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Reclamación por incumplimiento contractual y solicitud de eliminación de supuesta penalización

En curso Pública

Naturaleza del problema:

Portabilidad

Tu reclamación

H. P.

A: VODAFONE ESPAÑA

18/11/2025

El día 4 de noviembre de 2025 realicé una portabilidad a O2 de mi línea fija y cuatro líneas móviles debido a los constantes fallos de cobertura y servicio con Vodafone, mi anterior operador. Tenía contratado un servicio de “fibra óptica” de 600 Mbps pero, en realidad, apenas alcanzaba los 30 Mbps y, además, sufrimos dos interrupciones de servicio de casi una hora cada una durante el último mes, afectando gravemente a nuestra jornada de teletrabajo. El 5 de noviembre de 2025, el técnico enviado por O2 para instalar la nueva fibra me informó de que mi hogar no disponía de fibra óptica de Vodafone, sino de una conexión mediante cable coaxial (HFC). Según me indicó, esta es una práctica habitual de Vodafone: comercializan el servicio como “fibra” cuando en realidad se trata de HFC, una infraestructura obsoleta que no permite alcanzar las velocidades ni la estabilidad prometidas. Esta explicación concuerda con los problemas constantes que sufríamos. En el momento de la contratación con Vodafone, se me aseguró explícitamente que disponía de cobertura de fibra óptica de 600 Mbps. Sin embargo, nunca se me informó de que mi domicilio no contaba con cobertura real de fibra, lo que constituye, a mi entender, un engaño comercial. La tecnología HFC empleada no corresponde con la ofertada y no garantiza las prestaciones publicitadas. Esta información no fue comunicada ni por la compañía ni por su técnico instalador. Tras realizar la portabilidad a O2, que sí ofrece fibra óptica real en mi domicilio, Vodafone me reclama una penalización por permanencia de 49,24 € + IVA, pese a que no adquirí ningún dispositivo que justificara un compromiso de permanencia y el router fue devuelto correctamente (Nº Ref. Celeritas: 935288810). El 13 de noviembre, contacté con Vodafone solicitando la anulación de dicha penalización, basándome en: 1. La inexistencia de adquisición de equipos que generen permanencia. 2. La devolución ya realizada del router (Nº Ref. Celeritas: 935288810). 3. El incumplimiento por parte de Vodafone de las condiciones ofrecidas en la contratación. El 14 de noviembre de 2025, Vodafone respondió negando cualquier irregularidad comercial y alegando que, según sus condiciones generales, la tecnología de acceso depende de la cobertura disponible en el domicilio, pudiendo usar “tecnologías sustitutivas”. No obstante, yo contraté un servicio de fibra óptica real, y en ningún momento se me informó de que recibiría una tecnología alternativa. Considero que esta situación supone un incumplimiento contractual y una práctica comercial desleal, vulnerando lo dispuesto en: • El Real Decreto 899/2009, de 22 de mayo, por el que se aprueba la Carta de Derechos del Usuario de los Servicios de Comunicaciones Electrónicas. • El Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Por todo lo anterior, solicito formalmente: • La eliminación íntegra de cualquier penalización por permanencia. • La anulación de todo cargo o factura derivado de dicha penalización. Adjunto factura donde figura el servicio contratado de fibra 600 Mbps y foto del router con la conexión de cable coaxial. Agradezco de antemano su atención y quedo a la espera de una resolución favorable. Atentamente,

Mensajes (1)

VODAFONE ESPAÑA

A: H. P.

19/11/2025

Estimada Sra. Garay, Gracias por ponerse en contacto con el servicio de atención al cliente de Vodafone. En respuesta a su reclamación, indicarle que los servicios fueron instalados tal y como consta en el contrato suscrito con fecha 23/03/2025 el cual fue aceptado mediente firma certificada. De igual forma indicarle que durante la prestación del servicio no consta notificada ninguna incidencia a nuestro soporte técnico. Respecto al cargo de instalación facturado indicarle que el mismo consta informado en el contratao que se le adjunta siendo el mismo correcto y no procediendo su anulación. Por último informarle que la cuenta cliente Vodafone 159230691 presenta un importe pendiente de pago que asciende a 108,77 € (impuestos indirectos incluidos) correspondiente a la factura de 08/11/2025 y las vias de pago disponibles son: - Pago con tarjeta de crédito • A través de la web Vodafone Pagos :www.vodafone.esago. • Mediante la Web o App Mi Vodafone: validándose con su usuario y contraseña en Mi Vodafone/Mis facturas /Estado de mis pagos. - Pago mediante transferencia bancaria: • En Cualquier oficina del Banco Santander Central Hispano a través de la cuenta emisora X011669 • Mediante transferencia bancaria a nombre de Vodafone al número de cuenta ES25 0049 1500 09 2219314266 (Banco Santander Central Hispano) En ambas situaciones el pago debe ser identificado indicando como referencia su DNI y número de cliente Vodafone 159230691 Un saludo Servicio de Atención al Cliente Vodafone. Esta contestación y, en su caso, cualquier fichero anexo al mismo, contiene información de carácter confidencial que puede contener datos de carácter personal, la cual esta exclusivamente dirigida a su destinatario o destinatarios y que es propiedad de Vodafone España, S.A.U. Queda prohibida su divulgación, copia o distribución a terceros sin la previa autorización escrita de Vodafone España, S.A.U. en virtud de la legislación vigente. En el caso de haber recibido esta comunicación por error, se ruega notificar inmediatamente esta circunstancia mediante reenvío a la dirección electrónica y/o postal del remitente y la destrucción del mismo, siendo responsabilidad de la parte receptora cualquier mal uso que pueda llegar a hacer de la misma.

Asistencia solicitada 25 noviembre 2025

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