Estimados/as señores/as: Soy titular de un contrato de suministro eléctrico, tarifa PVPC, referido a mi vivienda habitual Reúno los requisitos para ser calificado como consumidor vulnerable (ser familia numerosa), como ya les consta. Debido a demoras en la comunicación a esta parte por parte de la Consejería de de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad de la Junta de Andalucía, (según me comunicaron, por coincidir con el periodo electoral y la enorme cantidad de voto por correo que se produjo) una vez recibí por correo el reconocimiento de familia numerosa y los carnets que me pedía energía XXI, remití solicitud de reconocimiento del bono social en cuanto tuve disposición de ello. En fecha 28/08/202023 me comunican su reconocimiento por parte de la comercializadora indicando que a partir de la próxima factura, me sería aplicado dicho bono social. Se da la circunstancia, que a pesar de la obligación legal que tienen de facturar por meses, llevaban sin emitirme facturas desde el pasado 13/06/2023. Pues bien, los días 19/09/2023 y 21/09/2023 emiten las referidas facturas (que no habían emitido en tiempo y forma), sin tener en cuenta el bono social que tendían que aplicar, del que ya han tenido conocimiento, y cuyos título y carnets ya obraban en su poder, teniendo constancia que el título de familia numerosa que me hace beneficiario del bono social, tienen validez DESDE EL 28 de MARZO DE 2023. Queda claro pues, que tanto por fecha de validez del título de familia numerosa, como por fecha de emisión de los recibos, se debe de aplicar el bono social a estas facturas referidas, así como a las siguientes restantes que aún se encuentran sin emitir.SOLICITO rectifiquen las facturas emitidas desde la fecha de solución (28/03/2023 validez de título de familia numerosa) y me reintegren las cantidades abonadas en exceso. Sin otro particular, atentamente.