Estimados/as señores/as:
Por la presente, me dirijo a ustedes con el fin de presentar una reclamación formal contra la compañía VTP Cabify por el cobro indebido de un servicio de transporte cuyo importe final no coincidió con el precio inicialmente ofertado ni fue en ningún momento aceptado por mi parte.
El pasado sábado, 25 de octubre de 2025, alrededor de las 23:00 horas, solicité un servicio de Cabify desde la Estación de Atocha hasta mi domicilio. El precio mostrado en la aplicación al confirmar el viaje era alrededor de 9,96 € (sin llegar a los 10€), importe que acepté al contratar el servicio.
No obstante, a las 23:45 horas se efectuó un primer cargo de 6 € en mi tarjeta, que posteriormente fue cancelado por la propia empresa (adjunto justificante). Posteriormente, al revisar los movimientos de mi cuenta, constaté que el día 26 de octubre a las 02:11 horas, Cabify efectuó un cargo de 23,26 €, correspondiente supuestamente al mismo trayecto, con el siguiente desglose:
Precio base: 11,60 €
Suplemento de servicio: 1,11 €
Cargo por alta demanda: 10,49 €
Deseo dejar constancia de que en ningún momento se me informó de la modificación del precio ni se me solicitó consentimiento para el cobro de dicho importe, que supera con creces el precio inicialmente ofertado y aceptado.
He intentado en reiteradas ocasiones resolver esta incidencia a través del servicio de atención al cliente de Cabify, sin obtener una solución satisfactoria:
En su primera respuesta, la compañía se limitó a ofrecerme una compensación de 5,38 € en saldo promocional, cantidad que resulta totalmente insuficiente y ajena a la diferencia real cobrada.
En su segunda comunicación, tras indicar que habían realizado una “búsqueda exhaustiva”, afirmaron que el precio correcto del viaje era 17,88 €, importe que no coincide con ninguno de los precios anteriores ni con el realmente cargado a mi cuenta (23,26 €).
Adjunto evidencia documental de ambas comunicaciones y de los movimientos bancarios correspondientes.
Como consumidora, considero que estos hechos constituyen una práctica abusiva y contraria a los principios de transparencia y consentimiento contractual, al haberse efectuado un cobro sin mi autorización y por un importe no informado previamente. Cabe recordar que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007), el empresario está obligado a informar de manera clara, veraz y completa sobre el precio total antes de la contratación, y que cualquier cobro no consentido puede ser reclamado como cobro indebido conforme al artículo 1895 del Código Civil.
Por todo lo anterior,
SOLICITO:
El reembolso íntegro del importe de 23,26 €, cargado sin mi consentimiento, y la regularización inmediata de la situación, dejando sin efecto dicho cobro.
Sin otro particular, y a la espera de una pronta resolución favorable,
les saluda atentamente,
A.