Quiero explicar una situación ocurrida en el vuelo FR765 de Ryanair, el 8 de agosto de 2024, de Viena a Sevilla, bajo la reserva GHC5JV.
Durante el embarque, dos pasajeros, incluido yo, fuimos seleccionados aleatoriamente para revisar nuestras maletas de mano por supuestamente no cumplir con las medidas establecidas por la aerolínea, aunque solo excedían las dimensiones permitidas por unos pocos centímetros. Las maletas, de material blando, encajaban perfectamente bajo el asiento delantero y no superaban el peso permitido.
A pesar de esto, el personal de tierra, especialmente un azafato, nos trató de manera inapropiada, amenazando con no dejarnos volar si no pagábamos 60 € por cada maleta, exclusivamente con tarjeta de crédito. Estas maletas han sido usadas en otros vuelos de Ryanair sin problema alguno.
Las maletas fueron facturadas, pero no se nos permitió sacar compras del Duty Free ni ropa de abrigo, lo que contradice las normativas de la aerolínea. A pesar del pago, no se nos concedió el embarque prioritario.
Este trato y las medidas impuestas parecen violar los derechos de los pasajeros, ya que el equipaje de mano pequeño no debería estar sujeto a cargos adicionales. Esta práctica podría considerarse abusiva, según los artículos 82.1 y 4, 86.7, 87 y 89.5 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (LCGC) y el artículo 97 de la Ley de Navegación Aérea (LNA), que buscan evitar un desequilibrio en las condiciones contractuales, claramente perjudicial para los consumidores.
Tras este incidente, se presentó una reclamación formal a Ryanair, pero solo se han recibido respuestas automáticas que reiteran la política de equipaje de la compañía, sin abordar la situación específica. Por todo esto, solicito el reembolso de los 120 € cobrados por las dos maletas de mano.