perjuicios
derivados.