Exposición de los hechos:
1. Soy titular del contrato de suministro de agua correspondiente a la vivienda situada en Carrer de Trafalgar 10, 3º, 1-A, con número de cliente o contrato 1321530
2. Desde aproximadamente Enero 2024, he estado pagando regularmente las facturas emitidas por Aigües de Barcelona.
3. Con fecha Septiembre 2025, la compañía me informó de que mi contador y el del vecino habían estado intercambiados desde el inicio del servicio, de modo que yo he estado abonando el consumo correspondiente a su vivienda y viceversa.
4. Este error fue exclusivamente imputable a la empresa, responsable de la instalación y verificación de los contadores.
5. La empresa me ha indicado que procederá a devolverme las cantidades pagadas indebidamente y, al mismo tiempo, a reclamarme el importe del consumo real que me habría correspondido durante este tiempo.
6. La diferencia económica que se me comunica es muy elevada, y de haber tenido conocimiento del error antes, habría podido controlar mi consumo o corregir posibles fugas.
7. Considero injusto y desproporcionado que se me exija ahora un pago tan alto por un error ajeno a mi responsabilidad.
Fundamentos y peticiones:
En virtud de la normativa de protección de las personas consumidoras (Texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y normativa catalana de consumo), y teniendo en cuenta que el error en la identificación de los contadores es responsabilidad de la empresa suministradora,
SOLICITO:
1. Que se investiguen los hechos y se requiera a Aigües de Barcelona para que aporte:
• Informe técnico de verificación de los contadores,
• Identificación de los números de serie, fechas y responsables de instalación,
• Cálculo detallado de la regularización propuesta.
2. Que se determine si parte de la deuda reclamada está prescrita, aplicando el plazo máximo de tres años previsto para facturación de suministros periódicos, o el que corresponda legalmente.
3. Que, en caso de proceder algún ajuste económico, este se realice de manera proporcional y fraccionada, evitando perjuicio económico al consumidor.
4. Que, en atención a la negligencia de la empresa y la imposibilidad en la que me he visto para controlar mi consumo real durante más de un año y medio, se valore una reducción o compensación de los importes reclamados.
5. Que se adopten las medidas necesarias para evitar situaciones similares y se garantice la corrección definitiva de la facturación futura.
Tras exponer los hechos, la compañía no se hace responsable del cobro, tras exponerles en numerables ocasiones que al no ser consciente de la lectura real del contador, no podríamos regular el uso y el gasto